Convenio colectivo
Convenio colectivo de comercio de la piel en general de la Comunidad de Madrid para los años 2020, 2021 y 2022.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2022 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
14 de 23 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Director/a generalPuestos: director general, gerente. | 1.544,75 € | 23.171,26 € |
| Grupo IIPuestos: dibujante, encargado general, jefe de administración, jefe de almacén, jefe de compras, jefe de personal, jefe de sección, jefe de sucursal, jefe de ventas. | ||
| Jefe/a de personal ventas y compras | 1.544,75 € | 23.171,26 € |
| Encargado general | 1.544,75 € | 23.171,26 € |
| Jefe/a de almacén | 1.286,28 € | 19.294,16 € |
| Jefe/a de sucursal | 1.286,28 € | 19.294,16 € |
| Encargado/a de establecimiento, comprador/a vendedor/a SMI | 1.127,83 € | 16.917,45 € |
| Jefe/a de administración | 1.428,05 € | 21.420,68 € |
| Jefe/a de sección | 1.185,95 € | 17.789,38 € |
| Dibujante | 1.285,77 € | 19.286,46 € |
| Grupo IIIPuestos: ayudante técnico sanitario, cajera, cajero, contable, escaparatista, oficial administrativo, rotulista, secretaria, secretario, taquimecanógrafa. | ||
| Contable, cajero/a taquimecanógrafo/a, idioma extranjero SMI | 1.127,83 € | 16.917,41 € |
| Oficial administrativo/a SMI | 1.003,03 € | 15.045,38 € |
| Secretario/a SMI | 1.003,03 € | 15.045,38 € |
| Ayudante técnico sanitario SMI | 1.005,68 € | 15.085,31 € |
| Escaparatista | 1.201,81 € | 18.027,19 € |
| Rotulista SMI | 1.051,59 € | 15.773,94 € |
| Grupo IVPuestos: auxiliar administrativo, auxiliar de caja, ayudante de dependiente, corredor de plaza, dependienta, dependiente, mozo, mozo de almacén, profesional de oficio, viajante. | ||
| Profesional de oficio de 1.ª SMI | 986,48 € | 14.797,20 € |
| Mozo especializado SMI | 935,36 € | 14.030,51 € |
| Auxiliar administrativo/a SMI | 986,16 € | 14.792,31 € |
| Auxiliar de caja SMI | 986,16 € | 14.792,31 € |
| Dependiente SMI | 986,48 € | 14.797,15 € |
| Viajante SMI | 1.005,70 € | 15.085,47 € |
| Corredor de plaza SMI | 986,16 € | 14.792,36 € |
| Ayudante de dependiente SMI | 936,21 € | 14.043,10 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo I
- Director/a generalPor ejemplo: director general, gerente. En la tabla cobra 23.171 € al año, el sueldo más alto.
Grupo II
- Jefe/a de personal ventas y comprasPor ejemplo: jefe de personal, jefe de ventas, jefe de compras. En la tabla cobra 23.171 € al año, el sueldo más alto.
- Encargado generalPor ejemplo: encargado general. En la tabla cobra 23.171 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe/a de almacénPor ejemplo: jefe de almacén. En la tabla cobra 19.294 € al año (puesto 3 de 18 por sueldo).
- Jefe/a de sucursalPor ejemplo: jefe de sucursal. En la tabla cobra 19.294 € al año (puesto 3 de 18 por sueldo).
- Encargado/a de establecimiento, comprador/a vendedor/aPor ejemplo: encargado/a de establecimiento, comprador/a vendedor/a. En la tabla cobra 16.917 € al año (puesto 7 de 18 por sueldo).
- Jefe/a de administraciónPor ejemplo: jefe de administración. En la tabla cobra 21.421 € al año (puesto 2 de 18 por sueldo).
- Jefe/a de secciónPor ejemplo: jefe de sección. En la tabla cobra 17.789 € al año (puesto 6 de 18 por sueldo).
- DibujantePor ejemplo: dibujante. En la tabla cobra 19.286 € al año (puesto 4 de 18 por sueldo).
Grupo III
- Contable, cajero/a taquimecanógrafo/a, idioma extranjeroPor ejemplo: contable, cajero, cajera, taquimecanógrafa. En la tabla cobra 16.917 € al año (puesto 8 de 18 por sueldo).
- Oficial administrativo/aPor ejemplo: oficial administrativo. En la tabla cobra 15.045 € al año (puesto 12 de 18 por sueldo).
- Secretario/aPor ejemplo: secretario, secretaria. En la tabla cobra 15.045 € al año (puesto 12 de 18 por sueldo).
- Ayudante técnico sanitarioPor ejemplo: ayudante técnico sanitario. En la tabla cobra 15.085 € al año (puesto 11 de 18 por sueldo).
- EscaparatistaPor ejemplo: escaparatista. En la tabla cobra 18.027 € al año (puesto 5 de 18 por sueldo).
- RotulistaPor ejemplo: rotulista. En la tabla cobra 15.774 € al año (puesto 9 de 18 por sueldo).
Grupo IV
- Profesional de oficio de 1.ªPor ejemplo: profesional de oficio. En la tabla cobra 14.797 € al año (puesto 13 de 18 por sueldo).
- Mozo especializadoPor ejemplo: mozo, mozo de almacén. En la tabla cobra 14.031 € al año, el más bajo.
- Auxiliar administrativo/aPor ejemplo: auxiliar administrativo. En la tabla cobra 14.792 € al año (puesto 16 de 18 por sueldo).
- Auxiliar de cajaPor ejemplo: auxiliar de caja. En la tabla cobra 14.792 € al año (puesto 16 de 18 por sueldo).
- DependientePor ejemplo: dependiente, dependienta. En la tabla cobra 14.797 € al año (puesto 14 de 18 por sueldo).
- ViajantePor ejemplo: viajante. En la tabla cobra 15.085 € al año (puesto 10 de 18 por sueldo).
- Corredor de plazaPor ejemplo: corredor de plaza. En la tabla cobra 14.792 € al año (puesto 15 de 18 por sueldo).
- Ayudante de dependientePor ejemplo: ayudante de dependiente. En la tabla cobra 14.043 € al año (puesto 17 de 18 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; 11 mensualidades; no computa en las pagas extraordinarias, la antigüedad consolidada ni las horas extraordinarias
- Dónde lo dice
- art. 22 y tablas 2022
- Quién lo cobra
- Solo quien percibía antigüedad a 1/1/1998: la conserva como complemento personal; desde esa fecha no se genera antigüedad
- Dónde lo dice
- arts. 12 y 20
- Quién lo cobra
- Sin justificar gastos, cuando la jornada completa de trabajo externa no lo es
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Jornada completa de trabajo externa, cuando no es posible justificar los gastos
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Uso del vehículo propio en trabajos de la empresa
- Dónde lo dice
- art. 21
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 18
Permisos pagados
6 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hechoart. 32.1 a y 32.2 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de pariente hasta 2.º gradoart. 32.1 b | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con o sin reposo de pariente hasta 2.º gradoart. 32.1 b | 5 (5 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Matrimonio de familiares de 1.º grado y hermanosart. 32.1 c | 1 (2 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 32.1 d | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 32.1 e | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes (estudios oficiales)art. 32.1 f | 10 | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Examen del carné de conducirart. 32.1 g | — | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica propia o de hijos menores de 16 añosart. 17 | — | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todos: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de comercio de la piel de Madrid?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2022.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de la piel de Madrid en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.030,51 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de la piel de Madrid?
31 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20220509-23 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), texto del convenio, publicado el 9/5/2022). Revisado el .
Es el convenio del comercio de la piel (calzado y artículos de piel) de la Comunidad de Madrid. Si tu tienda vende ropa o textil, mira el de comercio textil; si es otra especialidad, el de su sector o el de comercio vario.