Convenio colectivo
Convenio Colectivo del Sector de Ayuda a Domicilio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Última actualización: 14 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
3 de 12 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Dirección, titulados/as superiores y especialistasPuestos: responsable de coordinación del SAD, titulado superior. | ||
| Responsable de Coordinación | 2.442,35 € | 34.192,90 € |
| Titulados superiores | 1.821,78 € | 25.504,92 € |
| Mandos intermediosPuestos: coordinadora del SAD, jefe de administración, trabajador social. | ||
| Jefe/a de Administración | 1.821,78 € | 25.504,92 € |
| Coordinador/a | 1.726,46 € | 24.170,44 € |
| Educación Superior Grado Universitario | 1.726,46 € | 24.170,44 € |
| Titulados/as Grado medio | 1.726,46 € | 24.170,44 € |
| Personal cualificadoPuestos: oficial administrativo, ayudante de coordinación, técnico superior de FP. | ||
| Oficial Administrativo | 1.574,65 € | 22.045,10 € |
| Ayudante de Coordinación | 1.381,18 € | 19.336,52 € |
| Educación Profesional Grado Superior | 1.381,18 € | 19.336,52 € |
| Personal auxiliarPuestos: auxiliar de ayuda a domicilio, auxiliar administrativo, técnico de FP de grado medio. | ||
| Auxiliar Administrativo SMI | 1.191,65 € | 16.683,10 € |
| Educación Profesional Grado Medio SMI | 1.191,65 € | 16.683,10 € |
| Auxiliar de Ayuda a Domicilio SMI | 1.191,65 € | 16.683,10 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección, titulados/as superiores y especialistas
Dirigen y coordinan el servicio de ayuda a domicilio (responsable de coordinación) o tienen titulación universitaria superior.
- Responsable de CoordinaciónPlanifica, organiza, dirige y coordina la actividad de la empresa o del servicio de ayuda a domicilio, con mucha autonomía y un equipo a su cargo; es el enlace con la administración contratante. En la tabla cobra 34.193 € al año, el sueldo más alto.
- Titulados superioresPor ejemplo: psicólogo, licenciada, titulado universitario superior. En la tabla cobra 25.505 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
Mandos intermedios
Coordinan una parte del servicio o de la administración (coordinador/a, jefe/a de administración) o tienen titulación universitaria de grado o de grado medio.
- Jefe/a de AdministraciónEstá al frente de un servicio administrativo con su personal, a las órdenes de la dirección del centro. En la tabla cobra 25.505 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
- Coordinador/aCoordina, gestiona y organiza el servicio de ayuda a domicilio y supervisa a las auxiliares: hace los partes de trabajo, visita a las personas usuarias y resuelve incidencias. Suele ser trabajador/a social. En la tabla cobra 24.170 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
- Educación Superior Grado UniversitarioPor ejemplo: titulado universitario de grado, graduada, técnico con grado universitario. En la tabla cobra 24.170 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
- Titulados/as Grado medioPor ejemplo: diplomado, titulada de grado medio, trabajador social. En la tabla cobra 24.170 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
Personal cualificado
Personal administrativo cualificado, ayudantes de coordinación y titulados de FP de grado superior.
- Oficial AdministrativoLleva un servicio administrativo con iniciativa y responsabilidad, con o sin personas a su cargo: cálculos, nóminas, liquidaciones, correspondencia. En la tabla cobra 22.045 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
- Ayudante de CoordinaciónTrabaja bajo la supervisión del coordinador/a: hace el cuadrante de suplencias, avisa por teléfono a auxiliares y usuarios y recoge datos para la facturación. En la tabla cobra 19.337 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
- Educación Profesional Grado SuperiorPor ejemplo: técnico superior de FP, técnica en integración social, técnico superior. En la tabla cobra 19.337 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
Personal auxiliar
Auxiliares de ayuda a domicilio, auxiliares administrativos y titulados de FP de grado medio.
- Auxiliar AdministrativoHace funciones básicas de administración con iniciativa y responsabilidad limitadas. En la tabla cobra 16.683 € al año, el más bajo.
- Educación Profesional Grado MedioPor ejemplo: técnico de FP de grado medio, técnica en atención a personas en situación de dependencia, técnico medio. En la tabla cobra 16.683 € al año, el más bajo.
- Auxiliar de Ayuda a DomicilioAtiende a la persona usuaria en su casa siguiendo las pautas de la coordinación: aseo e higiene, vestido, comida, movilización, medicación, limpieza y compras del hogar, compañía y acompañamiento a gestiones. En la tabla cobra 16.683 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por cada tres años de servicio en la empresa; proporcional a la jornada.
- Dónde lo dice
- art. 46.B y anexo I
- Quién lo cobra
- Por jornada trabajada en domingo o festivo, sea cual sea el número de horas.
- Dónde lo dice
- art. 46.D y anexo I
- Quién lo cobra
- Por hora trabajada entre las 22:00 y las 7:00.
- Dónde lo dice
- art. 46.C y anexo I
- Quién lo cobra
- Turnos trabajados desde la noche del 24 hasta la tarde del 25 de diciembre y desde la noche del 31 de diciembre hasta la tarde del 1 de enero.
- Dónde lo dice
- art. 51 y anexo I
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por necesidades del servicio con vehículo propio (fuera de la localidad, a zonas rurales sin transporte público o entre servicios que lo exijan).
- Dónde lo dice
- arts. 29 y 46.G
- Quién lo cobra
- Solo si la Junta de Andalucía sube el coste/hora de financiación del SAD más de un 5 % en el año.
- Dónde lo dice
- art. 48 bis
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 50 y anexo I
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 2,5 % | 2,5 % sobre los conceptos de la tabla salarial |
| 2026 | 4 % | 4 % sobre los conceptos de la tabla salarial (ya en la tabla 2026 del anexo I) |
| 2027 | 8 % | 8 % sobre los conceptos de la tabla salarial (ya en la tabla 2027 del anexo I) |
Revisión salarial
Si la suma de los IPC reales de diciembre de 2023 a 2027 supera el 21 % de subidas pactadas, la comisión paritaria actualiza todos los conceptos con la diferencia, con un tope del 2 %, con efectos solo desde el 1/1/2028 y sobre los valores de 2027. (art. 49).
Permisos pagados
3 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta 2.º gradoart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, familiar hasta 2.º grado o convivienteart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personal (incluido votar)art. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | el tiempo indispensable | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Días de libre disposiciónart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | 4 | — | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiar o conviviente)art. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | 4 | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Acompañar a un hijo/a al médico especialistaart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | El tiempo indispensable, 3 veces al año, si la empresa no ha cambiado el cuadrante para facilitarlo. | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes eliminatorios para títulos oficialesart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | El día del examen (la noche anterior si se trabaja de noche). | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 58 (redacción BOJA 8/01/2025) | el tiempo indispensable dentro de la jornada | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupo I: 6 meses
- Grupo II: 45 días
- Grupo III: 30 días
- Grupo IV: 20 días
Preaviso si te vas
- Grupo I: 2 meses
- Grupo II: 1 mes
- Grupo III: 1 mes
- Grupo IV: 20 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado8 de enero de 2025Publicada la modificación de los permisos retribuidos (art. 58) y el nuevo permiso parental (art. 59 bis).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado20 de septiembre de 2023Publicado en el BOJA el I Convenio del sector de ayuda a domicilio de Andalucía (2023-2027), con tablas para cada año.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de dependencia de Andalucía?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de dependencia de Andalucía en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.683,10 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de dependencia de Andalucía?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: 6 meses. Grupo II: 45 días. Grupo III: 30 días. Grupo IV: 20 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Dependencia en otras provincias
BizkaiaCastilla Y LeonComunidad de MadridComunitat ValencianaGaliciaMadrid
Lo que suele venir después.
Fuente: BOJA (texto del convenio, publicado el 20/9/2023). Revisado el .
Vigente del 1/1/2023 al 31/12/2027 (art. 5), con tablas publicadas para cada año hasta 2027. Permisos modificados en el BOJA de 8/01/2025.
Este convenio es el del servicio de ayuda a domicilio (SAD) en Andalucía y se aplica a todas las empresas de SAD con centros en Andalucía. El convenio estatal de dependencia (que también regula el SAD) queda como supletorio para lo que este no regula (art. 8); según su art. 6, en salarios, jornada, permisos y otras materias el estatal es un mínimo, y el periodo de prueba, la clasificación y la jornada máxima no se pueden cambiar en ámbitos inferiores. Si trabajas en una residencia o centro de día, no es este convenio. Un convenio de tu empresa puede tener prioridad en algunas materias (art. 84.2 ET).