Convenio colectivo
Convenio colectivo de trabajo del sector del comercio del calzado de la provincia de Valencia para los años 2025 a 2028.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
4 de 25 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Mando y direcciónPuestos: responsable de recursos humanos, jefe de compras, encargado general, jefe de administración. | ||
| Responsable de RR.HH | 1.274,85 € | 19.122,81 € |
| Jefe/a de compras | 1.274,85 € | 19.122,81 € |
| Encargado/a general | 1.274,85 € | 19.122,81 € |
| Jefe/a de administración | 1.274,85 € | 19.122,81 € |
| Jefe de sección administrativa | 1.274,85 € | 19.122,81 € |
| Mando intermedio y coordinaciónPuestos: jefe de sección, encargado de tienda, jefe de almacén, escaparatista. | ||
| Jefe/a de sección | 1.237,73 € | 18.565,93 € |
| Encargado/a de establecimiento | 1.237,73 € | 18.565,93 € |
| Jefe/a de almacén | 1.237,73 € | 18.565,93 € |
| Diseñador/a gráfico | 1.237,73 € | 18.565,93 € |
| Escaparatista/Visual merchandising | 1.237,73 € | 18.565,93 € |
| Técnicos/asPuestos: segundo encargado, oficial administrativo, contable. | ||
| 2º Encargado/a de establecimiento | 1.201,68 € | 18.025,19 € |
| Administrativo (oficial) | 1.201,68 € | 18.025,19 € |
| Contable | 1.201,68 € | 18.025,19 € |
| Especialistas y profesionalesPuestos: dependiente especializado, conductor, viajante, reponedor, repartidor. | ||
| Personal atención en tienda especializado | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Administrativo/a (auxiliar) | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Conductor/a | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Viajante | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Mozo/a especializado/a | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Profesional de oficio Repartidor/a | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Profesional de oficio Reponedor/a | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| Profesional de oficio Ordenanza o vigilante | 1.166,68 € | 17.500,13 € |
| AuxiliaresPuestos: dependiente, personal de limpieza, mozo, telefonista. | ||
| Personal atención en tienda SMI | 1.132,70 € | 16.990,45 € |
| Personal de limpieza SMI | 1.132,70 € | 16.990,45 € |
| Mozo/a SMI | 1.132,70 € | 16.990,45 € |
| Telefonista/recepcionista SMI | 1.132,70 € | 16.990,45 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Mando y dirección
Personal cualificado y con experiencia acreditada que dirige departamentos de la empresa, con responsabilidad en dirección y gestión y gran autonomía.
Formación: Formación universitaria y/o máster de especialización, con experiencia acreditada.
- Responsable de RR.HHPersonal cualificado y con experiencia acreditada que dirige departamentos de la empresa, con responsabilidad en dirección y gestión y gran autonomía. En la tabla cobra 19.123 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe/a de comprasPersonal cualificado y con experiencia acreditada que dirige departamentos de la empresa, con responsabilidad en dirección y gestión y gran autonomía. En la tabla cobra 19.123 € al año, el sueldo más alto.
- Encargado/a generalPersonal cualificado y con experiencia acreditada que dirige departamentos de la empresa, con responsabilidad en dirección y gestión y gran autonomía. En la tabla cobra 19.123 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe/a de administraciónPersonal cualificado y con experiencia acreditada que dirige departamentos de la empresa, con responsabilidad en dirección y gestión y gran autonomía. En la tabla cobra 19.123 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de sección administrativaPersonal cualificado y con experiencia acreditada que dirige departamentos de la empresa, con responsabilidad en dirección y gestión y gran autonomía. En la tabla cobra 19.123 € al año, el sueldo más alto.
Mando intermedio y coordinación
Personal con cualificación y experiencia que organiza y dirige a otras personas o, sin tenerlas a su cargo, decide con autonomía en el funcionamiento de la empresa.
Formación: Formación universitaria y/o profesional, o experiencia dilatada acreditada.
- Jefe/a de secciónPersonal con cualificación y experiencia que organiza y dirige a otras personas o, sin tenerlas a su cargo, decide con autonomía en el funcionamiento de la empresa. En la tabla cobra 18.566 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).
- Encargado/a de establecimientoPersonal con cualificación y experiencia que organiza y dirige a otras personas o, sin tenerlas a su cargo, decide con autonomía en el funcionamiento de la empresa. En la tabla cobra 18.566 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).
- Jefe/a de almacénPersonal con cualificación y experiencia que organiza y dirige a otras personas o, sin tenerlas a su cargo, decide con autonomía en el funcionamiento de la empresa. En la tabla cobra 18.566 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).
- Diseñador/a gráficoPersonal con cualificación y experiencia que organiza y dirige a otras personas o, sin tenerlas a su cargo, decide con autonomía en el funcionamiento de la empresa. En la tabla cobra 18.566 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).
- Escaparatista/Visual merchandisingPersonal con cualificación y experiencia que organiza y dirige a otras personas o, sin tenerlas a su cargo, decide con autonomía en el funcionamiento de la empresa. En la tabla cobra 18.566 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).
Técnicos/as
Personal que hace tareas complejas con autonomía y preparación técnica específica; puede llevar aparejado el mando sobre otras personas.
Formación: Formación universitaria y/o profesional, o experiencia dilatada acreditada.
- 2º Encargado/a de establecimientoPersonal que hace tareas complejas con autonomía y preparación técnica específica; puede llevar aparejado el mando sobre otras personas. En la tabla cobra 18.025 € al año (puesto 3 de 5 por sueldo).
- Administrativo (oficial)Personal que hace tareas complejas con autonomía y preparación técnica específica; puede llevar aparejado el mando sobre otras personas. En la tabla cobra 18.025 € al año (puesto 3 de 5 por sueldo).
- ContablePersonal que hace tareas complejas con autonomía y preparación técnica específica; puede llevar aparejado el mando sobre otras personas. En la tabla cobra 18.025 € al año (puesto 3 de 5 por sueldo).
Especialistas y profesionales
Personal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa.
Formación: Formación específica y experiencia adecuadas.
- Personal atención en tienda especializadoPersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- Administrativo/a (auxiliar)Personal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- Conductor/aPersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- ViajantePersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- Mozo/a especializado/aPersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- Profesional de oficio Repartidor/aPersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- Profesional de oficio Reponedor/aPersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
- Profesional de oficio Ordenanza o vigilantePersonal que trabaja con cualificación adecuada siguiendo un método y un sistema previamente fijados, con responsabilidad limitada por una supervisión directa. En la tabla cobra 17.500 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
Auxiliares
Personal sin especial cualificación ni responsabilidad que trabaja bajo las directrices de otras personas o de la empresa, con tareas simples y normalizadas.
Formación: No necesitan formación específica; puede haber un breve periodo de adaptación.
- Personal atención en tiendaPersonal sin especial cualificación ni responsabilidad que trabaja bajo las directrices de otras personas o de la empresa, con tareas simples y normalizadas. En la tabla cobra 16.990 € al año, el más bajo.
- Personal de limpiezaPersonal sin especial cualificación ni responsabilidad que trabaja bajo las directrices de otras personas o de la empresa, con tareas simples y normalizadas. En la tabla cobra 16.990 € al año, el más bajo.
- Mozo/aPersonal sin especial cualificación ni responsabilidad que trabaja bajo las directrices de otras personas o de la empresa, con tareas simples y normalizadas. En la tabla cobra 16.990 € al año, el más bajo.
- Telefonista/recepcionistaPersonal sin especial cualificación ni responsabilidad que trabaja bajo las directrices de otras personas o de la empresa, con tareas simples y normalizadas. En la tabla cobra 16.990 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo para quien ya tenía acreditado el complemento a 31/12/1996; quien entró después del 31/12/1996 no devenga antigüedad
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00, salvo descanso compensatorio de igual duración
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Solo si no hay acuerdo individual o colectivo que regule los gastos: personas a jornada completa que trabajen el 100 % de su jornada a distancia con carácter regular; proporcional si hay parcialidad
- Dónde lo dice
- art. 17
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 31
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 2,5 % | Con efectos del 1/1/2026 las tablas anteriores se incrementan un 2,5 % |
| 2027 | 2,5 % | Con efectos del 1/1/2027 las tablas se incrementan un 2,5 % |
Revisión salarial
Si el IPC final del Estado a 31/12/2026 supera el 2,5 %, antes del incremento de 2027 se actualizan las tablas vigentes por la diferencia entre el IPC y el 2,5 %, con un límite del 4 % (solo como base de cálculo de la tabla de 2027). Igual revisión en los años siguientes de vigencia. (art. 28).
Permisos pagados
2 de los 6 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 43 (remite al art. 37 ET) | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de familiar hasta 2.º gradoart. 43 (remite al art. 37 ET) | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de familiar hasta 2.º gradoart. 43 (remite al art. 37 ET) | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 43 (remite al art. 37 ET) | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento de hijo sin la carencia exigida para la prestación de la Seguridad Socialart. 43 a) | 3 | — | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio o pareja de hecho de parientes hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 43 b) | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos IV y V: 30 días
- Grupo III: 45 días
- Grupos I y II: 60 días
Preaviso si te vas
- Grupos IV y V: 15 días
- Grupo III: 30 días
- Grupos I y II: 60 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de calzado de Valencia?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de calzado de Valencia en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.990,45 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de calzado de Valencia?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos IV y V: 30 días. Grupo III: 45 días. Grupos I y II: 60 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio de calzado y piel en otras provincias
Otros convenios de Valencia
Comercio de alimentación y supermercadosComercio de alimentación y supermercadosComercio del metalComercioConstrucciónHostelería
Lo que suele venir después.
Fuente: anuncio 2025/15699 (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP), texto del convenio, publicado el 31/12/2025). Revisado el .
Firmado el 4/12/2025 y publicado en el boletín oficial de la provincia de Valencia nº 250 de 31/12/2025 (anuncio 2025/15699). Vigente hasta el 31/12/2028; efectos económicos desde 1/1/2025. Tablas 2025 y 2026 publicadas en los anexos I y II; 2027 y 2028 suben un 2,5 % más el ajuste por IPC (art. 28).
Es el convenio del comercio del calzado (venta al detalle y al por mayor, CNAE 47.72) de la provincia de Valencia. El comercio textil de Valencia o de la Comunitat Valenciana tiene otro convenio.