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Tablas salariales 2027

Convenio colectivo del sector de pizarras, ámbito regional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (2025-⁠2027).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2027. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 78000215012003
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 43 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,8 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2027
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2026
    1
    Licenciados1.723,44 €25.851,60 €*+3,7 %
    Ingenieros Superiores1.723,44 €25.851,60 €*+3,7 %
    Ingenieros Técnicos1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Directores de Área y Servicios1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Graduados Sociales1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Topógrafos1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Delineantes1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Técnicos de calidad1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Técnicos en PRL1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    Técnicos en Medio Ambiente1.429,28 €21.439,20 €*+3,7 %
    2
    Técnicos Administrativos1.335,79 €20.036,85 €*+3,7 %
    Oficial Administrativo 1ª1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Oficial Administrativo 2ª1.220,02 €18.300,30 €*+3,8 %
    Auxiliar Administrativo1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    3
    Encargados1.335,79 €20.036,85 €*+3,7 %
    Mecánicos1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Electricistas1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Soldadores1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Fontaneros1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Albañiles1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Auxiliares de Oficio1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    4
    Encargados1.335,79 €20.036,85 €*+3,7 %
    Chofer1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Palista1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Artillero1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Barrenista1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Operario máquina corte con hilo1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Auxiliares de Oficio1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    5
    Encargados1.335,79 €20.036,85 €*+3,7 %
    Palista de nave1.239,12 €18.586,80 €*+3,8 %
    Labrador1.220,02 €18.300,30 €*+3,8 %
    Gruista1.198,76 €17.981,40 €*+3,8 %
    Serrador1.198,76 €17.981,40 €*+3,8 %
    Rajador1.198,76 €17.981,40 €*+3,8 %
    Carretillero1.198,76 €17.981,40 €*+3,8 %
    Peón Especialista1.198,76 €17.981,40 €*+3,8 %
    Cortador1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    Embalador1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    Operador de máquina labradora1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    Operador de carro distribuidor1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    Descargador de Carros1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    Personal de limpieza1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %
    Auxiliar de Oficios1.178,79 €17.681,85 €*+3,8 %

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de asistencia

      15,21 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, para los Grupos I al V con rendimiento normal.

      El recorte no indica si cotiza art. 15 y anexo III

      Se pierde por faltas no justificadas: 1.ª jornada, 2 días de plus; 2.ª, 4 días; 3.ª, 10 días; 4.ª, el total mensual (art. 15.2).

    • Dieta completa

      34,10 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dietas según las cantidades de la tabla anexa.

      El recorte no indica si cotiza art. 20

    • Media dieta

      17,06 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dietas según las cantidades de la tabla anexa.

      El recorte no indica si cotiza art. 20

    • Plus «ad personam»

      Importe personal consolidado desde el 31/3/2001; no participa de los incrementos del convenio y no es absorbible ni compensable

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Cantidades que se percibían como antigüedad, convertidas en 2001 en complemento personal consolidado.

      El recorte no indica si cotiza art. 16

      Entra en la base de las pagas extraordinarias (art. 17).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOCYL (tabla salarial 2027, publicado el 24/3/2026). Revisado el .

    Código de convenio 78000215012003

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