Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de industrias y despachos de panificación, confitería, pastelería, repostería y platos preparados de la provincia de Pontevedra.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 14 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +5,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %. Compensación con tiempo equivalente de descanso retribuido, con el incremento correspondiente, de común acuerdo (art. 17). (art. 17)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Grupo | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Jefe/a de fabricación | 1.450,20 € | 23.733,45 €* | 23,07 € | |
| Gerente / Administrador / a | 1.432,54 € | 23.468,55 €* | 22,82 € | |
| Jefe/a de oficina e contabilidad | 1.371,15 € | 22.547,70 €* | 21,92 € | |
| Oficial administrativo/a | 1.161,30 € | 19.399,95 €* | 18,86 € | |
| Auxiliar administrativo/a | 1.030,92 € | 17.444,25 €* | 16,96 € | |
| Mestre(a)/ Encargado(a) | 1.432,54 € | 23.468,55 €* | 22,82 € | |
| Oficial de primera | 1.325,54 € | 21.863,55 €* | 21,26 € | |
| Oficial de segunda | 1.172,01 € | 19.560,60 €* | 19,02 € | |
| Ayudante / Auxiliar | 1.117,30 € | 18.739,95 €* | 18,22 € | |
| Aprendiz | 997,23 € | 16.938,90 €* | 16,47 € | |
| Encargado/a de establecimiento | 1.124,89 € | 18.853,80 €* | 18,33 € | |
| Autoventa/Repartidor/a | 1.083,53 € | 18.233,40 €* | 17,73 € | |
| Empleado/a establecimiento | 1.083,53 € | 18.233,40 €* | 17,73 € | |
| Personal de limpieza | 997,23 € | 16.938,90 €* | 16,47 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo I, salario 2025 (contratos concertados a partir del 1/1/2007). El complemento personal de 132,03 € se cobra en cada mensualidad (art. 14) y en las pagas extra (art. 15).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de nocturnidad
1,00 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 06:00.
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Plus por trabajar 25 de diciembre o 1 de enero
20,00 € por horaLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar el 25 de diciembre o el 1 de enero por necesidades de producción y de mutuo acuerdo.
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Hora fija de domingo o festivo
de 9,24 a 12,95 € por hora según categoríaLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Trabajo voluntario en domingo o festivo, con descanso semanal compensatorio (art. 6.b).
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Pan en especie
¾ kg de pan diariosQuién lo cobra: Todo el personal, también en vacaciones y bajas.
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Ayuda de gastos (dietas)
Ayuda completa de gasto total: 91 €. Por partes: comida 18,00 €, cena 16,00 €, desayuno 7,00 €, alojamiento 50,00 €Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del centro de trabajo que impidan el regreso, con comidas o alojamiento.
Complemento personal
132,03 € al mes, en 15 pagasQuién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOPPO (tabla salarial 2025, publicado el 20/2/2025). Revisado el .
Código de convenio 36004185012007