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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de agencias de transportes-operadores de transportes de la provincia de Sevilla.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 41000055011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 26)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Jefe de Servicios1.807,26 €27.108,90 €*21,47 €
    Ingenieros y Licenciados1.692,20 €25.383,00 €*19,95 €
    Ayudantes de Ingenieros y Licenciados1.439,21 €21.588,15 €*16,69 €
    Encargado General1.415,37 €21.230,55 €*16,37 €
    Jefe de Tráfico1.415,37 €21.230,55 €*16,37 €
    Jefe de Sección1.485,26 €22.278,90 €*17,33 €
    Jefe de Negociado1.432,31 €21.484,65 €*16,67 €
    Jefe de Equipo1.352,26 €20.283,90 €*15,38 €
    Encargado de Almacén1.320,16 €19.802,40 €*—
    Jefe de Equipo / antes Capataz1.282,87 €19.243,05 €*—
    Conductor de 1.ª especial1.352,26 €20.283,90 €*15,38 €
    Conductor 1.ª1.320,72 €19.810,80 €*14,98 €
    Conductor 2.ª1.291,59 €19.373,85 €*14,62 €
    Ayudante1.267,24 €19.008,60 €*14,33 €
    Mozo especializado1.262,46 €18.936,90 €*14,26 €
    Personal Administrativo
    Oficial de 1.ª1.353,46 €20.301,90 €*15,57 €
    Oficial de 2.ª1.310,76 €19.661,40 €*14,99 €
    Comercial1.353,46 €20.301,90 €*15,57 €
    Auxiliar1.224,05 €18.360,75 €*13,89 €
    Aprendiz937,09 €14.056,35 €*—
    Personal de Talleres
    Oficial 1.ª1.329,11 €19.936,65 €*15,06 €
    Oficial 2.ª1.314,34 €19.715,10 €*14,86 €
    Oficial 3.ª1.282,40 €19.236,00 €*16,59 €
    Peón Especializado1.262,46 €18.936,90 €*14,26 €
    Peón Ordinario1.282,01 €19.230,15 €*13,98 €
    Aprendiz937,09 €14.056,35 €*—

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios no; escala por años de servicio)

      Porcentaje del salario base según años de servicio: 4 % a los 5 años, 10 % a los 9, 15 % a los 14, 20 % a los 19 y 25 % desde los 24 (tope)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores contratados de manera indefinida a partir del 7/11/1995.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27 (encabezado ilegible en el recorte)

      Para los contratados antes del 7/11/1995 el recorte solo da el tope del 45 %, sin porcentajes intermedios.

    • Plus de peligrosidad

      55,17 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Manipulación permanente y en exclusiva de mercancías explosivas e inflamables.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.A

      Importe bruto mensual de 55,17 € en 2025.

    • Plus del frío

      38,61 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Trabajo habitual o esporádico en cámaras refrigeradas (entre 0 ºC y 10 ºC); si es esporádico, en proporción al tiempo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.B

      Importe bruto mensual de 38,61 € en 2025.

    • Plus de nocturnidad

      25 % del salario base más antigüedad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno, según el art. 36.1 y 2 del Estatuto de los Trabajadores.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

    • Plus escolar (por hijo)

      93,03 € por hijo, en una sola vez en septiembre

      Quién lo cobra: Por cada hijo hasta la mayoría de edad que curse estudios en centro oficial reconocido y lo acredite; se abona en septiembre.

      El recorte no dice si cotiza art. 39

      102 € en 2026.

    • Dieta nacional

      45,87 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del centro de trabajo por el territorio nacional.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no lo dice art. 25

      Almuerzo, cena y cama 14,20 €; desayuno 3,27 €. 2026: dieta 47,25 €.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Sevilla (tabla salarial 2025, publicado el 29/1/2024). Revisado el .

    Código de convenio 41000055011981

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