Convenio colectivo
Convenio colectivo provincial de la madera de la provincia de Córdoba.
Última actualización: 18 de octubre de 2026
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laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo II | ||
| LICENCIADO | 1.867,17 € | 26.140,38 € |
| ARQUITECTO | 1.867,17 € | 26.140,38 € |
| INGENIERO | 1.867,17 € | 26.140,38 € |
| DIRECTOR DE ÁREA | 1.867,17 € | 26.140,38 € |
| PERITO TITULADO | 1.867,17 € | 26.140,38 € |
| Grupo III | ||
| TITULADO GRADO SUPERIOR (JUNIOR) | 1.697,33 € | 23.762,62 € |
| TITULADO GRADO MEDIO (JUNIOR) | 1.697,33 € | 23.762,62 € |
| JEFE ÁREA | 1.697,33 € | 23.762,62 € |
| JEFE ADMTVO. | 1.697,33 € | 23.762,62 € |
| Grupo IV | ||
| ENCARGADO | 50,59 €/día | — |
| TUPISTA 1.ª | 50,58 €/día | — |
| OF. 1.ª ADMTVO. | 1.489,72 € | 20.856,08 € |
| OF. 1.ª o COND. 1.ª | 50,59 €/día | — |
| Grupo V | ||
| OF. 2.ª ADMTVO. | 1.401,94 € | 19.627,16 € |
| OF. 2.ª o COND. 2.ª | 46,85 €/día | — |
| VIAJANTE | 1.393,25 € | 19.505,50 € |
| GUARDA /VIGILANTE | 47,09 €/día | — |
| Grupo VI | ||
| MONTADOR DE 1º | 42,12 €/día | — |
| AYUDANTE | 42,12 €/día | — |
| MONTADOR DE 2º | 42,19 €/día | — |
| PEON ESPECIALISTA | 42,19 €/día | — |
| AUX. ADMTVO. | 1.272,04 € | 17.808,56 € |
| Grupo VII | ||
| PEON ORDINARIO | 40,44 €/día | — |
| Formación 3.º año | 28,35 €/día | — |
| Formación 2.º año | 24,73 €/día | — |
| Formación 1.º año | 23,79 €/día | — |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo II
- LICENCIADOPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
- ARQUITECTOPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
- INGENIEROPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
- DIRECTOR DE ÁREADirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
- PERITO TITULADOPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
Grupo III
- TITULADO GRADO SUPERIOR (JUNIOR)Puesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
- TITULADO GRADO MEDIO (JUNIOR)Puesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
- JEFE ÁREADirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
- JEFE ADMTVO.Dirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
Grupo IV
- ENCARGADOReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado.
- TUPISTA 1.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
- OF. 1.ª ADMTVO.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 20.856 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
- OF. 1.ª o COND. 1.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
Grupo V
- OF. 2.ª ADMTVO.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 19.627 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
- OF. 2.ª o COND. 2.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
- VIAJANTEAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 19.506 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
- GUARDA /VIGILANTEVigila y protege instalaciones y personas.
Grupo VI
- MONTADOR DE 1ºLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
- AYUDANTEColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones.
- MONTADOR DE 2ºLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
- PEON ESPECIALISTATrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
- AUX. ADMTVO.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 17.809 € al año, el más bajo.
Grupo VII
- PEON ORDINARIOTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
- Formación 3.º añoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
- Formación 2.º añoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
- Formación 1.º añoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo quien tuviera antigüedad generada hasta el 7/4/1998
- Dónde lo dice
- art. 11, 1.5
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 11, 1.8
- Quién lo cobra
- Labores penosas, tóxicas o peligrosas
- Dónde lo dice
- art. 11, 1.7
- Quién lo cobra
- Por día de trabajo efectivo
- Dónde lo dice
- tablas salariales 2026 (columna «Plus asistencia»)
- Quién lo cobra
- Por día de trabajo efectivo
- Dónde lo dice
- tablas salariales 2026 (columna «Plus transporte»)
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 7 y tablas salariales 2026
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Tablas 2025: incremento del 3 % sobre las tablas de 2024 |
| 2026 | 3 % | Tablas 2026: incremento del 3 % sobre las tablas de 2025 (versión base, sin atrasos) |
Permisos pagados
2 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 10.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegrosart. 10.b | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 10.c | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge o pareja de hechoart. 10.d | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Cambio de domicilio habitualart. 10.g | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado (art. 40 ET)art. 10.k | 3 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 10.h | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asistencia a consulta médicaart. 10.s | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupo I: 6 meses
- Perito titulado (Grupo II): 3 meses
- Jefe administrativo (Grupos III y IV): 2 meses
- Oficial 1.ª y 2.ª administrativo y viajante (Grupo V): 1 mes
- Resto de personal: 15 días
Preaviso si te vas
- Contrato indefinido, con el periodo de prueba superado: 10 días
- Contrato temporal, con el periodo de prueba superado: 2 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de madera y mueble de Córdoba?
Su estado a 18 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de madera y mueble de Córdoba en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.808,56 € brutos al año a jornada completa (AUX. ADMTVO.).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de madera y mueble de Córdoba?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: 6 meses. Perito titulado (Grupo II): 3 meses. Jefe administrativo (Grupos III y IV): 2 meses. Oficial 1.ª y 2.ª administrativo y viajante (Grupo V): 1 mes. Resto de personal: 15 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: BOP-A-2025-1483 (Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP), texto del convenio, publicado el 19/5/2025). Revisado el .
Texto nuevo publicado en el boletín oficial de la provincia de Córdoba el 19/5/2025, con efectos económicos desde el 1/1/2025. Vence el 31/12/2026 y se prorroga tácitamente por años naturales (art. 3). Tablas 2025 y 2026 publicadas.