Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío industrial.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +4,5 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 40 %. En festivo, más un 100 %. (art. 27)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra | Pluses |
|---|---|---|---|---|
| Grupo 1 | ||||
| Con título superior | 1.796,84 € | 35.493,75 € | 28,23 € | Plus convenio: 569,41 €/mes |
| Con título no superior | 1.504,02 € | 30.237,15 € | 24,05 € | Plus convenio: 511,79 €/mes |
| Jefe técnico de fabricación | 1.504,60 € | 30.240,15 € | 24,05 € | Plus convenio: 511,41 €/mes |
| Jefe de reparto y venta | 1.382,86 € | 27.971,55 € | 22,25 € | Plus convenio: 481,91 €/mes |
| Grupo 2 | ||||
| Encargado general | 1.232,50 € | 25.340,10 € | 20,16 € | Plus convenio: 456,84 €/mes |
| Jefe de máquinas | 1.138,23 € | 23.592,00 € | 18,77 € | Plus convenio: 434,57 €/mes |
| Encargado de depósito y sección | 1.088,81 € | 22.748,55 € | 18,10 € | Plus convenio: 427,76 €/mes |
| Jefe de primera | 1.341,53 € | 27.251,85 € | 21,68 € | Plus convenio: 475,26 €/mes |
| Jefe de segunda | 1.257,38 € | 25.733,25 € | 20,47 € | Plus convenio: 458,17 €/mes |
| Grupo 3 | ||||
| Oficial de primera (administrativo) | 1.131,20 € | 23.480,70 € | 18,68 € | Plus convenio: 434,18 €/mes |
| Oficial de segunda (administrativo) | 1.046,20 € | 21.948,75 € | 17,46 € | Plus convenio: 417,05 €/mes |
| Maquinista | 1.011,17 € | 21.327,15 € | 16,96 € | Plus convenio: 410,64 €/mes |
| Oficial de primera (oficios auxiliares) | 1.032,38 € | 21.696,45 € | 17,26 € | Plus convenio: 414,05 €/mes |
| Oficial de segunda (oficios auxiliares) | 982,63 € | 20.790,75 € | 16,54 € | Plus convenio: 403,42 €/mes |
| Oficial de tercera (oficios auxiliares) | 932,01 € | 19.869,60 € | 15,81 € | Plus convenio: 392,63 €/mes |
| Capataz encargado de operarios | 924,38 € | 19.744,05 € | 15,71 € | Plus convenio: 391,89 €/mes |
| Grupo 4 | ||||
| Auxiliar | 919,46 € | 19.699,95 € | 15,67 € | Plus convenio: 393,87 €/mes |
| Ayudante de maquinista | 889,36 € | 19.154,40 € | 15,24 € | Plus convenio: 387,60 €/mes |
| Peón especializado | 890,47 € | 19.173,15 € | 15,25 € | Plus convenio: 387,74 €/mes |
| Personal subalterno | ||||
| Vigilante de cámara | 922,29 € | 19.735,05 € | 15,70 € | Plus convenio: 393,38 €/mes |
| Grupo 5 | ||||
| Vigilante | 858,71 € | 18.696,75 € | 14,87 € | Plus convenio: 387,74 €/mes |
| Portero | 858,71 € | 18.696,75 € | 14,87 € | Plus convenio: 387,74 €/mes |
| Ordenanza | 859,25 € | 18.704,85 € | 14,88 € | Plus convenio: 387,74 €/mes |
| Peón | 858,71 € | 18.696,75 € | 14,87 € | Plus convenio: 387,74 €/mes |
| Peón manipulador u operario | 859,25 € | 18.704,85 € | 14,88 € | Plus convenio: 387,74 €/mes |
| Personal de limpieza (por horas) | Se paga por horas: las dos primeras horas a 6,34 € la hora (4,34 de base + 2,00 de plus convenio) y las restantes a 4,99 € la hora (3,75 + 1,24). | Se paga por horas: las dos primeras horas a 6,34 € la hora (4,34 de base + 2,00 de plus convenio) y las restantes a 4,99 € la hora (3,75 + 1,24).1 | — | |
1. Personal de limpieza (por horas): Retribución por horas; no hay salario mensual ni anual en la tabla
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de trabajo penoso en fábricas de hielo
10 % del salario base del convenio por día de trabajo en dichas condicionesLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Más de dos horas diarias, como función habitual, en puestos excepcionalmente penosos de fábricas de hielo (lo determina la jurisdicción social); por día de trabajo en esas condiciones.
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Plus de trabajo penoso en cámaras de congelación
el 21 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo habitual, continuo o discontinuo, en túneles o cámaras de congelación a –18 °C o menos; se cobra por el tiempo trabajado en esas condiciones.
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Plus de refrigerado
27,08 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Jornada completa en salas de recepción, elaboración y muelle con temperatura de 0 a 14 °C; la jornada parcial lo cobra en proporción.
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Plus de nocturnidad
25 % del salario base diario del convenio por día trabajado en periodo nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 horas; con 7 o más horas efectivas en periodo nocturno en un día se devenga el 100 % del plus de ese día.
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Plus de disponibilidad (guardia)
31,25 € por cada día trabajadoLo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Personal de mantenimiento o informática, por día de disponibilidad fuera de la jornada (de guardia) si pudiera tener que intervenir en un plazo de hasta dos horas desde el aviso.
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Compensación de gastos por trabajo a distancia
3,66 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Por día efectivamente trabajado a distancia a jornada completa (o parte proporcional); solo si supera el 30 % de la jornada en tres meses.
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Dieta por comida
15,68 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad de la empresa fuera del centro habitual, por comida.
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Dieta por cena
15,68 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad de la empresa fuera del centro habitual, por cena.
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Dieta por alojamiento y desayuno
31,35 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad de la empresa con pernoctación.
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Complemento conductor repartidor
Complemento conductor repartidor: 2,4 (cifra de la tabla de 2025)Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de conducción-reparto.
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Antigüedad consolidada a 31/12/2001 (plus ad personam)
Cantidad consolidada a 31/12/2001, que se revisa cada año igual que el salario baseLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad consolidada a 31/12/2001.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2025-5585 (tabla salarial 2025, publicado el 20/3/2025). Revisado el .
Código de convenio 99002255011981