Convenio colectivo
Convenio colectivo del sector de personas empleadas de fincas urbanas de la Comunidad de Madrid.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2023 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Portero/aPuestos: portero/a, conserje, vigilante de garaje. | 1.250,00 € | 17.500,00 € |
| ConserjePuestos: portero/a, conserje, vigilante de garaje. | 1.250,00 € | 17.500,00 € |
| Vigilante de garajePuestos: portero/a, conserje, vigilante de garaje. | 1.250,00 € | 17.500,00 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional A: Operarios
Personas que, bajo la dependencia directa de los propietarios de fincas urbanas, tienen encomendada la vigilancia, el cuidado y la limpieza de las fincas y de sus servicios comunes: porteros/as, conserjes y vigilantes de garaje.
- Portero/aPersona mayor de edad que, teniendo casa-habitación en el inmueble propiedad de la empresa, se ocupa de la portería, mostrador, escaleras, sótanos y zonas comunes: vigilancia, cuidado y limpieza.
- ConserjePersona mayor de edad que, sin tener casa-habitación en el inmueble, hace los cometidos de la portería en la conserjería, mostrador, escaleras, sótanos y zonas comunes.
- Vigilante de garajePersona contratada por las propias fincas o por la propiedad del garaje para vigilar el garaje y sus elementos y, en su caso, cobrar las cuotas o alquileres.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Fincas de 21 a 40 viviendas (las oficinas y locales cuentan como viviendas, y la vivienda del portero como una más)
- Dónde lo dice
- art. 25.a
- Quién lo cobra
- Fincas de 41 a 70 viviendas
- Dónde lo dice
- art. 25.a
- Quién lo cobra
- Fincas de 71 viviendas o más
- Dónde lo dice
- art. 25.a
- Quién lo cobra
- Solo si se pacta con la propiedad y se recoge la basura de las puertas de las viviendas, oficinas o locales
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Limpieza del garaje particular de la finca
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Zona ajardinada de hasta 300 metros cuadrados
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Zona ajardinada de entre 301 y 1.000 metros cuadrados
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Zona ajardinada de más de 1.000 metros cuadrados
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Mensual, desde el día de apertura hasta el cierre de cada piscina
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Solo si se pacta la limpieza de zonas deportivas
- Dónde lo dice
- art. 25.b
- Quién lo cobra
- Jornada completa entre las 22:00 y las 6:00; si la jornada nocturna no es completa, se paga en proporción a las horas nocturnas
- Dónde lo dice
- art. 25.c
- Quién lo cobra
- Conserjes y vigilantes de garaje que acrediten desplazarse al menos dos kilómetros desde su domicilio; se paga con independencia de la jornada
- Dónde lo dice
- art. 25.d
- Quién lo cobra
- Solo si la persona trabajadora distribuye la paquetería
- Dónde lo dice
- art. 25.e
- Quién lo cobra
- Por cada cinco años de servicio en la misma empresa, con un máximo de ocho quinquenios; se devenga desde el día 1 del mes en que se cumple el quinquenio
- Dónde lo dice
- art. 26
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 19
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % para 2025 sobre el resultado del año anterior; si el IPC de diciembre de 2024 supera el 3 %, un incremento adicional de hasta el 1 % desde el 1/1/2025 |
| 2026 | hasta 1 % | Si el IPC de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % con efecto 1/1/2026 |
Revisión salarial
Si el IPC interanual de diciembre de 2024 (y el de diciembre de 2025) supera el 3 %, se aplica un incremento adicional de hasta el 1 % con efecto del 1 de enero del año siguiente (art. 27).
Permisos pagados
4 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción de pareja de hechoart. 22.g | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio, bautizo o comunión de hijos/asart. 22.a | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado, o convivienteart. 22.f | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, hijos/as, padre, madre y hermanos/as (propios o del cónyuge)art. 22.e | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 22.h | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 22.i | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes e imprevisiblesart. 22.g (primero) | 4 | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consultas médicasart. 22.b | — | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento de familiares hasta 2.º grado a consultas médicasart. 22.c | — | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Toda la plantilla: 2 meses
Preaviso si te vas
- Toda la plantilla: 15 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado30 de octubre de 2025Denuncia del convenio inscrita en el registro de convenios (REGCON); sin texto nuevo publicadoYa consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de fincas urbanas de Madrid?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de fincas urbanas de Madrid en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.500,00 € brutos al año a jornada completa (Portero/a).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de fincas urbanas de Madrid?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Toda la plantilla: 2 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20230823-8 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), texto del convenio, publicado el 23/8/2023). Revisado el .
Convenio 2023-2025 publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 23/8/2023. Denunciado (el registro oficial de convenios, 30/10/2025) sin texto nuevo a 16/10/2026: se mantiene vigente hasta que lo sustituya otro (art. 5.3 y art. 86.4 ET). El texto solo da el salario base de 2023 (1.250 euros); las subidas de 2024 y 2025 (3 % cada una) no tienen tabla publicada.
Convenio de las personas empleadas de fincas urbanas (porteros/as, conserjes y vigilantes de garaje) de la Comunidad de Madrid; no es el convenio de las empresas inmobiliarias ni de gestión inmobiliaria. La tabla de 2026 es el salario base de 2023: no incluye las subidas pactadas para 2024 y 2025, que no tienen importes publicados.