Tablas salariales 2026
Convenio colectivo del sector de pastas, papel y cartón.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 22 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. A elección individual: pago de la hora, o descanso de 1 hora por hora extra más el plus de descanso compensatorio, o descanso de 1,5 horas por hora extra sin plus. El descanso se disfruta dentro del año natural. (art. 9.4 y tablas II y IV del anexo III)
Sueldo por categoría en 2026
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Mano de obra | ||||
| Grupo A · Mano de obra | 47,37 €/día | 20.132,25 €*1 | +3,2 % | 17,46 € |
| Grupo B · Mano de obra | 47,63 €/día | 20.242,75 €*1 | +3,2 % | 17,47 € |
| Grupo C · Mano de obra | 48,07 €/día | 20.429,75 €*1 | +3,2 % | 17,64 € |
| Grupo D · Mano de obra | 48,57 €/día | 20.642,25 €*1 | +3,2 % | 17,75 € |
| Grupo E · Mano de obra | 49,25 €/día | 20.931,25 €*1 | +3,2 % | 18,11 € |
| Grupo F · Mano de obra | 49,46 €/día | 21.020,50 €*1 | +3,2 % | 18,17 € |
| Grupo G · Mano de obra | 49,74 €/día | 21.139,50 €*1 | +3,2 % | 18,31 € |
| Grupo H · Mano de obra | 50,88 €/día | 21.624,00 €*1 | +3,2 % | 18,69 € |
| Grupo I · Mano de obra | 51,82 €/día | 22.023,50 €*1 | +3,2 % | 19,08 € |
| Grupo J · Mano de obra | 52,30 €/día | 22.227,50 €*1 | +3,2 % | 19,22 € |
| Grupo K · Mano de obra | 52,78 €/día | 22.431,50 €*1 | +3,2 % | 19,43 € |
| Empleados | ||||
| Grupo 1 · Empleados | 47,75 €/día | 20.293,75 €*2 | +3,2 % | 17,46 € |
| Grupo 2 · Empleados | 1.537,43 € | 21.524,02 €*3 | +3,2 % | 18,65 € |
| Grupo 3 · Empleados | 1.557,99 € | 21.811,86 €*3 | +3,2 % | 18,97 € |
| Grupo 4 · Empleados | 1.586,32 € | 22.208,48 €*3 | +3,2 % | 19,22 € |
| Grupo 5 · Empleados | 1.672,01 € | 23.408,14 €*3 | +3,2 % | 20,30 € |
| Grupo 6 · Empleados | 1.776,07 € | 24.864,98 €*3 | +3,2 % | 21,44 € |
| Grupo 7 · Empleados | 1.864,29 € | 26.100,06 €*3 | +3,2 % | 22,60 € |
| Grupo 8 · Empleados | 2.043,38 € | 28.607,32 €*3 | +3,2 % | 24,71 € |
| Grupo 9 · Empleados | 2.210,32 € | 30.944,48 €*3 | +3,2 % | 26,76 € |
| Grupo 10 · Empleados | 2.426,11 € | 33.965,54 €*3 | +3,2 % | 29,47 € |
| Grupo 11 · Empleados | 2.645,61 € | 37.038,54 €*3 | +3,2 % | 32,09 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Grupo A · Mano de obra y otras: Retribución diaria: salario convenio día × 365 + dos gratificaciones de 30 días. El anual = «Total salario convenio año» + «Gratificaciones extras año»; no incluye la participación en beneficios (complemento aparte).
2. Grupo 1 · Empleados: El grupo 1 de empleados se retribuye por día (marcado «1* (día)» en la tabla): salario convenio día × 365 + dos gratificaciones de 30 días. El anual no incluye la participación en beneficios.
3. Grupo 2 · Empleados y otras: El anual = «Total salario convenio año» (×12) + «Gratificaciones extras año» (2 mensualidades); no incluye la participación en beneficios (complemento aparte).
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.744 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad · mano de obra (€/día)
Valor ACUMULADO de la tabla V según los años de antigüedad (3, 6, 11, 16, 21, 26, 31, 36 y 41 años) y el grupo; no se suma tramo a tramo.Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: 12 categorías del convenio.
-
Antigüedad · empleados (€/mes)
Valor ACUMULADO de la tabla V según los años de antigüedad (3, 6, 11, 16, 21, 26, 31, 36 y 41 años) y el grupo; no se suma tramo a tramo.Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: 10 categorías del convenio.
-
Participación en beneficios (paga anual)
Importe de la tabla × factor de antigüedad: 3 años 1,05; 6 años 1,10; 11 años 1,20; 16 años 1,30; 21 años 1,40; 26 años 1,50; 31 años 1,60; 36 años 1,70; 41 años 1,80Quién lo cobra: Se abona en el primer trimestre del año siguiente; proporcional al tiempo trabajado. El importe de la tabla es el de quien no tiene antigüedad y se multiplica por un factor según la antigüedad.
-
Plus de toxicidad o insalubridad
de 5,95 a 13,12 € por día trabajado según categoríaLo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Puestos que manejen sustancias tóxicas o trabajen en locales con tóxicos nocivos; los puestos los fijan empresa y RLPT.
-
Plus de nocturnidad
de 17,40 a 28,65 € por día trabajado según categoríaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Turno de 22:00 a 06:00 horas; solo por noche efectivamente trabajada.
-
Plus de descanso compensatorio (por hora extra)
de 6,96 a 12,84 € por hora según categoríaQuién lo cobra: Solo si la persona opta por compensar la hora extra con una hora de descanso (opción b del art. 9.4).
-
Compensación por jornada continuada (CJC)
Cuarta parte del valor de la hora extraordinaria ordinaria (columna C de las tablas II y IV)Lo que se paga por trabajar en jornada partida. Quién lo cobra: Jornada continuada de más de 5 horas ininterrumpidas cuando no se puede disfrutar el descanso de 15 minutos; por día realmente trabajado sin ese descanso.
-
Dietas por desplazamiento
75 % del salario convenio diario si hace una comida fuera; 200 % si come y pernocta fueraLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la localidad habitual por necesidades del servicio.
-
Compensación por desplazamiento para comida
8,08 € por cada día trabajadoAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Personal que por su función se desplaza continuamente de su centro y no puede comer en su domicilio; previa justificación de gastos; mínimo garantizado.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2026-21427 (tabla salarial 2026, publicado el 14/10/2026). Revisado el .
Código de convenio 99003955011981