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Convenio colectivo

Convenio colectivo provincial de la madera de la provincia de Córdoba.

Código de convenio 14000215011982
Publicado el
19/5/2025
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2026

Última actualización: 18 de octubre de 2026

Jornada al año1.752horas
Vacaciones22días

laborables

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,0 %2026
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo II
LICENCIADO1.867,17 €26.140,38 €
ARQUITECTO1.867,17 €26.140,38 €
INGENIERO1.867,17 €26.140,38 €
DIRECTOR DE ÁREA1.867,17 €26.140,38 €
PERITO TITULADO1.867,17 €26.140,38 €
Grupo III
TITULADO GRADO SUPERIOR (JUNIOR)1.697,33 €23.762,62 €
TITULADO GRADO MEDIO (JUNIOR)1.697,33 €23.762,62 €
JEFE ÁREA1.697,33 €23.762,62 €
JEFE ADMTVO.1.697,33 €23.762,62 €
Grupo IV
ENCARGADO50,59 €/día—
TUPISTA 1.ª50,58 €/día—
OF. 1.ª ADMTVO.1.489,72 €20.856,08 €
OF. 1.ª o COND. 1.ª50,59 €/día—
Grupo V
OF. 2.ª ADMTVO.1.401,94 €19.627,16 €
OF. 2.ª o COND. 2.ª46,85 €/día—
VIAJANTE1.393,25 €19.505,50 €
GUARDA /VIGILANTE47,09 €/día—
Grupo VI
MONTADOR DE 1º42,12 €/día—
AYUDANTE42,12 €/día—
MONTADOR DE 2º42,19 €/día—
PEON ESPECIALISTA42,19 €/día—
AUX. ADMTVO.1.272,04 €17.808,56 €
Grupo VII
PEON ORDINARIO40,44 €/día—
Formación 3.º año28,35 €/día—
Formación 2.º año24,73 €/día—
Formación 1.º año23,79 €/día—

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo II

  • LICENCIADOPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
  • ARQUITECTOPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
  • INGENIEROPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
  • DIRECTOR DE ÁREADirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.
  • PERITO TITULADOPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 26.140 € al año, el sueldo más alto.

Grupo III

  • TITULADO GRADO SUPERIOR (JUNIOR)Puesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
  • TITULADO GRADO MEDIO (JUNIOR)Puesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
  • JEFE ÁREADirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
  • JEFE ADMTVO.Dirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.763 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).

Grupo IV

  • ENCARGADOReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado.
  • TUPISTA 1.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
  • OF. 1.ª ADMTVO.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 20.856 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
  • OF. 1.ª o COND. 1.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.

Grupo V

  • OF. 2.ª ADMTVO.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 19.627 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
  • OF. 2.ª o COND. 2.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
  • VIAJANTEAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 19.506 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
  • GUARDA /VIGILANTEVigila y protege instalaciones y personas.

Grupo VI

  • MONTADOR DE 1ºLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
  • AYUDANTEColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones.
  • MONTADOR DE 2ºLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
  • PEON ESPECIALISTATrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
  • AUX. ADMTVO.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 17.809 € al año, el más bajo.

Grupo VII

  • PEON ORDINARIOTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
  • Formación 3.º añoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
  • Formación 2.º añoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
  • Formación 1.º añoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad consolidada (personal)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Cantidad consolidada a 7/4/1998; no se generan nuevos derechos; no absorbible ni compensable
Quién lo cobra
Solo quien tuviera antigüedad generada hasta el 7/4/1998
Dónde lo dice
art. 11, 1.5
Complemento de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.20 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00
Dónde lo dice
art. 11, 1.8
Complemento por penosidad, toxicidad o peligrosidadLo que se paga por trabajos especialmente duros.20 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Labores penosas, tóxicas o peligrosas
Dónde lo dice
art. 11, 1.7
Plus de asistenciaPremio por no faltar al trabajo.según categoría, de 8,63 a 11,84 € por día
Quién lo cobra
Por día de trabajo efectivo
Plus de transporteAyuda para ir y volver del trabajo.3,12 € por día
Quién lo cobra
Por día de trabajo efectivo

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría, de 20,79 a 31,01 € la hora. Art. 7: el exceso sobre la jornada anual se compensa con descanso o abono según el valor de la hora extraordinaria (art. 7 y tablas salariales 2026).

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %Tablas 2025: incremento del 3 % sobre las tablas de 2024
20263 %Tablas 2026: incremento del 3 % sobre las tablas de 2025 (versión base, sin atrasos)
Permisos pagados

2 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 10.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegrosart. 10.b3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 10.c55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge o pareja de hechoart. 10.d2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Cambio de domicilio habitualart. 10.g11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado (art. 40 ET)art. 10.k31 díaMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público o personalart. 10.h—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asistencia a consulta médicaart. 10.s——Igual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupo I: 6 meses
  • Perito titulado (Grupo II): 3 meses
  • Jefe administrativo (Grupos III y IV): 2 meses
  • Oficial 1.ª y 2.ª administrativo y viajante (Grupo V): 1 mes
  • Resto de personal: 15 días

Preaviso si te vas

  • Contrato indefinido, con el periodo de prueba superado: 10 días
  • Contrato temporal, con el periodo de prueba superado: 2 días
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de madera y mueble de Córdoba?

Su estado a 18 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de madera y mueble de Córdoba en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.808,56 € brutos al año a jornada completa (AUX. ADMTVO.).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de madera y mueble de Córdoba?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 6 meses. Perito titulado (Grupo II): 3 meses. Jefe administrativo (Grupos III y IV): 2 meses. Oficial 1.ª y 2.ª administrativo y viajante (Grupo V): 1 mes. Resto de personal: 15 días.

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOP-A-2025-1483 (Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP), texto del convenio, publicado el 19/5/2025). Revisado el .

Texto nuevo publicado en el boletín oficial de la provincia de Córdoba el 19/5/2025, con efectos económicos desde el 1/1/2025. Vence el 31/12/2026 y se prorroga tácitamente por años naturales (art. 3). Tablas 2025 y 2026 publicadas.