Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 10 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Sueldo por categoría en 2025
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)
1 de 10 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual |
|---|---|---|
| Grupo I | ||
| Grupo I | 2.665,09 € | 37.311,34 € |
| Grupo II | ||
| Subgrupo II.A | 2.211,44 € | 30.960,28 € |
| Grupos II y V | ||
| Subgrupos II.B y V.A | 2.041,35 € | 28.579,01 € |
| Grupos III y V | ||
| Subgrupos III.A y V.B | 1.871,25 € | 26.197,60 € |
| Subgrupos III.B-1 y V.C-1 | 1.701,16 € | 23.816,24 € |
| Subgrupos III.B-2 y V.C-2 | 1.417,62 € | 19.846,68 €1 |
| Grupo III | ||
| Subgrupo III.C | 1.417,62 € | 19.846,68 € |
| Grupo IV | ||
| Subgrupo IV.A | 1.360,90 € | 19.052,73 € |
| Grupos III y IV | ||
| Subgrupos III.D y IV.B | 1.190,79 € | 16.671,15 € |
| Grupo VI | ||
| Grupo VI | 1.145,77 € | 16.040,80 € SMI |
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
1. Subgrupos III.B-2 y V.C-2: Personal de nuevo ingreso o procedente de III.C/III.D: cobra el nivel 6 los primeros 30 meses (2 años si viene de otro subgrupo) y el nivel 5 después (art. 23); la tabla da solo el importe del nivel 6.
Notas de la tabla. Anexo III (año 2025).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Complemento por experiencia (CPE)
Importe mensual por año de experiencia (anexo) × años en el nivel (máximo 10), abonado en 14 pagasLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Niveles retributivos 4 a 8 mientras se permanezca en ellos. Se empieza a devengar tras un año de presencia en la empresa, a partir del 1 de enero siguiente. Importe mensual por cada año en el nivel, con un máximo de 10 años.
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Complemento PAE (mínimo en empresas grandes)
de 68,79 a 149,31 € al mes según categoría, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo en empresas de mediación que gestionen más de 3,5 millones de euros en comisiones: el PAE no puede ser inferior a este mínimo mensual por nivel, abonado en las 12 pagas ordinarias y las 2 extraordinarias.
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Plus funcional de inspección (PFI)
2.233,06 € al año si la función de inspección no permite pernoctar en el domicilio habitual; 1.116,52 € al año (50 %) si lo permiteQuién lo cobra: Personal de Inspección (grupo V) que trabaja habitualmente fuera de la oficina, sin horario prefijado.
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Dieta con pernocta
36,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando se pernocta fuera de la residencia habitual. Además se abonan los gastos de alojamiento y desayuno efectivamente ocasionados.
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Dieta reducida (sin pernocta)
15,50 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios a una distancia de al menos 100 km de ida y otros 100 de vuelta del centro de trabajo sin pernoctar.
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Gastos de locomoción (kilometraje)
0,375 € por kilómetro recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Viaje en vehículo propio acordado con la empresa, sobre la ruta aprobada por ella.
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Compensación económica del almuerzo
13,00 € por cada día trabajadoAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Solo si se pasa de jornada continua de 8:00 a 15:00 a jornada partida de mañana y tarde y se compensa el almuerzo en dinero (pueden usarse vales de comida).
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Incremento salarial variable por crecimiento de comisiones
Sobre el salario base anual: +1 % si los ingresos crecen entre 1,25 y 8,00 %; +1,40 % si entre 8,01 y 16 %; +2 % si entre 16,01 y 20,00 %; +2,30 % a partir del 20,01 %Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Según el aumento de los ingresos por comisiones y honorarios de la empresa respecto al año anterior. Pago único en septiembre, no consolidable; proporcional al tiempo en la empresa.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOE-A-2023-23188 (tabla salarial 2025, publicado el 15/11/2023). Revisado el .
Código de convenio 99000165011987