Convenio colectivo
Convenio colectivo de Agencias Marítimas y Aduaneras de A Coruña.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
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laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Titulado Superior | 1.999,60 € | 31.993,60 € |
| Titulado Medio | 1.762,98 € | 28.207,68 € |
| Jefe de Sección | 1.999,60 € | 31.993,60 € |
| Jefe de Negociado | 1.762,98 € | 28.207,68 € |
| Asimilado Jefe Negociado | 1.717,81 € | 27.484,96 € |
| Oficial Administrativo | 1.582,08 € | 25.313,28 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.370,15 € | 21.922,40 € |
| Telefonista | 1.328,14 € | 21.250,24 € |
| Encargado de Sección | 1.481,45 € | 23.703,20 € |
| Encargado de Almacén | 1.444,89 € | 23.118,24 € |
| Oficial de 1ª | 1.444,89 € | 23.118,24 € |
| Oficial de 2ª | 1.399,17 € | 22.386,72 € |
| Manipulante | 1.399,17 € | 22.386,72 € |
| Conductor de Camión | 1.399,17 € | 22.386,72 € |
| Conductor de Turismo | 1.399,17 € | 22.386,72 € |
| Mozo de Almacén | 1.361,69 € | 21.787,04 € |
| Peón | 1.361,69 € | 21.787,04 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Categorías
- Titulado SuperiorPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 31.994 € al año, el sueldo más alto.
- Titulado MedioPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 28.208 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
- Jefe de SecciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 31.994 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de NegociadoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 28.208 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
- Asimilado Jefe NegociadoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 27.485 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Oficial AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 25.313 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
- Auxiliar AdministrativoApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones. En la tabla cobra 21.922 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
- TelefonistaAtiende llamadas y visitas y las pasa a la persona adecuada. En la tabla cobra 21.250 € al año, el más bajo.
- Encargado de SecciónReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 23.703 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
- Encargado de AlmacénReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 23.118 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Oficial de 1ªProfesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 23.118 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Oficial de 2ªProfesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 22.387 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- ManipulanteLo que incluye está definido en anexo 1. En la tabla cobra 22.387 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Conductor de CamiónConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 22.387 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Conductor de TurismoConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 22.387 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Mozo de AlmacénCarga, descarga, ordena y reparte mercancías. En la tabla cobra 21.787 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 21.787 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo personal en activo el 31/12/1999; máximo 12 tramos
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Todo el personal; se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- No consta en el recorte
- Dónde lo dice
- anexo 1
- Quién lo cobra
- No consta en el recorte
- Dónde lo dice
- art. 23
- Quién lo cobra
- No consta en el recorte
- Dónde lo dice
- anexo 1
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 24
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Año 2025: 3 % |
Permisos pagados
3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 12 | 18 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 12 | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 12 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento o adopción de hijoart. 12 | 3 (4 con desplazamiento) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Enfermedad grave o accidente de padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos, cónyuge, yernos o nuerasart. 12 | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos, cónyuge, yernos o nuerasart. 12 | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de familiar de primer grado (permiso no retribuido)art. 12 | — | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 12 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todos los grupos: 10 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado24 de abril de 2023Publicado en el BOP de A Coruña el texto nuevo del convenio (efectos desde 1/1/2020, vigencia hasta 31/12/2025).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de puertos y actividad marítima de A Coruña?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de puertos y actividad marítima de A Coruña en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 21.250,24 € brutos al año a jornada completa (Telefonista).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de puertos y actividad marítima de A Coruña?
23 días laborables al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Puertos y actividad marítima en otras provincias
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Otros convenios de A Coruña
Aparcamientos, garajes y estacionamiento reguladoCampo y agriculturaComercioComercio de alimentación y supermercadosComercio de mueblesConstrucción
Lo que suele venir después.
Fuente: anuncio 2023/2310 (Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña (BOP), texto del convenio, publicado el 24/4/2023). Revisado el .
Vigencia hasta el 31/12/2025; se prorroga anualmente salvo denuncia (el recorte no dice si hubo denuncia). Sin tabla 2026 en el recorte: se aplica la de 2025.