Tablas salariales 2026
XXIII Convenio colectivo de las sociedades cooperativas de crédito.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 18 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. Abono o compensación por descanso según la legalidad vigente (art. 22). (art. 22)
Sueldo por categoría en 2026
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo II · Administrativo y de gestión | ||||
| Nivel 1 (retribución máxima) | 3.940,39 €† | 63.046,25 €*1 | +3,0 % | 37,09 € |
| Nivel 1 (retribución mínima) | 2.977,41 €† | 47.638,52 €*2 | +3,0 % | 28,02 € |
| Nivel 2 | 2.488,49 €† | 39.815,77 €*3 | +3,0 % | 23,42 € |
| Nivel 3 | 2.380,55 €† | 38.088,81 €*4 | +3,0 % | 22,41 € |
| Nivel 4 | 2.330,93 €† | 37.294,93 €*5 | +3,0 % | 21,94 € |
| Nivel 5 | 2.206,74 €† | 35.307,88 €*6 | +3,0 % | 20,77 € |
| Nivel 6 | 2.157,36 €† | 34.517,71 €*7 | +3,0 % | 20,30 € |
| Nivel 7 | 2.075,47 €† | 33.207,45 €*8 | +3,0 % | 19,53 € |
| Nivel 8 | 1.895,19 €† | 30.323,11 €*9 | +3,0 % | 17,84 € |
| Nivel 9 | 1.745,78 €† | 27.932,44 €*10 | +3,0 % | 16,43 € |
| Nivel 10 | 1.624,25 €† | 25.987,96 €*11 | +3,0 % | 15,29 € |
| Acceso a la profesión (primer año) | 1.384,93 €† | 22.158,83 €*12 | +3,0 % | 13,03 € |
| Acceso a la profesión (segundo año) | 1.464,70 €† | 23.435,20 €*13 | +3,0 % | 13,79 € |
| Grupo III · Oficios varios | ||||
| Oficiales-conductores | 1.828,55 €† | 29.256,84 €*14 | +3,0 % | 17,21 € |
| Ayudantes | 1.741,92 €† | 27.870,80 €*15 | +3,0 % | 16,39 € |
| Ayudantes B | 1.647,30 €† | 26.356,76 €*16 | +3,0 % | 15,50 € |
| Personal no cualificado | 1.589,70 €† | 25.435,25 €*17 | +3,0 % | 14,96 € |
| Personal de limpieza (por horas) | 8,38 euros por hora trabajada (sin gratificaciones) | 8,38 euros por hora trabajada (sin gratificaciones) | — | — |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Nivel 1 (retribución máxima): El anexo I da 47.284,69 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
2. Nivel 1 (retribución mínima): El anexo I da 35.728,89 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
3. Nivel 2: El anexo I da 29.861,83 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
4. Nivel 3: El anexo I da 28.566,61 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
5. Nivel 4: El anexo I da 27.971,20 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
6. Nivel 5: El anexo I da 26.480,91 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
7. Nivel 6: El anexo I da 25.888,28 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
8. Nivel 7: El anexo I da 24.905,59 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
9. Nivel 8: El anexo I da 22.742,33 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
10. Nivel 9: El anexo I da 20.949,33 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
11. Nivel 10: El anexo I da 19.490,97 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
12. Acceso a la profesión (primer año): El anexo I da 16.619,12 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
13. Acceso a la profesión (segundo año): El anexo I da 17.576,40 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
14. Oficiales-conductores: El anexo I da 21.942,63 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
15. Ayudantes: El anexo I da 20.903,10 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
16. Ayudantes B: El anexo I da 19.767,57 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
17. Personal no cualificado: El anexo I da 19.076,44 € de salario base anual, pagado por dozavas partes; a eso se suman 4 gratificaciones trimestrales iguales a una mensualidad (art. 34). Mensual y total son cálculo (anexo I ÷ 12 y × 16 ÷ 12).
† La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.700 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Complemento personal de antigüedad (trienios)
522,14 € al mes cada tres años (trienio)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Un trienio por cada tres años de servicios en la misma entidad (incluye período de prueba, vacaciones, licencias, IT, suspensión por nacimiento y excedencias por cuidado de menores); se devenga desde el 1 de enero del año en que se cumple.
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Complemento salarial de permanencia
87,33 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Personal de nivel 7 del Grupo II con 25 años de servicios efectivos en la empresa (o 20 años con 15 en dirección de oficina, área o departamento).
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Plus de segundo responsable de administración de oficina
48,25 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Sucursales con autonomía operativa: personal con poderes para suscribir documentos mercantiles y sustituir al director/a, o designado segundo/a responsable.
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Gratificación de conserjes (más de 100.000 habitantes)
56,21 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Plantilla que ya la cobraba por el art. 25 del XX convenio (complemento personal); localidades de más de 100.000 habitantes.
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Gratificación de conserjes (menos de 100.000 habitantes)
40,18 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Plantilla que ya la cobraba por el art. 25 del XX convenio (complemento personal); localidades de menos de 100.000 habitantes.
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Complemento compensación antigüedad jefatura
21,94 € al mes, en 12 pagasLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya lo tenía reconocido bajo el XX convenio; no se devengan nuevos trienios de jefatura; cuantía sin variación respecto a 2015.
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Quebranto de moneda
99,28 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Solo entidades que ya lo aplicaban a la firma del convenio (en las demás, la entidad asume las diferencias de caja).
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Dotación de medios y compensación de gastos de teletrabajo (máximo mensual)
66,11 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Personas con trabajo a distancia regular, según el art. 23.
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Kilometraje (vehículo propio)
0,32 € por cada día trabajadoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Comisiones de servicio o desplazamientos a cargo de la empresa con vehículo propio; salidas y dietas, por gastos a justificar.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2024-15494 (tabla salarial 2026, publicado el 26/7/2024). Revisado el .
Código de convenio 99004835011981