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Tablas salariales 2024

Convenio colectivo sectorial provincial de alicante para salas de bingo.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2024. Todas las categorías cobran en 12 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 03001115011983
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 12 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Se puede compensar por tiempo de descanso en la relación hora extra/descanso que se pacte. (art. 28)

    Sueldo por categoría en 2024

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.134 € al mes en 14 pagas · 15.876 € al año)

    11 de 12 categorías de la tabla 2024 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2024.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extra
    Fila 1 de 12 (sin nombre en el recorte)1.243,65 €14.923,80 €* SMI115,24 €
    Fila 2 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 3 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 4 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 5 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 6 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 7 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 8 de 12 (sin nombre en el recorte)1.144,80 €13.737,60 €* SMI114,03 €
    Fila 9 de 12 (sin nombre en el recorte)1.383,95 €16.607,40 €*116,96 €
    Fila 10 de 12 (sin nombre en el recorte)1.215,40 €14.584,80 €* SMI114,89 €
    Fila 11 de 12 (sin nombre en el recorte)1.194,00 €14.328,00 €* SMI114,63 €
    Fila 12 de 12 (sin nombre en el recorte)1.182,00 €14.184,00 €* SMI114,48 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Categoría no visible en el recorte.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.714 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Bloque de la página 69 del BOP.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (escala del art. 26)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal empleado antes del 1/1/1996 (arts. 26.2 y 26.3).

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      El recorte no indica la unidad de los importes ni si son acumulables entre tramos. Escala del texto (no consta importe por año).

    • Plus de asistencia

      2,68 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado (art. 32).

      No consta en el recorte. art. 32

      Tabla: 2,68 € por día para todas las categorías I, II y III.

    • Quebranto de moneda

      19,15 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Cada mes realmente trabajado; Jefe de Mesa que compagina la función de cajero y personal de Admisión que atiende máquinas (art. 29).

      Cotiza y tributa como salario. art. 29

      La tabla da 5 importes de 19,15 € al mes sin nombre de categoría en el recorte.

    • Plus de transporte

      55,34 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por cada mes realmente trabajado, a todo el personal (art. 30).

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

      Tabla: 55,34 € al mes.

    • Plus de nocturnidad

      un 20 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana (art. 31).

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      Absorbible y compensable; no consolidable. El valor por categoría está en el Anexo II, que no figura en el recorte.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Alicante (tabla salarial 2024, publicado el 18/7/2024). Revisado el .

    Código de convenio 03001115011983

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