Convenio colectivo
Convenio colectivo del sector portuario de estiba y desestiba del Puerto de Barcelona.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2016 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo 0 - Auxiliar | 1.034,40 € | — |
| Grupo I - Especialista | 57,43 €/día | — |
| Grupo II - Oficial manipulante | 57,43 €/día | — |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 0 - Auxiliar
Trabajador portuario en formación, contratado para realizar la manipulación de mercancías en la zona de servicio del Puerto. Tiene movilidad funcional solo dentro de su grupo.
- Grupo 0 - AuxiliarTrabajador portuario en formación que realiza la manipulación de mercancías en la zona de servicio del Puerto: entrega y recepción, traslados internos, reordenación, clasificación y grupaje.
Grupo I
Profesional portuario que realiza la manipulación de mercancías en carga, descarga, estiba, desestiba y trasbordo, bajo las órdenes de su superior.
- Grupo I - EspecialistaProfesional portuario que realiza la manipulación de mercancías en carga, descarga, estiba, desestiba y trasbordo, a bordo de los buques y en tierra, bajo las órdenes de su superior.
- Grupo I - AuxiliarProfesional portuario que realiza tareas auxiliares de manipulación de mercancías en carga, descarga, estiba y trasbordo, siempre bajo las órdenes de un superior. Se excluye el manejo de grúas de bordo y maquinillas.
Grupo II
Profesional portuario manipulante de maquinaria que conduce y manipula los vehículos empleados en la operativa portuaria.
- Grupo II - Oficial manipulanteProfesional portuario manipulante de maquinaria que, con conocimientos de mecánica, hidráulica y electricidad, conduce y manipula los vehículos empleados en la operativa portuaria.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por cada jornada trabajada efectivamente
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Cuantía alzada igual para todas las categorías; en altas y cese se prorratea según los meses del semestre anterior
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Cuantía alzada igual para todas las categorías, por los 30 días de vacaciones
- Dónde lo dice
- art. 27.3
- Quién lo cobra
- Por jornal diurno
- Dónde lo dice
- art. 67
- Quién lo cobra
- Por jornal nocturno
- Dónde lo dice
- art. 67
- Quién lo cobra
- Por jornal diurno
- Dónde lo dice
- art. 67
- Quién lo cobra
- Por jornal nocturno
- Dónde lo dice
- art. 67
- Quién lo cobra
- Por jornal diurno
- Dónde lo dice
- art. 67
- Quién lo cobra
- Por jornal nocturno
- Dónde lo dice
- art. 67
- Quién lo cobra
- Por jornal festivo
- Dónde lo dice
- art. 67
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 67
Revisión salarial
Para 2016 a 2020, revisión según el IPC del año anterior si la actividad alcanza 260 jornales/estibador/año; si el IPC supera el 3 % se negocia. Los pactos quedan consolidados a 31/12/2020, sin ultraactividad. (art. 23).
Permisos pagados
Ninguno de los 2 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Asuntos propios (no retribuido)art. 21 | 10 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Permisos retribuidos por uso y costumbre del Puerto de Barcelonaart. 21 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | No lo menciona | 15 días naturales | Lo da el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de un familiar hasta 2.º grado | No lo menciona | 5 días | Lo da el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta 2.º grado | No lo menciona | 2 días (4 con desplazamiento) | Lo da el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitual | No lo menciona | 1 día | Lo da el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Trabajadores contratados como Auxiliares (art. 61 y 62): 6 meses
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado27 de diciembre de 2016Publicada la modificación del convenio: nuevas cuantías de salarios, pluses, horas de remate y fondos.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado11 de julio de 2013Publicado el texto nuevo del convenio colectivo del Puerto de Barcelona (estiba y desestiba).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de puertos y actividad marítima de Barcelona?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de puertos y actividad marítima de Barcelona?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Trabajadores contratados como Auxiliares (art. 61 y 62): 6 meses.
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOP) (texto del convenio, publicado el 11/7/2013). Revisado el .
Tabla: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (tabla salarial 2026, publicado el 27/12/2016).
Vigencia inicial hasta el 31/12/2018 (art. 3), con prórroga tácita por años naturales salvo denuncia. Sin tablas 2026 en el recorte: se carga la última publicada (modificación del boletín oficial de la provincia de 27/12/2016) como prorrogada.
Es el convenio de la estiba y desestiba del Puerto de Barcelona (estibadores portuarios, con Estibarna), no el convenio general del sector portuario. Asumido por el nombre de el registro oficial de convenios «Sector portuari» en la provincia de Barcelona.