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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo del sector de pizarras, ámbito regional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (2025-⁠2027).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 78000215012003
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 43 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +4,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    10 de 43 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    1
    Licenciados1.601,11 €24.016,65 €*
    Ingenieros Superiores1.601,11 €24.016,65 €*
    Ingenieros Técnicos1.327,83 €19.917,45 €*
    Directores de Área y Servicios1.327,83 €19.917,45 €*
    Graduados Sociales1.327,83 €19.917,45 €*
    Topógrafos1.327,83 €19.917,45 €*
    Delineantes1.327,83 €19.917,45 €*
    Técnicos de calidad1.327,83 €19.917,45 €*
    Técnicos en PRL1.327,83 €19.917,45 €*
    Técnicos en Medio Ambiente1.327,83 €19.917,45 €*
    2
    Técnicos Administrativos1.240,97 €18.614,55 €*
    Oficial Administrativo 1ª1.151,16 €17.267,40 €*
    Oficial Administrativo 2ª1.133,42 €17.001,30 €*
    Auxiliar Administrativo1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    3
    Encargados1.240,97 €18.614,55 €*
    Mecánicos1.151,16 €17.267,40 €*
    Electricistas1.151,16 €17.267,40 €*
    Soldadores1.151,16 €17.267,40 €*
    Fontaneros1.151,16 €17.267,40 €*
    Albañiles1.151,16 €17.267,40 €*
    Auxiliares de Oficios1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    4
    Encargados1.240,97 €18.614,55 €*
    Chofer1.151,16 €17.267,40 €*
    Palista1.151,16 €17.267,40 €*
    Artillero1.151,16 €17.267,40 €*
    Barrenista1.151,16 €17.267,40 €*
    Operario máquina corte con hilo1.151,16 €17.267,40 €*
    Auxiliares de Oficios1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    5
    Encargados1.240,97 €18.614,55 €*
    Palista de nave1.151,16 €17.267,40 €*
    Labrador1.133,42 €17.001,30 €*
    Gruista1.113,67 €16.705,05 €*
    Serrador1.113,67 €16.705,05 €*
    Rajador1.113,67 €16.705,05 €*
    Carretillero1.113,67 €16.705,05 €*
    Peón Especialista1.113,67 €16.705,05 €*
    Cortador1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    Embalador1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    Operador de máquina labradora1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    Operador de carro distribuidor1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    Descargador de Carros1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    Personal de limpieza1.095,11 €16.426,65 €* SMI
    Auxiliares de Oficios1.095,11 €16.426,65 €* SMI

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de asistencia

      14,13 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, para los Grupos I al V con rendimiento normal.

      El recorte no indica si cotiza art. 15 y anexo I

      Se pierde por faltas no justificadas: 1.ª jornada, 2 días de plus; 2.ª, 4 días; 3.ª, 10 días; 4.ª, el total mensual (art. 15.2).

    • Dieta completa

      31,68 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dietas según las cantidades de la tabla anexa.

      El recorte no indica si cotiza art. 20

    • Media dieta

      15,85 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dietas según las cantidades de la tabla anexa.

      El recorte no indica si cotiza art. 20

    • Plus «ad personam»

      Importe personal consolidado desde el 31/3/2001; no participa de los incrementos del convenio y no es absorbible ni compensable

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Cantidades que se percibían como antigüedad, convertidas en 2001 en complemento personal consolidado.

      El recorte no indica si cotiza art. 16

      Entra en la base de las pagas extraordinarias (art. 17).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOCYL (tabla salarial 2025, publicado el 24/3/2026). Revisado el .

    Código de convenio 78000215012003

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