Convenio colectivo
Empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia para castilla la mancha.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2023 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| TTS Conductor | 1.562,36 € | 21.873,04 € |
| TTS Aydt. Conductor | 1.356,79 € | 18.995,06 € |
| TTS Camillero | 1.272,96 € | 17.821,44 € |
| Jefe de equipo | 1.571,03 € | 21.994,42 € |
| Jefe de Tráfico | 1.677,61 € | 23.486,54 € |
| Oficial 1ª Adm. | 1.638,03 € | 22.932,42 € |
| Auxiliar. Adm. | 1.387,06 € | 19.418,84 € |
| Aydt. Mecánico | 1.320,93 € | 18.493,02 € |
| Mecánico | 1.498,03 € | 20.972,42 € |
| Chapista | 1.439,86 € | 20.158,04 € |
| Pintor | 1.439,86 € | 20.158,04 € |
| Jefe de Taller | 1.604,31 € | 22.460,34 € |
| Telefonista | 1.400,21 € | 19.602,94 € |
| Medico | 2.747,60 € | 38.466,40 € |
| ATS | 2.060,67 € | 28.849,38 € |
| Director de Área | 2.512,90 € | 35.180,60 € |
| Director | 2.774,03 € | 38.836,42 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Categorías
- TTS ConductorConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 21.873 € al año (puesto 9 de 16 por sueldo).
- TTS Aydt. ConductorConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 18.995 € al año (puesto 14 de 16 por sueldo).
- TTS CamilleroLo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 17.821 € al año, el más bajo.
- Jefe de equipoReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 21.994 € al año (puesto 8 de 16 por sueldo).
- Jefe de TráficoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.487 € al año (puesto 5 de 16 por sueldo).
- Oficial 1ª Adm.Profesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 22.932 € al año (puesto 6 de 16 por sueldo).
- Auxiliar. Adm.Lo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 19.419 € al año (puesto 13 de 16 por sueldo).
- Aydt. MecánicoLo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 18.493 € al año (puesto 15 de 16 por sueldo).
- MecánicoLo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 20.972 € al año (puesto 10 de 16 por sueldo).
- ChapistaLo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 20.158 € al año (puesto 11 de 16 por sueldo).
- PintorLo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 20.158 € al año (puesto 11 de 16 por sueldo).
- Jefe de TallerReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 22.460 € al año (puesto 7 de 16 por sueldo).
- TelefonistaAtiende llamadas y visitas y las pasa a la persona adecuada. En la tabla cobra 19.603 € al año (puesto 12 de 16 por sueldo).
- MedicoPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 38.466 € al año (puesto 2 de 16 por sueldo).
- ATSLo que incluye está definido en art. 16. En la tabla cobra 28.849 € al año (puesto 4 de 16 por sueldo).
- Director de ÁreaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 35.181 € al año (puesto 3 de 16 por sueldo).
- DirectorDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 38.836 € al año, el sueldo más alto.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Altas posteriores al 1/1/1984
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Solo transporte sanitario no urgente y aceptación voluntaria por escrito
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Cuando por causa del servicio no pueda comer, cenar o pernoctar en su domicilio
- Dónde lo dice
- art. 20
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 23
Revisión salarial
Art. 15: revisión por IPC desde el 1/10/2021. Notas de las tablas: desde el 1/1/2022 el IPC se incrementa sobre el valor de la tabla; la tabla de 2023 se aplica desde el 1/10/2022 con el IPC de 2022. (art. 15).
Permisos pagados
1 de los 8 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio propioET art. 37.3.a (el convenio del recorte no lo regula) | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de familiares de primer o segundo gradoart. 36.F | 1 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de familiares hasta segundo gradoart. 36.A | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención de familiares hasta segundo gradoart. 36.A; ET art. 37.3.b | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Traslado de domicilio habitualart. 36.F | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes finales o de Administraciones Públicasart. 36.F | 1 | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Libre disposiciónart. 36.B | 2 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 36.E | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de sanidad privada de Castilla La Mancha?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de sanidad privada de Castilla La Mancha en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.821,44 € brutos al año a jornada completa (TTS Camillero).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de sanidad privada de Castilla La Mancha?
30 días naturales al año.
Lo que suele venir después.
Fuente: DOCM (texto del convenio, publicado el 11/2/2020). Revisado el .
Tabla: DOCM (tabla salarial 2026).
Vigencia hasta el 1/2/2023 (art. 3). Art. 4: sigue rigiendo en su totalidad hasta que lo sustituya otro convenio. Última tabla en el recorte: 2023, publicada en el DOCM de 30/11/2021 y aplicable desde el 1/10/2022. Se carga como 2026 sin subidas aplicadas.
Para lo no regulado en este convenio se aplica el convenio estatal de transporte sanitario (art. 1 y disposición adicional tercera).