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Convenio colectivo

Convenio colectivo del servicio de ayuda a domicilio de la Comunidad de Madrid.

Código de convenio 28007395011996
Publicado el
4/5/2024
Vigencia
1/1/2024 – 31/12/2028
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Vacaciones31días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,0 %2026
Próxima subida+5,0 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
CoordinaciónPuestos: responsable de coordinación, coordinador/a, ayudante de coordinación, fisioterapeuta, psicólogo/a.
Responsable de Coordinación2.445,67 €37.345,20 €
Coordinador/a1.531,61 €25.974,04 €
Ayudante de Coordinación1.246,95 €20.930,80 €
AdministraciónPuestos: jefe/a de administración, oficial administrativo, auxiliar administrativo.
Jefe/a de Administración1.697,74 €27.689,49 €
Oficial/a Administrativo/a1.444,93 €23.893,47 €
Auxiliar Administrativo/a1.064,04 €18.188,89 €
Auxiliar de Ayuda a DomicilioPuestos: auxiliar de ayuda a domicilio, auxiliar SAD, peluquero/a.1.064,04 €18.188,89 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2024 · Tabla 2025 · Tabla 2026

Otros convenios aquí

En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Coordinación

Responsable de coordinación, coordinador/a y ayudante de coordinación; incluye fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, psicólogos/as y podólogos/as, que cobran como coordinador/a.

  • Responsable de CoordinaciónPor ejemplo: responsable de coordinación, responsable del servicio de ayuda a domicilio, jefe de servicio SAD. En la tabla cobra 37.345 € al año, el sueldo más alto.
  • Coordinador/aCon titulación o formación adecuada (preferentemente trabajo social), coordina, gestiona y organiza el servicio de ayuda a domicilio y hace el seguimiento del trabajo del personal auxiliar. Por tabla salarial cobran como coordinador/a los fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, psicólogos/as y podólogos/as del grupo A. En la tabla cobra 25.974 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
  • Ayudante de CoordinaciónTrabaja bajo la supervisión de coordinación: hace el cuadrante de incidencias (suplencias del personal auxiliar), atiende los avisos telefónicos con auxiliares y personas usuarias y recoge los datos de facturación y productividad. En la tabla cobra 20.931 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).

Administración

Jefe/a de administración, oficial/a administrativo/a y auxiliar administrativo/a.

  • Jefe/a de AdministraciónPor ejemplo: jefe/a de administración, responsable de administración, jefe/a administrativo/a. En la tabla cobra 27.689 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
  • Oficial/a Administrativo/aCon iniciativa y responsabilidad, a las órdenes de la dirección y con o sin personal a su cargo, hace trabajos que exigen cálculos, estudios y preparación, como estadísticas, correspondencia propia, liquidaciones y nóminas. En la tabla cobra 23.893 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
  • Auxiliar Administrativo/aCon iniciativa y responsabilidad restringida y subordinada a la dirección, hace funciones de mecanografía, archivo y otras técnicas administrativas. En la tabla cobra 18.189 € al año, el más bajo.

Atención directa

Auxiliar de ayuda a domicilio; incluye el personal de peluquería, que cobra como auxiliar.

  • Auxiliar de Ayuda a DomicilioAtiende en el domicilio o entorno de la persona usuaria, siguiendo las pautas de coordinación, la atención personal (aseo, vestido, alimentación, movilizaciones, medicación pautada) y las necesidades del hogar (limpieza cotidiana, comidas, ropa, compras), con apoyo familiar y de relación. Cobra por esta tabla el personal de peluquería del grupo C. En la tabla cobra 18.189 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento de antigüedad (trienios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.28,48 € por cada 3 años
Quién lo cobra
Cantidad lineal por cada trienio, igual para todas las categorías; proporcional a la jornada.
Dónde lo dice
art. 30.2 y anexo 1
Plus de fines de semana y festivosLo que se paga de más por trabajar en festivo.157,06 € al mes
Quién lo cobra
Solo auxiliares SAD, coordinadores/as y ayudantes de coordinación contratados para fines de semana y festivos con jornada de 20 horas semanales en cómputo bimestral; proporcional para otras jornadas.
Dónde lo dice
art. 30.4 y anexo 1
Plus nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche.2,23 € por hora en 2024, más las subidas salariales anuales (art. 33); importe de este año no publicado
Quién lo cobra
Por cada hora de trabajo efectivo entre las 22:00 y las 07:00; se paga en proporción si es menos de una hora.
Dónde lo dice
art. 33
Kilometraje con vehículo propioLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 €
Quién lo cobra
Cuando el servicio exija usar el vehículo propio para ir de un municipio a otro.
Dónde lo dice
art. 32

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET) (art. 19).
Dónde lo dice
art. 19

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
202510 %10 % sobre todos los conceptos salariales; solo para nuevas adjudicaciones posteriores a la firma (las empresas con adjudicación anterior no están obligadas mientras se mantenga)
20262 %2 % sobre todos los conceptos salariales; solo para nuevas adjudicaciones posteriores a la firma
20275 %5 % sobre todos los conceptos salariales; solo para nuevas adjudicaciones posteriores a la firma
Permisos pagados

3 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 241515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta 2.º gradoart. 243 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, familiar hasta 2.º grado o convivienteart. 2455 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 2411 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 24el tiempo indispensableEl tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiar)art. 2444 días al año (horas)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 244—Mejora el Estatuto
Consultas médicas y pruebas diagnósticas (propias o de familiares hasta 1.er grado o dependientes a cargo)art. 24Bolsa de 20 horas al año para asistir o acompañar a consultas y pruebas prescritas por el sistema público de salud.—Mejora el Estatuto
Técnicas de preparación al parto y exámenes prenatalesart. 24el tiempo indispensableEl tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Auxiliar de ayuda a domicilio: 14 días
  • Resto del personal: 30 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado4 de mayo de 2024Publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el convenio del sector de ayuda a domicilio de la Comunidad de Madrid (2024-2028), con tablas de 2024 a 2028.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de dependencia de Comunidad de Madrid?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de dependencia de Comunidad de Madrid en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 18.188,89 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar Administrativo/a).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de dependencia de Comunidad de Madrid?

31 días naturales al año.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20240504-3 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), texto del convenio, publicado el 4/5/2024). Revisado el .

Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2028 (art. 5); al acabar se considera denunciado y mantiene su contenido normativo hasta que se firme otro. Ojo: las subidas de 2025 y 2026 solo obligan a las empresas con adjudicaciones posteriores a la firma (art. 30).

Este es el convenio autonómico de ayuda a domicilio (SAD) de la Comunidad de Madrid. Las subidas de 2025 en adelante solo obligan desde el primer día de una adjudicación nueva posterior a la firma (26/02/2024); si tu empresa ya tenía adjudicado el servicio antes y lo mantiene, se aplica la tabla de 2024 (art. 30). Desde el 1/12/2028 todo el personal cobra la tabla de 2028. Si trabajas en una residencia o centro de día, no es este convenio. El convenio estatal de dependencia es la referencia mínima (art. 7). Un convenio de tu empresa puede tener prioridad en algunas materias (art. 84.2 ET).