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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de la industria agroalimentaria de la provincia de Cuenca (texto nuevo, 2025).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 16100235012022

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 23 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Descanso con el mismo incremento en tiempo que el porcentaje establecido para su remuneración, salvo pacto de pago. (art. 27)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    1
    DIRECTOR/A TÉCNICO/A1.923,43 €26.928,02 €*26,53 €
    TÉCNICO/A1.562,79 €21.879,06 €*21,56 €
    TÉCNICO/A NO TITULADOS/AS1.442,57 €20.195,98 €*19,90 €
    TÉCNICO DE LABORATORIO1.502,69 €21.037,66 €*20,73 €
    AUXILIAR DE LABORATORIO1.352,41 €18.933,74 €*18,66 €
    2
    DIRECTOR/A GENERAL1.923,43 €26.928,02 €*26,53 €
    JEFE/A ADMINISTRATIVO 1ª1.502,69 €21.037,66 €*20,73 €
    JEFE/A ADMINISTRATIVO 2ª1.412,51 €19.775,14 €*19,49 €
    OFICIAL ADMINISTRATIVO DE 1ª1.322,36 €18.513,04 €*18,24 €
    OFICIAL ADMINISTRATIVO DE 2ª1.262,25 €17.671,50 €*17,41 €
    AUXILIAR ADMINISTRATIVO1.202,15 €16.830,10 €*16,58 €
    3
    DIRECTOR/A GENERAL1.609,68 €22.535,52 €*122,21 €
    COMERCIAL1.442,57 €20.195,98 €*19,90 €
    4
    ENCARGADO/A GENERAL1.562,79 €21.879,06 €*21,56 €
    MAESTRO/A DE PRODUCCIÓN1.420,72 €19.890,08 €*19,60 €
    ENCARGADO/A DE SECCIÓN1.412,51 €19.775,14 €*19,49 €
    OFICIAL DE 1ª1.322,36 €18.513,04 €*18,24 €
    OFICIAL DE 2ª1.261,22 €17.657,08 €*17,40 €
    GUARDA1.202,15 €16.830,10 €*16,58 €
    PORTERO/A1.202,15 €16.830,10 €*16,58 €
    ORDENANZA1.202,15 €16.830,10 €*16,58 €
    PEÓN1.202,15 €16.830,10 €*16,58 €
    PERSONAL DE LIMPIEZA1.202,15 €16.830,10 €*16,58 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. DIRECTOR/A GENERAL: En el boletín, en el apartado de comerciales, aparece con el nombre DIRECTOR/A GENERAL; el art. 19 lo llama DIRECTOR/A COMERCIAL.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.776 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo II, tablas salariales 2025 (BOP Cuenca núm. 75, 2/7/2025).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      un 3 % del salario base cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personas trabajadoras fijas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

      Los derechos de antigüedad ya adquiridos por otras personas trabajadoras se consolidan en un complemento ad personam (art. 30).

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Aplicación de insecticidas, plaguicidas o herbicidas tóxicos, o productos químicos peligrosos, faenas en fangos, limpieza de calderas o depósitos y trabajos a temperaturas inferiores a 2 grados centígrados; acreditado con evaluación de riesgos del puesto.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

      Si la exposición no supera la mitad de la jornada, se cobra en proporción a las horas trabajadas; si la supera, completo.

    • Premio de constancia y vinculación

      Dos mensualidades de salario real

      Quién lo cobra: Quince años de antigüedad mínima en la empresa y extinción voluntaria tras cumplir 62 años, con aviso previo; no aplica en la jubilación parcial.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      Gratificación de carácter salarial por una sola vez, no mensual.

    • Plus de convenio

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, incluido el periodo vacacional.

      El recorte no dice si cotiza art. 29 bis

      El texto fija 3,5 € por día efectivo, pero con moratoria: se aplica desde el 1/1/2026. En la tabla de 2025 no consta importe aplicable.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Cuenca (tabla salarial 2025, publicado el 2/7/2025). Revisado el .

    Código de convenio 16100235012022

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