Convenio colectivo
Convenio colectivo de establecimientos financieros de crédito.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Dirección y JefaturaPuestos: director/a, jefe/a de departamento, director/a de área. | ||
| Dirección y Jefatura, nivel A | 2.956,88 € | 41.396,27 € |
| Dirección y Jefatura, nivel B | 2.873,19 € | 40.224,65 € |
| Dirección y Jefatura, nivel C | 2.714,30 € | 38.000,23 € |
| Mandos y Técnicos EspecializadosPuestos: mando intermedio, coordinador/a de equipo, técnico/a especializado/a. | ||
| Mandos y Técnicos Especializados, nivel A | 2.574,35 € | 36.040,94 € |
| Mandos y Técnicos Especializados, nivel B | 2.434,40 € | 34.081,60 € |
| Mandos y Técnicos Especializados, nivel C | 2.262,42 € | 31.673,81 € |
| Técnicos y AdministrativosPuestos: técnico/a administrativo/a, administrativo/a, auxiliar administrativo/a. | ||
| Técnicos y Administrativos, nivel A | 1.910,51 € | 26.747,16 € |
| Técnicos y Administrativos, nivel B | 1.682,86 € | 23.560,08 € |
| Técnicos y Administrativos, nivel C | 1.418,74 € | 19.862,32 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- XXV Convenio colectivo del sector de la banca
- Convenio colectivo para las cajas y entidades financieras de ahorro para el período 2024-2026
- XXIII Convenio colectivo de las sociedades cooperativas de crédito
- Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados
- Convenio colectivo general de ámbito estatal para las entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (2025-2028)
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección y Jefatura
Asumen objetivos globales en su ámbito de trabajo, con el más alto grado de autonomía; transforman esos objetivos en objetivos de equipo y organizan y controlan los procesos de trabajo. Su característica principal es su capacidad de planificar, organizar y dirigir.
Formación: Formación del más alto nivel y/o experiencia dilatada.
- Dirección y Jefatura, nivel AAsumen objetivos globales de su ámbito, con el más alto grado de autonomía, y los transforman en objetivos de equipo. Su característica principal es planificar, organizar y dirigir. En la tabla cobra 41.396 € al año, el sueldo más alto.
- Dirección y Jefatura, nivel BAsumen objetivos globales de su ámbito, con el más alto grado de autonomía, y los transforman en objetivos de equipo. Su característica principal es planificar, organizar y dirigir. En la tabla cobra 40.225 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- Dirección y Jefatura, nivel CAsumen objetivos globales de su ámbito, con el más alto grado de autonomía, y los transforman en objetivos de equipo. Su característica principal es planificar, organizar y dirigir. En la tabla cobra 38.000 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
Mandos y Técnicos Especializados
Asumen objetivos concretos de equipo y se responsabilizan de ellos; transforman esos objetivos en tareas individuales y controlan y coordinan de forma próxima las actividades de un equipo. Su característica principal es su capacidad de organizar y coordinar.
Formación: Experiencia en el trabajo y/o un amplio proceso formativo.
- Mandos y Técnicos Especializados, nivel AAsumen objetivos concretos de equipo, con un amplio grado de autonomía, y coordinan de forma próxima las actividades de su equipo. Su característica principal es organizar y coordinar. En la tabla cobra 36.041 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Mandos y Técnicos Especializados, nivel BAsumen objetivos concretos de equipo, con un amplio grado de autonomía, y coordinan de forma próxima las actividades de su equipo. Su característica principal es organizar y coordinar. En la tabla cobra 34.082 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
- Mandos y Técnicos Especializados, nivel CAsumen objetivos concretos de equipo, con un amplio grado de autonomía, y coordinan de forma próxima las actividades de su equipo. Su característica principal es organizar y coordinar. En la tabla cobra 31.674 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
Técnicos y Administrativos
Desarrollan las tareas que se les asignan con directrices específicas, siguiendo procedimientos establecidos y responsabilizándose de ellas. Su característica principal es su dedicación y especialización en tareas concretas.
- Técnicos y Administrativos, nivel ADesarrollan tareas asignadas con directrices específicas, siguiendo procedimientos establecidos y con algún grado de autonomía. Su característica principal es la dedicación y especialización en tareas concretas. En la tabla cobra 26.747 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).
- Técnicos y Administrativos, nivel BDesarrollan tareas asignadas con directrices específicas, siguiendo procedimientos establecidos y con algún grado de autonomía. Su característica principal es la dedicación y especialización en tareas concretas. En la tabla cobra 23.560 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
- Técnicos y Administrativos, nivel CDesarrollan tareas asignadas con directrices específicas, siguiendo procedimientos establecidos y con algún grado de autonomía. Su característica principal es la dedicación y especialización en tareas concretas. En la tabla cobra 19.862 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Todas las personas afectadas por el convenio
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado con desplazamiento por motivos e instrucciones laborales desde el domicilio
- Dónde lo dice
- art. 40
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado en teletrabajo a jornada completa, o la parte proporcional si es parcial; no se percibe el mismo día que el plus de transporte
- Dónde lo dice
- art. 33.5
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio fuera de la localidad habitual; una comida fuera 32,16 euros; dos comidas fuera 51,50 euros
- Dónde lo dice
- art. 38.1 y 38.2
- Quién lo cobra
- Uso del automóvil particular por viajes o desplazamientos originados por necesidades de la empresa
- Dónde lo dice
- art. 39
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 28.7 y 28.8
Revisión salarial
Paga en el primer semestre de 2027, según el resultado contable de 2026 y sobre las tablas del art. 21: pérdidas 0 %; beneficios 1,00 %; beneficios superiores al ejercicio anterior 1,25 %; beneficios superiores al ejercicio anterior en porcentaje de dos dígitos 1,70 %. No son acumulables. (art. 24).
Permisos pagados
El convenio regula 1 permiso retribuido y mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Cuidado de lactante: licencia retribuida de trece días laborables, sustitutiva del derecho de ausencia o reducción de jornadaart. 31 | 13 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | No lo menciona | 15 días naturales | Lo da el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de un familiar hasta 2.º grado | No lo menciona | 5 días | Lo da el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta 2.º grado | No lo menciona | 2 días (4 con desplazamiento) | Lo da el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitual | No lo menciona | 1 día | Lo da el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal titulado: 6 meses
- Resto del personal: 2 meses
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado15 de septiembre de 2026Publicado en el BOE el texto nuevo del convenio colectivo, con vigencia 2026.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de banca, cajas y seguros?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de banca, cajas y seguros en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 19.862,32 € brutos al año a jornada completa (Técnicos y Administrativos, nivel C).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de banca, cajas y seguros?
26 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal titulado: 6 meses. Resto del personal: 2 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-19247 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 15/9/2026). Revisado el .
Texto nuevo publicado en el Boletín Oficial del Estado el 15/09/2026 con vigencia 2026. Denunciado al término de 2026; hasta que haya acuerdo expreso se mantiene su contenido normativo (art. 6.3).