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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de trabajo de preparados alimentarios y productos dietéticos de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 79000625011994
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 12 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: Aún no hemos cargado lo que dice este convenio. Mientras, te damos el mínimo legal: la hora extra no puede pagarse por debajo de una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). Compensación por descanso dentro de los dos meses siguientes, con recargo del 75 % del tiempo trabajado (art. 32.2). (art. 32)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Grup 1
    Grup 11.711,48 €23.960,72 €*113,61 €Complemento de asistencia y puntualidad: 272,84 €/mes
    Grup 2
    Grup 21.493,03 €20.902,42 €*111,88 €Complemento de asistencia y puntualidad: 272,84 €/mes
    Grup 3
    Grup 31.465,41 €20.515,74 €*111,66 €Complemento de asistencia y puntualidad: 263,45 €/mes
    Grup 4
    Grup 4 · Técnico y administrativo1.419,36 €19.871,04 €*111,29 €Complemento de asistencia y puntualidad: 223,74 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 39,71 €/mes
    Grup 4 · Industrial1.419,36 €19.871,04 €*111,29 €Complemento de asistencia y puntualidad: 223,74 €/mes
    Grup 4 · Mercantil1.419,36 €19.871,04 €*111,29 €Complemento de asistencia y puntualidad: 149,78 €/mes
    Grup 5
    Grup 5 · Técnico y administrativo1.365,06 €19.110,84 €*110,86 €Complemento de asistencia y puntualidad: 223,74 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 24,10 €/mes
    Grup 5 · Industrial1.365,06 €19.110,84 €*110,86 €Complemento de asistencia y puntualidad: 223,74 €/mes
    Grup 5 · Mercantil1.365,06 €19.110,84 €*110,86 €Complemento de asistencia y puntualidad: 149,78 €/mes
    Grup 6
    Grup 6 · Técnico, administrativo e industrial1.325,01 €18.550,14 €*110,54 €Complemento de asistencia y puntualidad: 223,74 €/mes
    Grup 6 · Mercantil1.325,01 €18.550,14 €*110,54 €Complemento de asistencia y puntualidad: 78,36 €/mes
    Grup 6 accés (primeros 24 meses)1.178,00 €16.492,00 €*9,37 €Complemento de asistencia y puntualidad: 78,36 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Importe mensual interpretado: el anexo no indica la periodicidad de los importes (el art. 24 fija el pago mensual y el art. 28 llama «mensuales» al CPT). Anual = salario base x 14 (12 mensualidades + gratificaciones de junio y Navidad de 30 días, art. 33), sin plus de asistencia ni paga de beneficios.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Participación en beneficios

      Importe anual por grupo y área (Anexo I, columna «Paga de beneficis»)

      Quién lo cobra: Gratificación anual por grupo (equivale al 75 % de la paga de beneficios de 2010-2011); se paga en octubre o prorrateada por meses; la IT cuenta como alta.

      Cotiza y tributa como salario. art. 34

    • Plus de nocturnidad

      de 1,63 a 2,58 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Personal contratado por unidad de tiempo que trabaje entre las 22:00 y las 06:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

    • Plus de penosidad

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo permanente en actividades de especial penosidad (p. ej. cámaras frigoríficas por debajo de 10 grados bajo cero o locales a más de 40 grados). Si el trabajo penoso dura más de 60 minutos sin pasar de media jornada, se cobra la mitad; con menos de 60 minutos, nada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

    • Plus de vinculación (antigua antigüedad congelada)

      Entre 43,72 y 64,01 € según la extinta categoría (Anexo II); la antigüedad quedó suprimida y no se devengan trienios nuevos

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya prestaba servicios el 1/6/1996; el importe depende de la extinta categoría profesional (Anexo II). No es compensable ni absorbible.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25 y Anexo II

      El convenio no dice la periodicidad del importe; se incluye en las gratificaciones de junio y Navidad (art. 33.b).

    • Complemento «ex categoría»

      Diferencia, si la hay, entre salario base y PAP de la categoría acreditada en diciembre de 2017 y los del grupo actual

      Quién lo cobra: Personas cuya categoría de diciembre de 2017 (jefe de procesamiento de datos, jefe administrativo de 1.ª, jefe de ventas, repartidor, dependiente asesor, etc.) quedó por debajo al pasar a grupos profesionales.

      Cotiza y tributa como salario. disposición adicional 14.ª (Anexo I)

    • Dieta (una comida fuera del domicilio)

      el 75 % de tu salario base

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual y comida fuera del domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 35.A.1

      No se aplica si hay pacto de empresa que regule la materia.

    • Dieta (comer y dormir fuera)

      el 150 % de tu salario base

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con comida y pernocta en localidad distinta.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 35.A.1

    • Dieta de desayuno

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando se comience la jornada dos horas antes de la normal.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 35.A.1

      La dieta de cena (75 % del salario base) se devenga si la vuelta es después de las 22:00.

    • Kilometraje en vehículo propio

      0,33 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso de coche propio por cuenta y orden de la empresa; compensa todo el gasto del vehículo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 35.B.2

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (tabla salarial 2025, publicado el 4/12/2025). Revisado el .

    Código de convenio 79000625011994

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