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Convenio colectivo

Convenio de la industria del cultivo de champiñón y otros hongos.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 26100025012015
Publicado el
22/7/2019
Vigencia
1/1/2018 – 31/12/2020
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Última actualización: 19 de octubre de 2026

Tablas salariales 2026

Tabla de 2020 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

6 de 9 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Peón SMI27,70 €/día12.600,00 €
Oficial 3 SMI27,70 €/día12.600,00 €
Oficial 2 SMI31,78 €/día14.459,90 €
Oficial 1 SMI36,01 €/día16.384,55 €
Jefe/a de Planta42,36 €/día19.273,80 €
Administración FP SMI29,65 €/día13.490,75 €
Administración Uni. SMI36,01 €/día16.384,55 €
Técnico/a F.P.38,13 €/día17.349,15 €
Técnico/a Uni.50,84 €/día23.132,20 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2020 · Tabla 2026

Otros convenios aquí
Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo A

  • PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 12.600 € al año, el más bajo.

Grupo B-1

  • Oficial 3Profesional que acaba de llegar al oficio y ejecuta tareas sencillas. En la tabla cobra 12.600 € al año, el más bajo.

Grupo B-2

  • Oficial 2Profesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 14.460 € al año (puesto 5 de 7 por sueldo).

Grupo B-3

  • Oficial 1Profesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 16.385 € al año (puesto 4 de 7 por sueldo).

Grupo B-4

  • Jefe/a de PlantaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 19.274 € al año (puesto 2 de 7 por sueldo).

Grupo C-1

  • Administración FPLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.491 € al año (puesto 6 de 7 por sueldo).

Grupo C-2

  • Administración Uni.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.385 € al año (puesto 4 de 7 por sueldo).

Grupo D-1

  • Técnico/a F.P.Puesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 17.349 € al año (puesto 3 de 7 por sueldo).

Grupo D-2

  • Técnico/a Uni.Puesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 23.132 € al año, el sueldo más alto.
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de campo y agricultura de La Rioja?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2018 al 31/12/2020.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de campo y agricultura de La Rioja en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 12.600,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOR (texto del convenio, publicado el 22/7/2019). Revisado el .

Vigencia 2018-2020 (art. 5), vencida el 31/12/2020. Sin tabla 2026 publicada en el recorte: se carga la de 2020 como prorrogada. El recorte no dice si hay denuncia ni convenio posterior.

Sector del índice «otros»: convenio de la actividad de cultivo de champiñón y otros hongos. Excluye las empresas de producción de compost (art. 6).