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Tablas salariales 2025

XI Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de residencias, centros de día y hogares residencia para la atención de personas con discapacidad intelectual.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 79001195011996
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 10 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +5,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo 1 · Atención directa
    Director/a técnico/a, médico/a generalista, psiquiatra, neurólogo/a, psicólogo/a o pedagogo/a2.495,46 €34.936,44 €*20,31 €
    Grupo 2 · Atención directa
    Enfermero/a, trabajador/a social, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional, educador/a social y otros puestos con titulación de grado1.898,23 €26.575,22 €*15,45 €
    Grupo 3 · Atención directa
    Auxiliar técnico/a educativo/a1.496,72 €20.954,08 €*12,18 €
    Grupo 4 · Atención indirecta
    Abogado/a, ingeniero/a o economista2.391,26 €33.477,64 €*19,46 €
    Grupo 5 · Atención indirecta
    Graduado/a social, ingeniero/a técnico/a, titulado/a mercantil o técnico/a y puestos similares con titulación de grado1.820,19 €25.482,66 €*14,82 €
    Jefe/a de administración1.878,72 €26.302,08 €*15,29 €
    Jefe/a de servicios generales1.623,71 €22.731,94 €*13,22 €
    Grupo 6 · Atención indirecta
    Oficial administrativo/a de 1.ª1.512,44 €21.174,16 €*12,31 €
    Oficial administrativo/a de 2.ª y oficial de servicios generales (almacén, cocinero/a, conductor/a, mantenimiento)1.436,25 €20.107,50 €*11,69 €
    Auxiliar administrativo/a y auxiliar de servicios generales (limpieza, ayudante de cocina, lavandería, almacén, telefonista, conserje)1.353,59 €18.950,26 €*11,02 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.720 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla de 2025 (+5 % sobre la de 2024 en salario base y en todos los complementos, con efectos retroactivos desde el 1/1/2025) publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9569 de 22/12/2025 (Resolución EMT/4671/2025).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      31,13 € al mes cada tres años (trienio), hasta 7

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, cualquiera que sea la categoría; un trienio por cada tres años cumplidos, hasta un máximo de siete.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.1 y anexo 3

      Importe fijo mensual por trienio, igual para todas las categorías; se paga también en las dos pagas extra. Además existe un complemento de antigüedad consolidado y congelado (a la entrada en vigor del I Convenio), que no se actualiza y no tiene importe general.

    • Plus de nocturnidad

      210,49 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; complemento mensual o su parte proporcional según las horas nocturnas trabajadas (art. 36 ET), salvo que el salario ya se haya fijado por ser un trabajo nocturno por su propia naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20.1 y anexo 3

      Complemento mensual completo; el convenio no detalla el cálculo de la parte proporcional.

    • Complemento por festivo trabajado

      23,96 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada festivo (de los fijados por el Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat) trabajado, en una jornada de siete horas o la parte proporcional de las horas trabajadas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20.2 y anexo 3

    • Complemento por festivo especial (25 de diciembre y 1 de enero)

      47,90 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por el 25 de diciembre y el 1 de enero trabajados, en una jornada de siete horas o la parte proporcional.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20.2 y anexo 3

    • Complemento por trabajo en fin de semana

      2,99 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Todas las categorías.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20.3 y anexo 3

    • Uso del vehículo propio

      0,26 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Por kilómetro recorrido con el vehículo propio, siempre a petición de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 30 (modificado por el acuerdo de 23/5/2025)

      El texto de 2024 decía 0,19 €/km; el acuerdo de 23/5/2025 (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de 20/6/2025) lo sube a 0,26 €/km.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (tabla salarial 2025, publicado el 22/12/2025). Revisado el .

    Código de convenio 79001195011996

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