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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de las industrias transformadoras de materias plásticas de la provincia de Alicante.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14,5 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 03000525011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 31 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 34)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Grupo 1
    Peón35,87 €/día—1—
    Personal de limpieza35,87 €/día—1—
    Ayudante menor de 18 años35,87 €/día—1—
    Portero35,87 €/día—1—
    Mozo de almacén35,87 €/día—1—
    Basculero Pesador35,87 €/día—1—
    Grupo 2
    Ayudante de Especialista35,98 €/día—1—
    Auxiliar de Administrativo1.071,10 €18.412,82 €*10,49 €Plus convenio: 198,75 €/mes
    Grupo 3
    Oficial Administrativo1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Oficial 2º Administrativo1.100,66 €18.919,89 €*10,77 €Plus convenio: 204,16 €/mes
    Conductor de Vehículo Industrial1.096,26 €18.847,82 €*10,73 €Plus convenio: 203,59 €/mes
    Profesional de Industria36,84 €/día—1—
    Grupo 4
    Jefe de 1º Administrativo1.332,63 €22.906,81 €*13,04 €Plus convenio: 247,15 €/mes
    Jefe de Ventas1.332,62 €22.799,80 €*12,98 €Plus convenio: 239,78 €/mes
    Jefe de Organización y Compras1.195,04 €20.542,58 €*11,70 €Plus convenio: 221,69 €/mes
    Programador de Ordenadores1.140,00 €19.593,99 €*11,16 €Plus convenio: 211,31 €/mes
    Técnicos1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Técnico de laboratorio1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Técnico de Mantenimiento1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Técnico Sanitario1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Graduado Social1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Encargado/Jefe de Turno1.128,21 €19.393,31 €*11,04 €Plus convenio: 209,26 €/mes
    Maestro Industrial1.100,66 €18.921,49 €*10,78 €Plus convenio: 204,27 €/mes
    Técnico de Organización y Control de Calidad1.092,89 €18.787,65 €*10,70 €Plus convenio: 202,81 €/mes
    Viajante1.071,22 €18.414,56 €*10,49 €Plus convenio: 198,75 €/mes
    Transportista1.103,98 €18.966,00 €*10,80 €Plus convenio: 204,02 €/mes
    Grupo 5
    Director Técnico2.319,25 €39.872,53 €*22,71 €Plus convenio: 430,58 €/mes
    Subdirector Técnico2.004,77 €34.461,14 €*19,62 €Plus convenio: 371,86 €/mes
    Técnico Jefe y Director Comercial1.658,87 €28.515,12 €*16,24 €Plus convenio: 307,69 €/mes
    Técnico Superior1.481,99 €25.474,32 €*14,51 €Plus convenio: 274,86 €/mes
    Perito e Ingeniero Técnico1.328,69 €22.839,97 €*13,01 €Plus convenio: 246,48 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Peón y otras: La tabla da el salario y el plus convenio por día trabajado, sin importe mensual ni anual: no se calcula.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus convenio (personal con retribución diaria)

      de 6,78 a 6,83 € por día trabajado según categoría

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Personal con tabla diaria: Grupo 1, Ayudante de Especialista y Profesional de Industria; por día trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22 y tablas salariales

      Las pagas extra se calculan sobre salario convenio y plus convenio (art. 25).

    • Antigüedad: trienios (máximo 2)

      un 5 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 2

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Tiempo de servicios en la misma empresa; importe por día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

      El texto fija 2 trienios y 5 quinquenios pero no dice en qué orden se devengan. La base de la tabla (9,20 €) es la que fija la tabla salarial.

    • Antigüedad: quinquenios (máximo 5)

      un 10 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 5

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Tiempo de servicios en la misma empresa; importe por día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

      Ver nota de trienios: el texto no aclara el orden de devengo.

    • Bonificación por trabajos penosos, tóxicos o peligrosos

      9,11 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Por día en que se realizan labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas según normativa; deja de abonarse si desaparecen esas condiciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

      La tabla lo llama «Base pluses de peligrosidad y toxicidad»; el art. 28 habla de una bonificación por día de los importes de las tablas y no fija porcentajes.

    • Plus de nocturnidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Jornada realizada entre las 22:00 y las 06:00; 25 % sobre salario base y plus convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

    • Plus de turnicidad (cuarto o quinto turno)

      el 21 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Personal que trabaje en el cuarto o quinto turno; 21 % sobre salario base y plus convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

    • Plus de turnos rotativos (distintos del 4.º y 5.º turno)

      1,42 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por día trabajado en turnos rotativos distintos del cuarto y quinto turno.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y tablas salariales

    • Participación en beneficios

      15 días de salario convenio y plus convenio, más antigüedad

      Quién lo cobra: Una vez al año, hasta el 30 de marzo; se prorratea si no se completa el año de servicio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25 y 26

      Está incluida en las 14,5 pagas de la tabla anual (12 mensualidades + 2 extras de 30 días + 15 días).

    • Dieta sin pernocta

      12,91 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por desplazamiento a población distinta del centro de trabajo; se devenga íntegramente el día de salida; no se paga si puede comer en su domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37

      Importe por dieta (no mensual).

    • Doble dieta sin pernocta

      21,93 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Según la tabla salarial (art. 37).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37

      Importe por dieta (no mensual). El texto no precisa cuándo se aplica la doble dieta; remite a la tabla.

    • Desplazamiento con vehículo propio

      0,23 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Importe por kilómetro cuando se usa el vehículo propio en desplazamientos por necesidad de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37

      Importe por kilómetro (no mensual).

    • Compensación de gastos por trabajo a distancia

      36,41 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Cantidad máxima de la tabla, en proporción al porcentaje de jornada en teletrabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 14.5

      Importe mensual máximo según la tabla (el texto lo llama «cantidad máxima»).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Alicante (tabla salarial 2025, publicado el 20/1/2026). Revisado el .

    Código de convenio 03000525011981

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