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Convenio colectivo

IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas.

Código de convenio 99002385011981
Publicado el
30/8/2024
Vigencia
1/1/2024 – 31/12/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.780horas
Vacaciones22días

laborables

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Subida inicial+3,0 %2026

Si el IPC interanual de 2025 superaba el 3 %, +1 % adicional en la tabla de 2026 desde el 1/1/2026.

Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

3 de 8 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Personal tituladoPuestos: titulado superior, titulado medio.
Titulado Superior1.882,86 €26.360,02 €
Titulado Medio1.775,00 €24.849,93 €
Grupo II y III
Coordinador/Jefe Admvo./Jefe Técnico1.550,26 €21.703,62 €
Oficial 1.ª/Técnico Senior1.436,40 €20.109,56 €
Oficial 2.ª/Técnico Junior1.312,54 €18.375,58 €
Auxiliar Admvo./Ayudante Técnico SMI1.203,06 €16.842,85 €
Servicios auxiliaresPuestos: ordenanza, personal de limpieza.
Ordenanza SMI1.203,06 €16.842,85 €
P. Limpieza SMI1.203,06 €16.842,85 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2024 · Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal titulado

Personas con título universitario de grado superior o medio, contratadas por razón de ese título, que prestan servicios en exclusiva a cambio de salario.

Formación: Titulación universitaria de grado medio o superior.

  • Titulado SuperiorPersonal con título de grado superior (licenciatura, grado superior o máster) contratado por razón de su título, que presta servicios en exclusiva a cambio de salario y sin sujeción a la escala de honorarios de su profesión. En la tabla cobra 26.360 € al año, el sueldo más alto.
  • Titulado MedioPersonal con título de grado medio (diplomatura, grado medio o primer ciclo universitario) contratado por razón de su título, en exclusiva y sin sujeción a la escala de honorarios. En la tabla cobra 24.850 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).

Administración

Tareas de administración propias del ciclo productivo de la empresa o de naturaleza administrativa inherentes a ella.

Por ejemplo: coordinador/jefe de administración, oficial de primera, oficial de segunda, auxiliar administrativo.

Profesionales de servicios técnicos

Labores de naturaleza técnica, informática, tecnológica, I+D+i, marketing o ventas que dan soporte a la empresa. Solo rige en empresas de 50 o más personas, o en menores que lo dispongan voluntariamente.

Por ejemplo: jefe técnico, técnico senior, técnico junior, ayudante técnico.

Servicios auxiliares

Servicios auxiliares o generales de mero apoyo en la empresa.

  • OrdenanzaPersonal subalterno que hace recados dentro y fuera de la oficina, recoge y entrega correspondencia y otros trabajos secundarios de carácter elemental; tiene a su cargo el control de la limpieza, orden y conservación de los locales. En la tabla cobra 16.843 € al año, el más bajo.
  • P. LimpiezaSe ocupa de la limpieza de los locales de la empresa. En la tabla cobra 16.843 € al año, el más bajo.

Grupo II y III

  • Coordinador/Jefe Admvo./Jefe TécnicoResponsable de integrar, coordinar y supervisar el trabajo de un departamento o área (de administración o de servicios técnicos), con autonomía para resolver problemas del área y siguiendo las directrices del personal titulado o de la gestoría. En la tabla cobra 21.704 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
  • Oficial 1.ª/Técnico SeniorOficial de primera: trabajos de gestión que exigen iniciativa y responsabilidad, revisión o análisis técnico, jurídico o económico, presupuestos, informes y representación de clientes ante organismos; puede coordinar un grupo reducido. Técnico senior: tareas técnicas (informática, I+D+i, asistencia técnica, traducción, proyectos) con dirección de un mando superior. En la tabla cobra 20.110 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
  • Oficial 2.ª/Técnico JuniorOficial de segunda: trámites y trabajos administrativos con iniciativa restringida (liquidaciones, cálculos, ficheros, escritos, gestión ante las Administraciones) y apoyo en análisis y presupuestos. Técnico junior: tareas de soporte y apoyo técnico de menor complejidad. En la tabla cobra 18.376 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
  • Auxiliar Admvo./Ayudante TécnicoAuxiliar administrativo: operaciones elementales de oficina y ofimática (archivo, grabación de datos, impresos, copias, llamadas) y gestiones de presentación y retirada de documentos, con supervisión directa. Ayudante técnico: tareas instrumentales y previsibles con instrucciones previas. En la tabla cobra 16.843 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad consolidadaLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Importe consolidado, incrementado cada año en el mismo porcentaje que los salarios
Quién lo cobra
Solo quien ya la cobraba por el convenio anterior; no compensable ni absorbible
Complemento por desaparición de categoríaImporte consolidado, incrementado cada año en el mismo porcentaje que los salarios
Quién lo cobra
Solo quien ya lo cobraba por el convenio anterior; no compensable ni absorbible
Gastos de locomoción (vehículo propio)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 €
Quién lo cobra
Desplazamientos fuera del término municipal del centro, con vehículo propio y autorización previa de la empresa: 0,26 € por km
Dónde lo dice
art. 26.a
Dieta de una comida fueraLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.15,00 € por día
Quién lo cobra
Una comida fuera y pernocta en su domicilio
Dónde lo dice
art. 26.b
Dieta de dos comidas fueraLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.28,00 € por día
Quién lo cobra
Las dos comidas fuera y pernocta en su domicilio; si pernocta fuera, la empresa paga alojamiento y desayuno (hasta 3 estrellas, con factura)
Dónde lo dice
art. 26.b

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria. Criterio general y preferente: igual tiempo libre retribuido dentro de los tres meses siguientes (art. 23).
Dónde lo dice
art. 23

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %Tablas de 2025: +3 % sobre las de 2024
2025hasta 1 %Si el IPC interanual de 2024 superaba el 4 %, +1 % adicional en la tabla de 2025
20263 %Tablas de 2026: +3 % sobre las de 2025
2026hasta 1 %Si el IPC interanual de 2025 superaba el 3 %, +1 % adicional en la tabla de 2026 desde el 1/1/2026
2027hasta 1 %Si el IPC interanual de 2026 supera el 3 %, +1 % adicional sobre la tabla de 2026 desde el 1/1/2027

Revisión salarial

+1 % adicional sobre la tabla del año siguiente si el IPC interanual a 31 de diciembre supera el 4 % (2024) o el 3 % (2025 y 2026) (art. 24).

Permisos pagados

5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 28.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Matrimonio de padres, hermanos o hijosart. 28.b1 (2 con desplazamiento)—Mejora el Estatuto
Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento permanenteart. 28.c3 (5 con desplazamiento)—Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho, padres o hijosart. 28.e52 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros parientes hasta el 2.º gradoart. 28.e2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º grado, o de convivientesart. 28.f55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 28.g21 díaMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 28.h—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propios (un día de libre disposición y otro, preferentemente el 24 o el 31 de diciembre)art. 28.m2—Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupo I: 6 meses
  • Grupos II y III: 2 meses
  • Grupo IV: 15 días

Preaviso si te vas

  • Grupo I: 3 meses
  • Grupo II: coordinador/jefe de administración y oficial de primera: 2 meses
  • Grupo II: oficial de segunda y auxiliar administrativo: 1 mes
  • Grupo III: coordinador/jefe técnico y técnico senior: 2 meses
  • Grupo III: técnico junior y auxiliar o ayudante técnico: 1 mes
  • Grupo IV: 15 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado16 de febrero de 2026Publicada en el BOE la adenda LGTBI al IX Convenio (acuerdo de 27/10/2025)Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de gestorías administrativas?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de gestorías administrativas en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.842,85 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de gestorías administrativas?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 6 meses. Grupos II y III: 2 meses. Grupo IV: 15 días.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2024-17575 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 30/8/2024). Revisado el .

Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026 (art. 3), con prórroga de año en año salvo denuncia con 3 meses de antelación. Tablas de 2024, 2025 y 2026 en el anexo I. Adenda LGTBI de 27/10/2025 publicada en el Boletín Oficial del Estado de 16/02/2026.

Convenio estatal de gestorías administrativas (despachos de gestores administrativos). Los grupos II y III comparten tabla salarial. Los salarios de las filas de auxiliar administrativo/ayudante técnico, ordenanza y limpieza quedan por debajo del SMI de 2025 y de 2026: se aplica el SMI.