Convenio colectivo
Remolcadores de trafico interior de los puertos de cartagena y escombreras.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2021 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Capitán M. Mercante | 1.779,14 € | 24.907,96 € |
| Of. Máquinas 1.ª Clase | 1.684,89 € | 23.588,46 € |
| Patrón Mayor Cabotaje | 1.449,40 € | 20.291,60 € |
| Patrón de Cabotaje | 1.427,72 € | 19.988,08 € |
| Mecánico Naval Mayor | 1.439,72 € | 20.156,08 € |
| Mecánico Naval de 1.ª Clase | 1.395,05 € | 19.530,70 € |
| Mecánico Naval de 2.ª Clase | 1.360,03 € | 19.040,42 € |
| Motorista Naval | 1.271,87 € | 17.806,18 € |
| Mecamar/Mar. Pte y Máq | 1.236,83 € | 17.315,62 € |
| Engrasador | 1.251,33 € | 17.518,62 € |
| Mozo | 1.207,83 € | 16.909,62 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Categorías
- Capitán M. MercanteLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 24.908 € al año, el sueldo más alto.
- Of. Máquinas 1.ª ClaseLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 23.588 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
- Patrón Mayor CabotajeLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 20.292 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
- Patrón de CabotajeLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 19.988 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- Mecánico Naval MayorLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 20.156 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
- Mecánico Naval de 1.ª ClaseLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 19.531 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
- Mecánico Naval de 2.ª ClaseLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 19.040 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
- Motorista NavalLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 17.806 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
- Mecamar/Mar. Pte y MáqLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 17.316 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- EngrasadorLo que incluye está definido en disposición adicional primera. En la tabla cobra 17.519 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- MozoCarga, descarga, ordena y reparte mercancías. En la tabla cobra 16.910 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo tripulantes de los remolcadores, con las condiciones organizativas y el cuadrante del anexo 2
- Dónde lo dice
- art. 13 y art. 3
- Quién lo cobra
- Servicios fuera de la línea de practicaje de duración inferior a 12 horas
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Servicios fuera de la línea de practicaje de duración superior a 12 horas
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Tripulaciones afectas al convenio, por renuncia a premios por auxilio o salvamento marítimo
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Por categoría
- Dónde lo dice
- anexo 1
- Quién lo cobra
- Desplazamiento al lugar de una varada de remolcadores adscritos al puerto de Cartagena.
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Servicios en puertos fuera del ámbito del convenio (Alicante, Garrucha, Carboneras, etc.)
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Cursillos a petición de la empresa, en centro a más de 25 km de la residencia durante el cursillo
- Dónde lo dice
- art. 35 B
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 24 y anexo 1
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | Por fijar | IPC del año anterior más un 0,50 %, sin IPC negativos. Plus de Actividad Especial: 50 € mes |
| 2026 | Por fijar | IPC del año anterior más un 0,75 %, sin IPC negativos. Plus de Actividad Especial: 50 € mes |
| 2027 | Por fijar | IPC del año anterior más un 0,25 %, sin IPC negativos |
Revisión salarial
Las tablas salariales se incrementan cada año con el IPC del año anterior más un porcentaje fijo, sin IPC negativos (0,75 % en 2021, 0,50 % en 2022, 0,75 % en 2023, 0,25 % en 2024, 0,50 % en 2025, 0,75 % en 2026 y 0,25 % en 2027) (art. 3).
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de puertos y actividad marítima de Murcia?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de puertos y actividad marítima de Murcia en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 16.909,62 € brutos al año a jornada completa (Mozo).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de puertos y actividad marítima de Murcia?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: anuncio 7240/2021 (Boletín Oficial de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia), texto del convenio, publicado el 30/11/2021). Revisado el .
Vigente hasta 31/12/2027, con prórroga tácita por años sucesivos (art. 2). Sin tabla 2026 publicada en el recorte: se carga el anexo 1 de 2021 como prorrogada.
Convenio de las tripulaciones de remolcadores de tráfico interior del puerto de Cartagena (RECASA Cartagena). Las tablas del anexo 1 de 2021 se cargan como 2026 prorrogadas; la subida real de 2026 (IPC del año anterior más 0,75 %) no tiene importe publicado y no se ha aplicado.