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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de distribuidores de gases licuados del petróleo de la provincia de Zamora.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 49000305011985
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 9 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +2,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 100 %. (art. 9)

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    8 de 9 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    I
    director/a gerente1.315,35 €19.730,25 €19,10 €
    II
    jefe administrativo/a931,33 €13.969,95 € SMI13,52 €
    oficial 1ª administrativo/a930,63 €13.959,45 € SMI13,51 €
    auxiliar administrativo/a929,92 €13.948,80 € SMI13,50 €
    III
    conductor/a de camión pesado860,05 €13.943,67 € SMI13,50 €Plus convenio: 86,91 €/mes
    conductor/a de camión articulado860,05 €13.943,67 € SMI13,50 €Plus convenio: 86,91 €/mes
    conductor/a repartidor/a860,05 €13.943,67 € SMI13,50 €Plus convenio: 86,91 €/mes
    mecánico/a instalador/a860,05 €13.943,67 € SMI13,50 €Plus convenio: 86,91 €/mes
    mecánico/a visitador/a859,35 €13.933,17 € SMI13,49 €Plus convenio: 86,91 €/mes

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.808 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo ii, «a partir del 1 de julio de 2025», del texto publicado en el BOP de Zamora el 15/7/2026.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores cuya relación laboral se inició antes del 31/12/2013.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Cantidad mensual por cada cuatro años de servicio. El texto no le asigna año; se repite en esta tabla.

    • Dietas por desplazamiento fuera de la localidad

      Dieta completa 18,39 €; media dieta 10 €

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la localidad habitual por necesidad del servicio.

      Exentas solo dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el texto no lo dice. art. 20

    • Plus de kilometraje

      0,10 € por kilómetro recorrido

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento de más de 2 km desde el centro urbano en vehículo propio o ajeno a la empresa.

      Exento solo dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el texto no lo dice. art. 21

    • Desgaste de herramienta

      21,46 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Si las herramientas con las que trabaja son propiedad del trabajador.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

    • Gratificación especial de operadores de ordenadores

      30,65 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Operadores de ordenadores, sin perjuicio de las demás retribuciones de su categoría.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      No hay en las tablas ninguna categoría de operador de ordenadores.

    • Complemento por incapacidad temporal

      el 25 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Trabajadores en situación de incapacidad temporal.

      El texto no dice si cotiza. art. 24

      Texto: la empresa complementa la prestación de la Seguridad Social en un 25 %. El texto no fija la base exacta.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Zamora (tabla salarial 2025, publicado el 15/7/2026). Revisado el .

    Código de convenio 49000305011985

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