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Convenio colectivo

Convenio Colectivo de Operadores Logísticos de la Provincia de Sevilla. Años 2026 a 2030.

Código de convenio 41004595012007
Publicado el
28/7/2026
Vigencia
1/1/2026 – 31/12/2030
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.800horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+4,0 %2026
Próxima subida+3,0 %2027
Tablas salariales 2026

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

1 de 15 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
MandosPuestos: encargado de almacén, encargado general, jefe de tráfico, jefe de sección, jefe de servicios.
Jefe de Servicios1.490,43 €22.356,49 €
Jefe de Sección1.361,41 €20.421,09 €
Encargado general/Jefe de Tráfico1.307,81 €19.617,12 €
Encargado de Almacén1.235,79 €18.536,82 €
TécnicosPuestos: oficial de mantenimiento, conductor, jefe de negociado, ayudante de ingenieros.
Ayudante de Ingenieros1.325,94 €19.889,08 €
Jefe de Negociado1.320,79 €19.811,81 €
AdministraciónPuestos: auxiliar administrativo, oficial de 2.ª, oficial de 1.ª.
Oficial de 1ª Administrativo1.257,85 €18.867,69 €
Oficial de 2ª Administrativo1.228,43 €18.426,40 €
Auxiliar Administrativo1.170,01 €17.550,08 €
OperacionesPuestos: mozo, mozo especializado, mozo de inserción, jefe de equipo.
Jefe de Equipo1.231,58 €18.473,75 €
Mozo Especializado1.192,16 €17.882,47 €
Mozo1.170,22 €17.553,30 €
TécnicosPuestos: oficial de mantenimiento, conductor, jefe de negociado, ayudante de ingenieros.
Conductor1.260,22 €18.903,29 €
OperacionesPuestos: mozo, mozo especializado, mozo de inserción, jefe de equipo.
Mozo Inserción SMI1.087,34 €16.310,11 €
TécnicosPuestos: oficial de mantenimiento, conductor, jefe de negociado, ayudante de ingenieros.
Oficial Mantenimiento1.221,76 €18.326,46 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Operaciones

Ejecuta la actividad operativa en almacenes y centros de distribución (almacenaje, movimiento de materiales y mercancías, distribución, entradas y salidas, control de inventarios) con las herramientas necesarias y según los programas y directrices de los responsables. Tres niveles.

  • MozoEjecuta actividades operativas estandarizadas en los almacenes o plataformas de distribución: almacenaje, movimiento interno de materiales y mercancías y reposición, a veces con herramientas y equipos, bajo la supervisión de un superior. En la tabla cobra 17.553 € al año (puesto 13 de 15 por sueldo).
  • Mozo EspecializadoEjecuta las mismas actividades operativas estandarizadas del almacén o plataforma con cierto grado de autonomía y uso o control de maquinaria, herramientas y equipos. Incluye al Mozo de Mantenimiento (mismo nivel salarial que el mozo especialista). En la tabla cobra 17.882 € al año (puesto 12 de 15 por sueldo).
  • Mozo InserciónPersonal de nueva incorporación que se forma en todos los ámbitos del puesto de mozo especializado; contrato indefinido, periodo de prueba de dos meses; a los dos años de antigüedad en la categoría pasa a Mozo Especializado. En la tabla cobra 16.310 € al año, el más bajo.
  • Jefe de EquipoPrograma y ejecuta su propio trabajo con destreza en el manejo de equipo especializado y complejo, y coordina un equipo homogéneo de trabajadores. Los antiguos capataces pasan a esta categoría (art. 16 bis). En la tabla cobra 18.474 € al año (puesto 9 de 15 por sueldo).

Administración

Tareas administrativas según directrices, procedimientos y procesos definidos: gestión y registro de datos, informes, archivo, atención telefónica, atención a clientes y recepción. Tres niveles.

  • Auxiliar AdministrativoActividades de los procesos administrativos bajo supervisión directa y con normas y procedimientos; tareas de apoyo a sus superiores. A los tres años en la categoría pasa a Oficial de 2.ª (art. 16 bis). En la tabla cobra 17.550 € al año (puesto 14 de 15 por sueldo).
  • Oficial de 2ª AdministrativoActividades vinculadas a procesos administrativos especializados, con normas y procedimientos que no lo resuelven todo; plantea alternativas a sus supervisores, que revisan sus decisiones. En la tabla cobra 18.426 € al año (puesto 10 de 15 por sueldo).
  • Oficial de 1ª AdministrativoSe responsabiliza del control y la ejecución de procesos administrativos especializados completos, con alto nivel de autonomía y relación con otros departamentos; algunos puestos supervisan personas. En la tabla cobra 18.868 € al año (puesto 7 de 15 por sueldo).

Técnicos

Soporte técnico especializado a los procesos productivos, comerciales o de gestión: planificación de actividades, análisis de procesos, trabajos cualificados y participación en proyectos. Incluye al Oficial de Mantenimiento. Tres niveles; formación media o superior y/o experiencia.

Formación: Formación media o superior y/o la experiencia profesional necesaria.

  • ConductorPor ejemplo: conductor, conductor-repartidor, chófer de reparto. En la tabla cobra 18.903 € al año (puesto 6 de 15 por sueldo).
  • Oficial MantenimientoPersonal con conocimientos técnicos y prácticos que mantiene el buen funcionamiento de las instalaciones y dependencias y repara equipamiento y material. En la tabla cobra 18.326 € al año (puesto 11 de 15 por sueldo).
  • Jefe de NegociadoTécnico cualificado y con experiencia que programa y organiza su trabajo según las directrices de sus superiores, supervisa a su equipo de colaboradores y resuelve problemas complejos con criterio propio. En la tabla cobra 19.812 € al año (puesto 4 de 15 por sueldo).
  • Ayudante de IngenierosPlanifica técnicamente y ejecuta los proyectos que se le asignan, con formación y experiencia dilatada; puede liderar proyectos y supervisar equipos multidisciplinares. En la tabla cobra 19.889 € al año (puesto 3 de 15 por sueldo).

Mandos

Planificación, programación, coordinación y supervisión de procesos, personas y medios del proceso logístico, con responsabilidad en seguridad y salud laboral de su área. Cuatro niveles, según el volumen del centro.

  • Encargado de AlmacénAsegura la homogeneidad de criterios de trabajo en una unidad o centro logístico de pequeño volumen y coordina de cerca a un equipo homogéneo pequeño. En la tabla cobra 18.537 € al año (puesto 8 de 15 por sueldo).
  • Encargado general/Jefe de TráficoSupervisa el trabajo de un equipo o turno en un centro logístico de gran volumen o en un almacén mediano, e integra su actividad con otras áreas. En la tabla cobra 19.617 € al año (puesto 5 de 15 por sueldo).
  • Jefe de SecciónResponsable de la organización, supervisión y realización del trabajo de un centro logístico de gran volumen o de la dirección de un centro mediano. En la tabla cobra 20.421 € al año (puesto 2 de 15 por sueldo).
  • Jefe de ServiciosMáxima responsabilidad en organización, supervisión y realización del trabajo de un centro logístico de gran volumen o de la dirección de un centro mediano; amplia formación teórico-práctica. En la tabla cobra 22.356 € al año, el sueldo más alto.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento personal de antigüedadLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Importe mensual total según antigüedad en 2026: 5 años 41,40 €; 10 años 81,76 €; 15 años 156,29 €; 20 años 312,60 €; 25 años 390,72 €; 30 años o más 483,10 € (cada escalón sustituye al anterior)
Quién lo cobra
Personal de plantilla a la fecha de firma del convenio; jornada completa o de 7 horas diarias (el resto, proporcional a su jornada)
Dónde lo dice
art. 24
Plus de convenioPlus fijo que el convenio suma al salario base.80,00 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Jornada completa; en jornada parcial, proporcional a las horas de trabajo
Dónde lo dice
art. 38 bis
Plus de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.2,32 € por hora
Quién lo cobra
Por hora nocturna trabajada entre las 22:00 y las 6:00, incluso en turnos; igual para todos los grupos.
Dónde lo dice
art. 25
Plus de transporteAyuda para ir y volver del trabajo.7,26 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado (incluidos domingos y festivos), en jornada completa y parcial; igual para todos los grupos
Dónde lo dice
art. 26
Plus de trabajo penoso en cámaras refrigeradasLo que se paga por trabajos especialmente duros.41,16 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Personal que trabaja habitualmente en cámaras refrigeradas (0 º a 10 º C); si accede de forma esporádica, en proporción al tiempo; incompatible con el plus de congelación
Dónde lo dice
art. 27.1
Plus de trabajo penoso en cámaras de congelaciónLo que se paga por trabajos especialmente duros.8,36 € por día
Quién lo cobra
Personal designado que trabaja en túneles o cámaras a -18 º C o menos; incompatible con el plus de cámaras refrigeradas
Dónde lo dice
art. 27.2
Plus por trabajo en domingoLo que se paga de más por trabajar en domingo.89,15 € por día
Quién lo cobra
Por cada domingo trabajado
Dónde lo dice
art. 30.d
Trabajo en domingo de descanso semanalLo que se paga de más por trabajar en domingo.89,15 € por día
Quién lo cobra
Domingo que es día de descanso semanal, trabajado de forma voluntaria a petición de la empresa
Dónde lo dice
art. 30.d
Compensación única por trabajo en domingo de descanso semanalLo que se paga de más por trabajar en domingo.181,10 € por día
Quién lo cobra
Alternativa al plus de 89,15 € más día de descanso, a elección del trabajador
Dónde lo dice
art. 30.d
Plus por trabajo en festivoLo que se paga de más por trabajar en festivo.89,15 € por día
Quién lo cobra
Por cada festivo trabajado (personal voluntario o designado); además se concede otro día de descanso
Dónde lo dice
art. 30.e
Compensación única por festivoLo que se paga de más por trabajar en festivo.181,10 € por día
Quién lo cobra
Alternativa al plus de 89,15 € más día de descanso
Dónde lo dice
art. 30.e
Dieta de almuerzoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.15,92 € por día
Quién lo cobra
Desplazado a municipio distinto del centro de trabajo entre las 14:00 y 15:00 horas (se cobra la media dieta, no esta)
Dónde lo dice
art. 29
Dieta de cenaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.15,92 € por día
Quién lo cobra
Desplazado fuera del centro de trabajo, por razón del servicio, entre las 20:00 y las 22:00 horas
Dónde lo dice
art. 29
Dieta de pernoctación y desayunoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.43,83 € por día
Quién lo cobra
Obligado a pernoctar fuera del domicilio de la localidad del centro de trabajo
Dónde lo dice
art. 29
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.22,56 € por día
Quién lo cobra
Desplazado fuera del centro de trabajo entre las 14:00 y 15:00 horas del día (no se cobra entonces la dieta de almuerzo)
Dónde lo dice
art. 29
Ayuda por hijos con discapacidad66,41 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Trabajadores con hijos con discapacidad igual o superior al 33 % acreditada por el INSS
Dónde lo dice
art. 37
Ayuda por hijos en enseñanza obligatoria85,21 €
Quién lo cobra
Por cada hijo hasta los 16 años en enseñanza oficial obligatoria, con justificante
Dónde lo dice
art. 38

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría, de 13,28 a 13,28 € la hora. Las horas extraordinarias pueden compensarse en metálico o en tiempo de descanso, conforme al acuerdo entre las partes (art. 31).
Dónde lo dice
art. 31

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20264 %Incremento anual del 4 % sobre las tablas salariales de 2025 y demás conceptos; si el IPC interanual de diciembre de 2026 supera el 4 %, se aplica la diferencia con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2026, tres meses después de que el INE publique el dato
20273 %Incremento anual del 3 % sobre las tablas de 2026 y demás conceptos; si el IPC de diciembre de 2027 supera el 3 %, se aplica la diferencia con efecto desde el 1 de enero de 2027

Revisión salarial

Cada año, si el IPC interanual de diciembre supera el incremento pactado (4 % en 2026; 3 % de 2027 a 2030), se suma la diferencia a las tablas con efecto retroactivo desde el 1 de enero de ese año, tres meses después de que el INE publique el IPC (art. 20).

Permisos pagados

4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 33.a1615 días naturalesMejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidadoart. 33.b55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 33.b bis3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 33.c11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el sufragio activoart. 33.d—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalart. 33.e—Las horas que fije la leyIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto, sesiones de información y preparación y informes para adopción o acogimientoart. 33.f—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por recomendaciones o prohibiciones de las autoridades o riesgo grave e inminente (catástrofe, fenómeno meteorológico adverso)art. 33.g4—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Actos preparatorios de la donación de órganos o tejidosart. 33.g (sic)——Igual o sin mínimo en el Estatuto
Licencia personal sin justificarart. 33.h3—Mejora el Estatuto
Médico de cabecera o acompañar a hijo/a menor a su cargo de hasta 12 añosart. 33.i——Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Técnicos y Mandos: 6 meses
  • Administración: 2 meses
  • Operaciones: 1 mes
  • Mozo de Inserción: 2 meses

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de operadores logísticos de Sevilla?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2030.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de operadores logísticos de Sevilla en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.310,11 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de operadores logísticos de Sevilla?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos y Mandos: 6 meses. Administración: 2 meses. Operaciones: 1 mes. Mozo de Inserción: 2 meses.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) (texto del convenio, publicado el 28/7/2026). Revisado el .

Vigente del 1/1/2026 al 31/12/2030, con prórroga tácita por años naturales si no se denuncia (art. 4); efectos económicos desde el 1/1/2026. Las tablas de 2026 figuran como «provisionales» (+4 % sobre 2025): si el IPC de diciembre de 2026 supera el 4 %, se revisan con efectos desde el 1/1/2026 (art. 20).

Convenio de los OPERADORES LOGÍSTICOS de la provincia de Sevilla (almacenes, plataformas y centros de distribución de empresas sin convenio propio concurrente). No es el convenio provincial de transporte de mercancías por carretera de Sevilla (ficha transporte-sevilla), ni el de logística, paquetería y actividades anexas de otras provincias.