Convenio colectivo
Convenio colectivo de industrias de la madera de la provincia de Segovia (carpinterías, rematantes y aserradores).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
- Convenios colectivos
- Calendario laboral
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- Carta de renuncia
- Papeleta de conciliación
- Alegaciones a una sanción
- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Cada provincia tiene su tabla. Elige la tuya:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 3
- Encargado GeneralReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado.
Grupo 4
- Encargado de SecciónReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado.
- Oficial Preparador-TrazadorLo que incluye está definido en art. 25.
- Jefe de OficinaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella.
- Encargado contramaestreReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado.
- Encargado de secciónReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado.
Grupo 5
- Oficial de PrimeraProfesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión.
- Oficial de SegundaProfesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión.
- Oficial montadorLo que incluye está definido en art. 25.
- Conductor con carné CConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda.
- Oficial de primera administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica.
- Oficial de segunda administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica.
- ViajanteAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone.
- AfiladorLo que incluye está definido en art. 25.
- Aserrador de primeraLo que incluye está definido en art. 25.
- Conductor con carnet especialConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda.
- Oficial 1.ª administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica.
Grupo 6
- Especialista de serieHace tareas que piden práctica, pero no un oficio completo.
- AyudanteColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones.
- Conductor con carné BConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda.
- Aprendiz mayor de 18 años (2.º año)Aprende el oficio mientras trabaja, con un contrato formativo.
- Aprendiz menor de 18 añosAprende el oficio mientras trabaja, con un contrato formativo.
- Auxiliar de OficinaLo que incluye está definido en art. 25.
- Aspirante menor de 18 añosLo que incluye está definido en art. 25.
- TelefonistaAtiende llamadas y visitas y las pasa a la persona adecuada.
- MecanógrafoLo que incluye está definido en art. 25.
- Corredor de PlazaLo que incluye está definido en art. 25.
- Aserrador de segundaLo que incluye está definido en art. 25.
- Conductor sin carnet especialConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda.
- MotosierristaLo que incluye está definido en art. 25.
- Tractorista sin carnet especialLo que incluye está definido en art. 25.
- Tractorista con carnet especialLo que incluye está definido en art. 25.
- Oficial 2ª administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica.
- Auxiliar administrativoApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones.
- Ayudante de aserradorColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones.
Grupo 7
- Peón y aprendiz 3.er añoAprende el oficio mientras trabaja, con un contrato formativo.
- Ordenanza-BasculeroVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo.
- Peón especializadoTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
- PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
- Almacenero, Ordenanza, BasculeroVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo.
- Guarda y VigilanteVigila y protege instalaciones y personas.
- Limpiadores/asLimpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones.
Otras categorías
- Aprendiz de 3º, 2.º y 1º añoAprende el oficio mientras trabaja, con un contrato formativo.
- AspiranteLo que incluye está definido en art. 25.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado
- Dónde lo dice
- art. 11
- Quién lo cobra
- Solo relaciones laborales existentes el 1/1/2014; las posteriores cobran salario base y transporte (art. 6.c)
- Dónde lo dice
- art. 6.c
- Quién lo cobra
- Solo quien generó antigüedad antes del 30/06/1997; no se generan nuevos derechos
- Dónde lo dice
- art. 7
- Quién lo cobra
- Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; 15% si se realizan durante la mitad de la jornada o menos, sobre el tiempo realmente trabajado
- Dónde lo dice
- art. 24
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por necesidades de la empresa fuera del término municipal del centro de trabajo; media dieta si el desplazamiento es a más de 25 km con regreso al domicilio
- Dónde lo dice
- art. 10
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 12
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Las tablas de 2024 se incrementan un 3 % con efectos de 1/1/2025 |
Revisión salarial
Si durante la vigencia se publica el Convenio Estatal de la Madera con un incremento distinto, la comisión negociadora adapta las tablas al diferencial (art. 6.d) (art. 6.d).
Permisos pagados
4 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º gradoart. 17 | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave de padres, suegros, hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º gradoart. 17 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta el 2.º gradoart. 17 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento o enfermedad grave de nueras, yernos, cuñados y abuelos políticosart. 17 | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento de hijo o adopciónart. 17 | 3 (5 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio del trabajador o registro como pareja de hechoart. 17 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de hijo/a, padre o madreart. 17 | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Cambio de domicilio habitualart. 17 | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado (art. 40 ET)art. 17 | 3 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 17 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Lactancia hasta los nueve mesesart. 17 | — | 1 hora al día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Renovación del DNIart. 17 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Recuperación del carné de conducir por pérdida imputable a la empresa, con asistencia a cursosart. 17 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Funciones sindicales y de representación de trabajadoresart. 17 | — | Las horas que fije la ley | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupo 1: 6 meses
- Grupo 2: 6 meses
- Grupo 3: 2 meses
- Grupo 4: 2 meses
- Grupo 5: 1 mes
- Grupo 6: 15 días
- Grupo 7: 15 días
Preaviso si te vas
- Grupos I a V (art. 14): 1 mes
- Grupos VI y VII (art. 14): 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de madera y mueble de Segovia?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2025.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de madera y mueble de Segovia?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo 1: 6 meses. Grupo 2: 6 meses. Grupo 3: 2 meses. Grupo 4: 2 meses. Grupo 5: 1 mes. Grupo 6: 15 días. Grupo 7: 15 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Madera y mueble en otras provincias
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Otros convenios de Segovia
Campo y agriculturaClínicas dentalesComercioConstrucciónConstrucciónFunerarias
Lo que suele venir después.
Fuente: BOPS (texto del convenio, publicado el 11/3/2026). Revisado el .
Vigencia pactada para 2025 (art. 2); sigue vigente hasta la firma del nuevo convenio. Tablas de 2025 publicadas en el BOPS el 11/03/2026. Sin tabla 2026 en el recorte: se carga la de 2025 como prorrogada.
Tabla salarial por día, no mensual. Hay dos tablas dentro del convenio: carpinterías y rematantes y aserradores (campo territorio de cada fila). Confirmar a cuál pertenece el trabajador.