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Tablas salariales 2026

Convenio colectivo de las industrias transformadoras de materias plásticas de la provincia de Alicante.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14,5 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 03000525011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 31 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,6 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 34)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extraPluses
    Grupo 1
    Peón37,18 €/día—1——
    Personal de limpieza37,18 €/día—1——
    Ayudante menor de 18 años37,18 €/día—1——
    Portero37,18 €/día—1——
    Mozo de almacén37,18 €/día—1——
    Basculero Pesador37,18 €/día—1——
    Grupo 2
    Ayudante de Especialista37,29 €/día—1——
    Auxiliar de Administrativo1.110,20 €19.084,90 €*+3,7 %10,87 €Plus convenio: 206,00 €/mes
    Grupo 3
    Oficial Administrativo1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Oficial 2º Administrativo1.140,83 €19.610,38 €*+3,6 %11,17 €Plus convenio: 211,61 €/mes
    Conductor de Vehículo Industrial1.136,27 €19.535,70 €*+3,6 %11,13 €Plus convenio: 211,02 €/mes
    Profesional de Industria38,18 €/día—1——
    Grupo 4
    Jefe de 1º Administrativo1.381,27 €23.742,88 €*+3,6 %13,52 €Plus convenio: 256,17 €/mes
    Jefe de Ventas1.381,26 €23.631,95 €*+3,6 %13,46 €Plus convenio: 248,53 €/mes
    Jefe de Organización y Compras1.238,66 €21.292,38 €*+3,7 %12,13 €Plus convenio: 229,78 €/mes
    Programador de Ordenadores1.181,61 €20.309,13 €*+3,6 %11,57 €Plus convenio: 219,02 €/mes
    Técnicos1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Técnico de laboratorio1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Técnico de Mantenimiento1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Técnico Sanitario1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Graduado Social1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Encargado/Jefe de Turno1.169,39 €20.101,21 €*+3,7 %11,45 €Plus convenio: 216,90 €/mes
    Maestro Industrial1.140,83 €19.612,12 €*+3,6 %11,17 €Plus convenio: 211,73 €/mes
    Técnico de Organización y Control de Calidad1.132,78 €19.473,35 €*+3,6 %11,09 €Plus convenio: 210,21 €/mes
    Viajante1.110,32 €19.086,64 €*+3,7 %10,87 €Plus convenio: 206,00 €/mes
    Transportista1.144,28 €19.658,38 €*+3,7 %11,19 €Plus convenio: 211,47 €/mes
    Grupo 5
    Director Técnico2.403,90 €41.327,90 €*+3,6 %23,54 €Plus convenio: 446,30 €/mes
    Subdirector Técnico2.077,94 €35.718,86 €*+3,6 %20,34 €Plus convenio: 385,43 €/mes
    Técnico Jefe y Director Comercial1.719,42 €29.555,93 €*+3,7 %16,83 €Plus convenio: 318,92 €/mes
    Técnico Superior1.536,08 €26.404,06 €*+3,6 %15,04 €Plus convenio: 284,89 €/mes
    Perito e Ingeniero Técnico1.377,19 €23.673,72 €*+3,7 %13,48 €Plus convenio: 255,48 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Peón y otras: La tabla da el salario y el plus convenio por día trabajado, sin importe mensual ni anual: no se calcula.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus convenio (personal con retribución diaria)

      de 7,03 a 7,08 € por día trabajado según categoría

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Personal con tabla diaria: Grupo 1, Ayudante de Especialista y Profesional de Industria; por día trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22 y tablas salariales

      Las pagas extra se calculan sobre salario convenio y plus convenio (art. 25).

    • Antigüedad: trienios (máximo 2)

      un 5 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 2

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Tiempo de servicios en la misma empresa; importe por día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

      El texto fija 2 trienios y 5 quinquenios pero no dice en qué orden se devengan. La base de la tabla (9,54 €) es la que fija la tabla salarial.

    • Antigüedad: quinquenios (máximo 5)

      un 10 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 5

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Tiempo de servicios en la misma empresa; importe por día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

      Ver nota de trienios: el texto no aclara el orden de devengo.

    • Bonificación por trabajos penosos, tóxicos o peligrosos

      9,44 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Por día en que se realizan labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas según normativa; deja de abonarse si desaparecen esas condiciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

      La tabla lo llama «Base pluses de peligrosidad y toxicidad»; el art. 28 habla de una bonificación por día de los importes de las tablas y no fija porcentajes.

    • Plus de nocturnidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Jornada realizada entre las 22:00 y las 06:00; 25 % sobre salario base y plus convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

    • Plus de turnicidad (cuarto o quinto turno)

      el 21 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Personal que trabaje en el cuarto o quinto turno; 21 % sobre salario base y plus convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

    • Plus de turnos rotativos (distintos del 4.º y 5.º turno)

      1,47 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por día trabajado en turnos rotativos distintos del cuarto y quinto turno.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y tablas salariales

    • Participación en beneficios

      15 días de salario convenio y plus convenio, más antigüedad

      Quién lo cobra: Una vez al año, hasta el 30 de marzo; se prorratea si no se completa el año de servicio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25 y 26

      Está incluida en las 14,5 pagas de la tabla anual (12 mensualidades + 2 extras de 30 días + 15 días).

    • Dieta sin pernocta

      13,38 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por desplazamiento a población distinta del centro de trabajo; se devenga íntegramente el día de salida; no se paga si puede comer en su domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37

      Importe por dieta (no mensual).

    • Doble dieta sin pernocta

      22,73 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Según la tabla salarial (art. 37).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37

      Importe por dieta (no mensual). El texto no precisa cuándo se aplica la doble dieta; remite a la tabla.

    • Desplazamiento con vehículo propio

      0,24 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Importe por kilómetro cuando se usa el vehículo propio en desplazamientos por necesidad de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37

      Importe por kilómetro (no mensual).

    • Compensación de gastos por trabajo a distancia

      37,74 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Cantidad máxima de la tabla, en proporción al porcentaje de jornada en teletrabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 14.5

      Importe mensual máximo según la tabla (el texto lo llama «cantidad máxima»).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Alicante (tabla salarial 2026, publicado el 25/2/2026). Revisado el .

    Código de convenio 03000525011981

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