Tablas salariales 2025
Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 12 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Por acuerdo, 1 hora y 45 minutos de descanso por hora extraordinaria; 2 horas si se hizo en uno de los 14 festivos anuales. (art. 18)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Personal Técnico | |||
| Técnico Superior | 1.925,92 € | 28.888,80 € | 28,69 € |
| Técnico Medio | 1.707,81 € | 25.617,15 € | 25,44 € |
| Otros Técnicos | 1.561,32 € | 23.419,80 € | 23,26 € |
| Personal Administrativo y Comercial | |||
| Jefe de área | 1.669,93 € | 25.048,95 € | 24,88 € |
| Jefe de sección | 1.618,31 € | 24.274,65 € | 24,11 € |
| Oficial de Primera | 1.426,51 € | 21.397,65 € | 21,25 € |
| Oficial de Segunda | 1.318,28 € | 19.774,20 € | 19,64 € |
| Auxiliar | 1.267,34 € | 19.010,10 € | 18,88 € |
| Repartidores y/o autoventas | 41,78 €/día | 19.009,90 €1 | 18,88 € |
| Producción y Tareas Auxiliares | |||
| Oficial/Especialista | 42,79 €/día | 19.469,45 €1 | 19,34 € |
| Operador | 41,78 €/día | 19.009,90 €1 | 18,88 € |
| Personal de Limpieza | 9,37 €/hora | 9,37 €/hora2 | — |
1. Repartidores y/o autoventas y otras: Retribución diaria: el anual de la tabla es el diario por 455 días (365 más 3 pagas extra de 30 días).
2. Personal de Limpieza: La tabla solo fija el precio por hora (9,37 €), porque este personal suele trabajar en jornada incompleta (art. 48); el importe incluye salario base y prorrata de pagas extra.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.762 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Importes de la tabla provisional de 2025 publicada con el convenio (BOE 18/3/2026), que la comisión paritaria declaró definitiva por consolidación el 24/2/2026 (BOE 22/4/2026).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad (quinquenios)
un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde el día en que empezó a trabajar en la empresa; número de quinquenios ilimitado.
-
Plus de nocturnidad
un 30 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado por ser un trabajo nocturno por naturaleza.
-
Plus de trabajo en cámaras de congelación
un 25 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Personal que trabaja habitualmente en cámaras de congelación por debajo de -10 °C, por las horas de presencia real en la cámara.
-
Prima por domingos o festivos trabajados
75,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada domingo o festivo trabajado, jornada completa o a partir de 4 horas (hasta 4 horas: 50,00 €).
-
Prima de Navidad (25 de diciembre) y Año Nuevo (1 de enero)
150,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Jornada trabajada el 25 de diciembre o el 1 de enero, completa o a partir de 4 horas.
-
Quebranto de moneda (cajero/a)
51,65 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Solo personal de caja (cajero/a), mensualmente.
-
Quebranto de moneda (auxiliar de caja y cobradores/as)
38,33 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Solo auxiliar de caja y cobrador/a, mensualmente.
-
Dieta de comida (almuerzo)
18,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Tareas ocasionales fuera del centro de trabajo, sin necesidad de justificación.
-
Dieta de comida (desayuno)
6,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Tareas ocasionales fuera del centro de trabajo, sin necesidad de justificación.
-
Dieta de alojamiento
60,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Tareas ocasionales fuera del centro de trabajo, sin necesidad de justificación.
-
Ayuda por discapacidad de descendientes
100,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Personas trabajadoras con descendientes a cargo con discapacidad certificada: física (33 % hasta 25 años, 65 % desde los 25) o mental, psíquica o sensorial de más del 33 % con grado de dependencia, sin límite de edad.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2026-6394 (tabla salarial 2025, publicado el 18/3/2026). Revisado el .
Código de convenio 99003175011981