Convenio colectivo
V Convenio colectivo de trabajo de ámbito nacional de Cataluña para el sector de aparcamientos, estacionamientos regulados de superficie, garajes, servicio de lavado y engrase de vehículos, 2017-2022 (prorrogado).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Cada provincia tiene su tabla. Elige la tuya:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal superior y técnico
Personas con titulación superior, de grado medio o diplomatura (o preparación equivalente por la práctica) contratadas para funciones y responsabilidades de organización, explotación y administración de la empresa.
Formación: Titulación superior, de grado medio o diplomatura.
- Técnico/a superiorTiene título de escuela técnica superior o facultad universitaria y ejerce en la empresa, con responsabilidad directa, las funciones propias de su profesión, tenga o no personal a su cargo. En la tabla cobra 32.614 € al año, el sueldo más alto.
- Técnico/a medioTiene título de escuela técnica de grado medio y ejerce en la empresa, con responsabilidad directa, las funciones propias de su profesión, tenga o no personal a su cargo. En la tabla cobra 30.012 € al año (puesto 2 de 38 por sueldo).
- Diplomado/aTiene un diploma de centros docentes reconocidos que no exige las condiciones de escuelas técnicas ni facultades y hace funciones técnicas y específicas para las que fue contratado por ese diploma. En la tabla cobra 28.624 € al año (puesto 4 de 38 por sueldo).
Personal administrativo e informático
Personal administrativo (jefaturas, oficiales y auxiliares) y de informática (analistas, programadores y operadores) que hace de forma habitual las funciones de administración de la empresa.
- Jefe/a de serviciosBajo las instrucciones de la Dirección, se responsabiliza de la organización, gestión y funcionamiento de los departamentos o servicios de la empresa y da órdenes al personal a su cargo. En la tabla cobra 25.290 € al año (puesto 8 de 38 por sueldo).
- Jefe/a de secciónA las órdenes del jefe/a de servicios, organiza, gestiona y dirige una o varias secciones de un departamento, coordinando el trabajo y al personal. En la tabla cobra 21.702 € al año (puesto 15 de 38 por sueldo).
- Oficial administrativo/aCon buena preparación profesional, hace tareas administrativas de los departamentos, servicios o secciones de la empresa, con iniciativa y responsabilidad; puede tener personal bajo su supervisión. En la tabla cobra 19.240 € al año (puesto 29 de 38 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/aHace operaciones administrativas elementales, fundamentalmente mecánicas y con poca iniciativa. En la tabla cobra 18.392 € al año (puesto 33 de 38 por sueldo).
- Analista de procesamiento de datosVerifica los análisis orgánicos de operaciones complejas para obtener su solución mecanizada y elabora los expedientes técnicos de aplicaciones complejas. En la tabla cobra 29.839 € al año (puesto 3 de 38 por sueldo).
- Programador/aEstudia procesos complejos ya definidos, hace organigramas, escribe programas en el lenguaje indicado, los prueba y documenta. En la tabla cobra 28.277 € al año (puesto 5 de 38 por sueldo).
- Operador/a de ordenadorManeja y controla ordenadores con sistemas operativos de multiprogramación y detecta y resuelve problemas operativos. En la tabla cobra 23.587 € al año (puesto 12 de 38 por sueldo).
Personal de explotación
Quien, bajo la dirección del personal superior y técnico, hace los trabajos propios de la explotación y buen funcionamiento de aparcamientos, garajes y centros de lavado: encargados, agentes, auxiliares, mantenimiento y limpieza.
- Encargado/a de aparcamientoTiene a sus órdenes al personal de uno o más establecimientos, atiende y conserva las instalaciones, controla los cobros diarios y responde del trabajo, disciplina y seguridad del personal; hace los cuadros de turnos y atiende a la clientela. En la tabla cobra 18.392 € al año (puesto 33 de 38 por sueldo).
- Agente de estacionamientos de materias peligrosasCon formación en gestión y vigilancia de materias peligrosas, controla y cataloga los vehículos de materias peligrosas en los recintos fijados, separa vehículos vacíos o cargados, maneja cámaras y hace rondas de vigilancia. En la tabla cobra 24.660 € al año (puesto 9 de 38 por sueldo).
- Agente de aparcamientoCon iniciativa y responsabilidad, bajo la supervisión del encargado/a, cobra tickets y servicios, controla la caja, los accesos y las instalaciones, hace tareas básicas de mantenimiento y limpieza y atiende a la clientela. En la tabla cobra 17.920 € al año (puesto 35 de 38 por sueldo).
- Agente de centro de atención y control (CAC)Controla ordenadores y cámaras como apoyo a la gestión de aparcamientos, atiende llamadas e interfonía, gestiona alarmas e incidencias, gestiona abonados y vende productos de aparcamiento, con atención al cliente 24 horas. En la tabla cobra 17.920 € al año (puesto 35 de 38 por sueldo).
- Auxiliar de aparcamientoControla accesos, entradas y salidas de vehículos y los dispositivos automáticos, atiende el teléfono y los cobros, sustituye a los agentes y limpia los locales. Se equipara al agente a los tres años en la categoría. En la tabla cobra 17.239 € al año (puesto 37 de 38 por sueldo).
- Agente de mantenimientoCon conocimientos de mecánica, electricidad, electrónica y otros oficios, se encarga del mantenimiento, atención y reparación de las instalaciones y máquinas de los centros. En la tabla cobra 17.920 € al año (puesto 35 de 38 por sueldo).
- Auxiliar de mantenimientoBajo la supervisión del oficial de mantenimiento, controla o repara máquinas e instalaciones. Se equipara al agente a los tres años en la categoría. En la tabla cobra 17.239 € al año (puesto 37 de 38 por sueldo).
- Encargado/a de autolavadoTiene a sus órdenes al personal del centro de autolavado (la fuente la llama «autorentat») y responde de su funcionamiento. En la tabla cobra 18.392 € al año (puesto 33 de 38 por sueldo).
- Agente de autolavadoResponsable de las instalaciones, del cobro de los servicios, del funcionamiento del túnel de lavado y de su mantenimiento primario; en centros unipersonales por turno es la categoría de esa única persona. En la tabla cobra 17.920 € al año (puesto 35 de 38 por sueldo).
- Auxiliar de autolavadoBajo la dirección de su superior, hace el lavado con maquinaria de todo tipo, el secado del vehículo, su mantenimiento elemental y el cobro. Se equipara al agente a los tres años en la categoría. En la tabla cobra 17.239 € al año (puesto 37 de 38 por sueldo).
- Personal de limpiezaMayor de dieciocho años, contratado para la limpieza general del centro de trabajo y la higiene de las instalaciones y servicios de uso público. En la tabla cobra 17.239 € al año (puesto 37 de 38 por sueldo).
Estacionamiento regulado de superficie
Categorías específicas del estacionamiento regulado (zona azul): jefatura de equipo e inspección-agente.
- Jefe/a de equipo de estacionamiento reguladoAdemás de las funciones de inspector/a y controlador/a, hace tareas de más responsabilidad (recogida y cuadre de cajeros, cuadrantes de turno, tareas administrativas) y puede dirigir a los controladores de su turno. En la tabla cobra 28.047 € al año (puesto 6 de 38 por sueldo).
- Inspector/a-agente de estacionamiento reguladoFormula denuncias por infracción de las ordenanzas del estacionamiento controlado, controla el tiempo de estacionamiento, verifica tickets y responsabiliza del funcionamiento y vaciado de los parquímetros. En la tabla cobra 24.660 € al año (puesto 9 de 38 por sueldo).
Grúas de disciplina viaria
Categorías específicas de grúas de disciplina viaria: gruista y administrativo/a de depósito.
- GruistaCon el permiso de conducir exigido, conduce y maneja la grúa de transporte, carga y descarga vehículos y se ocupa de su mantenimiento básico y limpieza. En la tabla cobra 24.660 € al año (puesto 9 de 38 por sueldo).
- Administrativo/a de depósitoBajo supervisión, gestiona la entrada y salida de vehículos en el depósito: partes de grúa, fotos, introducción de datos, cobro de tasas, caja, teléfono y atención al público. En la tabla cobra 24.125 € al año (puesto 10 de 38 por sueldo).
Áreas logísticas
Categorías específicas de áreas logísticas de vehículos: jefatura de equipo, técnico/a de expediciones, verificador/a y conductor/a aparcacoches.
- Jefe/a de equipo de área logísticaEn su turno dirige a un equipo de conductores, responde de las operaciones en el área logística y del cumplimiento de las normas de seguridad y salud, el control de presencia y la uniformidad. En la tabla cobra 28.047 € al año (puesto 6 de 38 por sueldo).
- Técnico/a de expediciones de área logísticaSe responsabiliza de la expedición para el transporte de vehículos y de otras tareas administrativas del almacenamiento y traslado de los vehículos. En la tabla cobra 28.047 € al año (puesto 6 de 38 por sueldo).
- Verificador/a de área logísticaSe responsabiliza en los parques logísticos de la recepción y comprobación del buen estado de los vehículos entregados para stock o transporte. En la tabla cobra 25.540 € al año (puesto 7 de 38 por sueldo).
- Conductor/a aparcacoches de área logísticaCon permiso B1 o asimilable, mueve vehículos en los recintos fijados por la empresa según los programas indicados y hace tareas complementarias del área logística. En la tabla cobra 24.660 € al año (puesto 9 de 38 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; porcentaje no acumulable sobre el salario base, que se paga desde el mes en que se cumple la antigüedad
- Dónde lo dice
- art. 37
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado ya por ser un trabajo nocturno por naturaleza
- Dónde lo dice
- art. 41
- Quién lo cobra
- Personal adscrito al servicio de lavado no automático y de engrase: prima fija por el conjunto de todos los servicios hechos en cada vehículo
- Dónde lo dice
- art. 40.1 y anexo 3
- Quién lo cobra
- Cuando el desplazamiento se hace en un vehículo propiedad de la persona trabajadora
- Dónde lo dice
- art. 40.2 y anexo 3
- Quién lo cobra
- Personal que cobra dinero en efectivo de forma individual y manual
- Dónde lo dice
- art. 40.3 y anexo 3
- Quién lo cobra
- Quien por el cuadrante tiene que trabajar un festivo abonable y no recuperable: salario real del día trabajado incrementado en un 175 %, más esta gratificación (entre las 22:00 de la víspera y las 22:00 del festivo)
- Dónde lo dice
- art. 44 y anexo 3
- Quién lo cobra
- Festivo del 25 o 26 de diciembre o 1 de enero coincidente con la jornada de trabajo (solo puede coincidir uno por persona, salvo adscripción voluntaria)
- Dónde lo dice
- art. 44 y anexo 3
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 39 y anexo 2
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Prórroga para 2025: tablas con un +3 % |
| 2026 | 2,5 % | Prórroga para 2026: +2,5 % provisional (los importes con asterisco, un +4 %); si el IPC real es superior, se ajusta hasta un 0,5 % más, sin efectos retroactivos |
| 2027 | 2 % | Prórroga para 2027: +2 % provisional (los importes con asterisco, un +3 %), con el mismo ajuste de hasta el 0,5 %; desde el 1/1/2027 se añade un día de asuntos propios (art. 46.h) |
Revisión salarial
Para 2025, 2026 y 2027, una vez conocido el IPC real del año en curso, si es superior al porcentaje previsto la tabla se ajusta hasta un 0,5 % más, sin efectos retroactivos. Los salarios por debajo del SMI se equiparan cada año con la fórmula SMI mensual × 14 pagas ÷ 15 pagas; la persona afectada puede elegir cobrar el SMI prorrateado en 14 pagas. (Acta de 9/2/2026 (acuerdo del TLC de 12/12/2025)).
Permisos pagados
6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o constitución de pareja de hecho (si no se ha disfrutado en los 5 años anteriores)art. 46.a | 18 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, padres, hijos/as, nietos/as, hermanos/as, abuelos/as y padres, abuelos y hermanos políticosart. 46.b | 3 (6 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención con reposo de pariente hasta 2.º grado (o persona conviviente)art. 46.c | 5 (5 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Operación u hospitalización de esos familiares: visitaart. 46.d | — | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento de hijo/a, adopción o acogimientoart. 46.e | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Cambio de domicilio habitualart. 46.f | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Consulta del médico especialistaart. 46.g | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 46.h | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Boda de un pariente de primer gradoart. 46.i | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)art. 46.k | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal superior y mandos intermedios (jefe/a de servicios, de sección, encargado/a de aparcamiento, jefe/a de equipo de estacionamientos regulados y de áreas logísticas): 6 meses
- Personal técnico: 3 meses
- Personal administrativo y de explotación (contratos de un año o más): 3 meses
- Personal administrativo y de explotación (contratos de menos de un año): 1 mes
Preaviso si te vas
- Personal superior, técnico y administrativo: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado29 de abril de 2026Publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya las tablas salariales de 2025 (+3 %), 2026 (+2,5 % provisional) y 2027 (+2 % provisional) del convenio de aparcamientos y garajes, tras el acuerdo de prórroga del Tribunal Laboral de CataluñaYa consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de aparcamientos y garajes de Cataluña?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de aparcamientos y garajes de Cataluña en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.238,90 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar administrativo/a).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de aparcamientos y garajes de Cataluña?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal superior y mandos intermedios (jefe/a de servicios, de sección, encargado/a de aparcamiento, jefe/a de equipo de estacionamientos regulados y de áreas logísticas): 6 meses. Personal técnico: 3 meses. Personal administrativo y de explotación (contratos de un año o más): 3 meses. Personal administrativo y de explotación (contratos de menos de un año): 1 mes.
Lo que suele venir después.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya) (texto del convenio, publicado el 17/11/2020). Revisado el .
Tabla: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (tabla salarial 2026, publicado el 29/4/2026).
El V Convenio (2017-2022) está prorrogado y denunciado: el art. 6 mantiene su vigencia mientras se negocia el siguiente. Las partes pactaron prórrogas con subida (2023: +3,1 %; 2024: +2,4 %) y, por acuerdo del Tribunal Laboral de Cataluña de 12/12/2025, para 2025, 2026 y 2027. Las tablas de 2025 (+3 %, definitiva) y 2026 (+2,5 %, provisional) se publicaron en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el 29/4/2026; la de 2027 (+2 %, provisional) también.
Es el convenio de aparcamientos, estacionamientos regulados de superficie (zona azul), garajes, grúas de disciplina viaria, servicios de lavado y engrase y áreas logísticas de vehículos de Cataluña; no es el convenio de talleres de automoción (venta y reparación). Los salarios varían por ámbito: Barcelona, Tarragona (más de 300, de 150 a 300 y menos de 150 plazas), Lleida (más de 150 y 150 o menos plazas) y Girona. La tabla de 2026 es provisional.