Tablas salariales 2025
Convenio colectivo del sector de pastas, papel y cartón.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 22 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +2,5 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. A elección individual: pago de la hora, o descanso de 1 hora por hora extra más el plus de descanso compensatorio, o descanso de 1,5 horas por hora extra sin plus. El descanso se disfruta dentro del año natural. (art. 9.4 y tablas II y IV del anexo III)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Mano de obra | |||
| Grupo A · Mano de obra | 45,90 €/día | 19.507,50 €*1 | 16,92 € |
| Grupo B · Mano de obra | 46,15 €/día | 19.613,75 €*1 | 16,93 € |
| Grupo C · Mano de obra | 46,58 €/día | 19.796,50 €*1 | 17,10 € |
| Grupo D · Mano de obra | 47,07 €/día | 20.004,75 €*1 | 17,20 € |
| Grupo E · Mano de obra | 47,72 €/día | 20.281,00 €*1 | 17,54 € |
| Grupo F · Mano de obra | 47,92 €/día | 20.366,00 €*1 | 17,60 € |
| Grupo G · Mano de obra | 48,19 €/día | 20.480,75 €*1 | 17,74 € |
| Grupo H · Mano de obra | 49,30 €/día | 20.952,50 €*1 | 18,11 € |
| Grupo I · Mano de obra | 50,21 €/día | 21.339,25 €*1 | 18,48 € |
| Grupo J · Mano de obra | 50,68 €/día | 21.539,00 €*1 | 18,62 € |
| Grupo K · Mano de obra | 51,14 €/día | 21.734,50 €*1 | 18,82 € |
| Empleados | |||
| Grupo 1 · Empleados | 46,27 €/día | 19.664,75 €*2 | 16,92 € |
| Grupo 2 · Empleados | 1.489,67 € | 20.855,38 €*3 | 18,07 € |
| Grupo 3 · Empleados | 1.509,59 € | 21.134,26 €*3 | 18,38 € |
| Grupo 4 · Empleados | 1.537,05 € | 21.518,70 €*3 | 18,62 € |
| Grupo 5 · Empleados | 1.620,07 € | 22.680,98 €*3 | 19,67 € |
| Grupo 6 · Empleados | 1.720,90 € | 24.092,60 €*3 | 20,78 € |
| Grupo 7 · Empleados | 1.806,38 € | 25.289,32 €*3 | 21,90 € |
| Grupo 8 · Empleados | 1.979,90 € | 27.718,60 €*3 | 23,94 € |
| Grupo 9 · Empleados | 2.141,66 € | 29.983,24 €*3 | 25,93 € |
| Grupo 10 · Empleados | 2.350,75 € | 32.910,50 €*3 | 28,55 € |
| Grupo 11 · Empleados | 2.563,42 € | 35.887,88 €*3 | 31,10 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Grupo A · Mano de obra y otras: Retribución diaria: salario convenio día × 365 + dos gratificaciones de 30 días. El anual = «Total salario convenio año» + «Gratificaciones extras año»; no incluye la participación en beneficios (complemento aparte).
2. Grupo 1 · Empleados: El grupo 1 de empleados se retribuye por día (marcado «1* (día)» en la tabla): salario convenio día × 365 + dos gratificaciones de 30 días. El anual no incluye la participación en beneficios.
3. Grupo 2 · Empleados y otras: El anual = «Total salario convenio año» (×12) + «Gratificaciones extras año» (2 mensualidades); no incluye la participación en beneficios (complemento aparte).
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.744 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad · mano de obra (€/día)
Valor ACUMULADO de la tabla V según los años de antigüedad (3, 6, 11, 16, 21, 26, 31, 36 y 41 años) y el grupo; no se suma tramo a tramo.Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: 12 categorías del convenio.
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Antigüedad · empleados (€/mes)
Valor ACUMULADO de la tabla V según los años de antigüedad (3, 6, 11, 16, 21, 26, 31, 36 y 41 años) y el grupo; no se suma tramo a tramo.Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: 10 categorías del convenio.
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Participación en beneficios (paga anual)
Importe de la tabla × factor de antigüedad: 3 años 1,05; 6 años 1,10; 11 años 1,20; 16 años 1,30; 21 años 1,40; 26 años 1,50; 31 años 1,60; 36 años 1,70; 41 años 1,80Quién lo cobra: Se abona en el primer trimestre del año siguiente; proporcional al tiempo trabajado. El importe de la tabla es el de quien no tiene antigüedad y se multiplica por un factor según la antigüedad.
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Plus de toxicidad o insalubridad
de 5,77 a 12,71 € por día trabajado según categoríaLo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Puestos que manejen sustancias tóxicas o trabajen en locales con tóxicos nocivos; los puestos los fijan empresa y RLPT.
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Plus de nocturnidad
de 16,86 a 27,76 € por día trabajado según categoríaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Turno de 22:00 a 06:00 horas; solo por noche efectivamente trabajada.
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Plus de descanso compensatorio (por hora extra)
de 6,75 a 12,45 € por hora según categoríaQuién lo cobra: Solo si la persona opta por compensar la hora extra con una hora de descanso (opción b del art. 9.4).
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Compensación por jornada continuada (CJC)
Cuarta parte del valor de la hora extraordinaria ordinaria (columna C de las tablas II y IV)Lo que se paga por trabajar en jornada partida. Quién lo cobra: Jornada continuada de más de 5 horas ininterrumpidas cuando no se puede disfrutar el descanso de 15 minutos; por día realmente trabajado sin ese descanso.
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Dietas por desplazamiento
75 % del salario convenio diario si hace una comida fuera; 200 % si come y pernocta fueraLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la localidad habitual por necesidades del servicio.
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Compensación por desplazamiento para comida
8,08 € por cada día trabajadoAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Personal que por su función se desplaza continuamente de su centro y no puede comer en su domicilio; previa justificación de gastos; mínimo garantizado.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2023-21041 (tabla salarial 2025, publicado el 11/10/2023). Revisado el .
Código de convenio 99003955011981