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Tablas salariales 2026

Convenio colectivo de agencias de transportes-operadores de transportes de la provincia de Sevilla.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 41000055011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 26)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    I
    Jefe de Servicios1.861,48 €27.922,20 €*+3,0 %22,12 €
    Ingenieros y Licenciados1.742,96 €26.144,40 €*+3,0 %20,55 €
    Ayudantes de Ingenieros y Licenciados1.482,39 €22.235,85 €*+3,0 %17,19 €
    Encargado General1.457,83 €21.867,45 €*+3,0 %16,86 €
    Jefe de Tráfico1.457,83 €21.867,45 €*+3,0 %16,86 €
    Jefe de Sección1.529,81 €22.947,15 €*+3,0 %17,85 €
    Jefe de Negociado1.475,28 €22.129,20 €*+3,0 %17,17 €
    Jefe de Equipo1.392,83 €20.892,45 €*+3,0 %15,84 €
    Encargado de Almacén1.359,77 €20.396,55 €*+3,0 %15,63 €
    Jefe de Equipo / antes Capataz1.321,36 €19.820,40 €*+3,0 %15,08 €
    Conductor de 1.ª especial1.392,83 €20.892,45 €*+3,0 %15,84 €
    Conductor 1.ª1.360,34 €20.405,10 €*+3,0 %15,43 €
    Conductor 2.ª1.330,33 €19.954,95 €*+3,0 %15,06 €
    Ayudante1.305,25 €19.578,75 €*+3,0 %14,76 €
    Mozo especializado1.300,33 €19.504,95 €*+3,0 %14,68 €
    Personal Administrativo
    Oficial de 1.ª1.394,07 €20.911,05 €*+3,0 %16,04 €
    Oficial de 2.ª1.350,09 €20.251,35 €*+3,0 %15,44 €
    Comercial1.394,07 €20.911,05 €*+3,0 %16,04 €
    Auxiliar1.260,77 €18.911,55 €*+3,0 %14,31 €
    Aprendiz965,20 €14.478,00 €*+3,0 %—
    Personal de Talleres
    Oficial 1.ª1.368,98 €20.534,70 €*+3,0 %15,51 €
    Oficial 2.ª1.353,77 €20.306,55 €*+3,0 %15,31 €
    Oficial 3.ª1.320,87 €19.813,05 €*+3,0 %17,09 €
    Peón Especializado1.300,33 €19.504,95 €*+3,0 %14,68 €
    Peón Ordinario1.320,47 €19.807,05 €*+3,0 %14,40 €
    Aprendiz965,20 €14.478,00 €*+3,0 %—

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios no; escala por años de servicio)

      Porcentaje del salario base según años de servicio: 4 % a los 5 años, 10 % a los 9, 15 % a los 14, 20 % a los 19 y 25 % desde los 24 (tope)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores contratados de manera indefinida a partir del 7/11/1995.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27 (encabezado ilegible en el recorte)

      Para los contratados antes del 7/11/1995 el recorte solo da el tope del 45 %, sin porcentajes intermedios.

    • Plus de peligrosidad

      56,82 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Manipulación permanente y en exclusiva de mercancías explosivas e inflamables.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.A

      Importe bruto mensual de 56,82 € en 2026 (55,17 € en 2025).

    • Plus del frío

      39,76 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Trabajo habitual o esporádico en cámaras refrigeradas (entre 0 ºC y 10 ºC); si es esporádico, en proporción al tiempo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.B

      Importe bruto mensual de 39,76 € en 2026 (38,61 € en 2025).

    • Plus de nocturnidad

      25 % del salario base más antigüedad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno, según el art. 36.1 y 2 del Estatuto de los Trabajadores.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

    • Plus escolar (por hijo)

      102 € por hijo, en una sola vez en septiembre

      Quién lo cobra: Por cada hijo hasta la mayoría de edad que curse estudios en centro oficial reconocido y lo acredite; se abona en septiembre.

      El recorte no dice si cotiza art. 39

      93,03 € en 2025.

    • Dieta nacional

      47,25 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del centro de trabajo por el territorio nacional.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no lo dice art. 25

      Almuerzo, cena y cama 14,63 €; desayuno 3,36 €; media dieta = almuerzo. 2025: dieta 45,87 €.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Sevilla (tabla salarial 2026, publicado el 29/1/2024). Revisado el .

    Código de convenio 41000055011981

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