Tablas salariales 2025
Madera (remanentes aserradores almacenistas etc.).
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 7 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (anexo I (tabla de horas extra))
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| I | |||
| Grupo I | 60,43 €/día | 25.681,51 € | 25,65 € |
| II | |||
| Grupo II | 56,65 €/día | 24.076,41 € | 24,05 € |
| III | |||
| Grupo III | 52,87 €/día | 22.471,36 € | 22,45 € |
| IV | |||
| Grupo IV | 49,10 €/día | 20.866,24 € | 20,84 € |
| V | |||
| Grupo V | 47,13 €/día | 20.028,16 € | 20,01 € |
| VI | |||
| Grupo VI | 43,79 €/día | 18.611,34 € | 18,59 € |
| VII | |||
| Grupo VII | 43,03 €/día | 18.288,43 € | 18,27 € |
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo I, tabla salarial 2025 (BOC 18/02/2026). Salario diario y anual por grupo.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Complemento de categorías administrativas y subalternas
de 0,39 a 13,65 € por día trabajado según categoríaLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Categorías de la tabla «Complementos» del anexo I, por día de trabajo efectivo (art. 26).
-
Antigüedad consolidada
Importe personal consolidado a 31/12/2001. Se devenga por día natural y en cada paga extra por 37,5 días.Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo para quien tuviera antigüedad personal a 31/12/2001.
-
Complemento personal por cambio de categoría a grupo profesional
Diferencia entre el salario de grupo asignado y el que cobraba antes de la firma. Crece en la misma proporción que el salario de grupo.Quién lo cobra: Solo para quien tuviera salario superior a la tabla tras la adaptación a grupos anterior a 01-01-2008.
-
Complemento de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00. Íntegro si la coincidencia con la jornada supera las 4 horas; proporcional si es igual o inferior.
-
Complemento por penosidad, toxicidad o peligrosidad
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas. Si se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el 15 % sobre el tiempo realmente trabajado.
-
Dieta completa
37,75 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual. Por día natural.
-
Media dieta
14,45 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida fuera de la residencia sin comida facilitada por la empresa, con pernocta en la residencia. Por día efectivo de trabajo.
-
Compensación por traslado de centro de trabajo
0,23 euros por km de distancia entre el centro anterior y el nuevo, solo los días de asistenciaLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Traslado a municipio distinto sin cambio de residencia, de más de 25 km, si no hay acuerdo sobre compensaciones con la representación.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOC (tabla salarial 2025, publicado el 18/2/2026). Revisado el .
Código de convenio 39000655011982