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Convenio colectivo

Iii convenio colectivo único del sector de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de la comunidad de madrid.

Código de convenio 28102195012018
Publicado el
18/8/2026
Vigencia
1/1/2026 – 31/12/2028
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.800horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,5 %2026
Próxima subida+3,0 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

6 de 33 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo Soporte (aparcamientos y garajes)
Jefa/e de Área1.342,00 €20.130,00 €
Licenciado/a / Grado Superior1.443,06 €21.645,90 €
Jefa/e de Sección1.313,28 €19.699,20 €
Técnico/a Medio/Diplomado/a1.392,53 €20.887,95 €
Oficial de Administración1.261,58 €18.923,70 €
Auxiliar de Administración1.209,17 €18.137,55 €
Grupo Operativo (aparcamientos y garajes)
Encargado/a1.313,28 €19.699,20 €
Agente de Aparcamiento1.253,50 €18.802,50 €
Oficial de Mantenimiento1.253,50 €18.802,50 €
Auxiliar de Aparcamiento1.184,13 €17.761,95 €
Engrasador/a/Lavacoches1.148,18 €17.222,70 €
Personal de Limpieza1.148,18 €17.222,70 €
Grupo Profesional I (estaciones terminales de autobuses)
Técnico Superior—18.747,33 €
Diplomado—18.747,33 €
Técnico Medio—18.747,33 €
Analista—18.747,33 €
Jefe Servicio—18.747,33 €
Grupo Profesional II (estaciones terminales de autobuses)
Técnico Medio—18.312,66 €
Oficial Administrativo—18.312,66 €
Jefe de Estación—18.312,66 €
Jefe de Sección—18.312,66 €
Programador—18.312,66 €
Encargado—18.312,66 €
Jefe Administrativo—18.312,66 €
Grupo Profesional III (estaciones terminales de autobuses)
Auxiliar Administrativo SMI—17.009,65 €
Cont.Vehículos—17.553,90 €
Factor—17.444,48 €
Informador/Telef. SMI—17.009,65 €
Auxiliar de estación y mantenimiento—17.553,90 €
Grupo Profesional IV (estaciones terminales de autobuses)
Recepcionista/Telefonista SMI—17.009,65 €
Ordenanza SMI—17.009,65 €
Limpiador SMI—17.009,65 €
Agente de consigna SMI—17.009,65 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo Soporte (aparcamientos y garajes)

  • Jefa/e de ÁreaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 20.130 € al año (puesto 3 de 14 por sueldo).
  • Licenciado/a / Grado SuperiorPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 21.646 € al año, el sueldo más alto.
  • Jefa/e de SecciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 19.699 € al año (puesto 4 de 14 por sueldo).
  • Técnico/a Medio/Diplomado/aPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 20.888 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
  • Oficial de AdministraciónLo que incluye está definido en art. 11 y anexo nº 1. En la tabla cobra 18.924 € al año (puesto 5 de 14 por sueldo).
  • Auxiliar de AdministraciónLo que incluye está definido en art. 11 y anexo nº 1. En la tabla cobra 18.138 € al año (puesto 9 de 14 por sueldo).

Grupo Operativo (aparcamientos y garajes)

  • Encargado/aReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 19.699 € al año (puesto 4 de 14 por sueldo).
  • Agente de AparcamientoLo que incluye está definido en art. 11 y anexo nº 1. En la tabla cobra 18.802 € al año (puesto 6 de 14 por sueldo).
  • Oficial de MantenimientoLo que incluye está definido en art. 11 y anexo nº 1. En la tabla cobra 18.802 € al año (puesto 6 de 14 por sueldo).
  • Auxiliar de AparcamientoLo que incluye está definido en art. 11 y anexo nº 1. En la tabla cobra 17.762 € al año (puesto 10 de 14 por sueldo).
  • Engrasador/a/LavacochesLo que incluye está definido en art. 11 y anexo nº 1. En la tabla cobra 17.223 € al año (puesto 13 de 14 por sueldo).
  • Personal de LimpiezaLimpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones. En la tabla cobra 17.223 € al año (puesto 13 de 14 por sueldo).

Grupo Profesional I (estaciones terminales de autobuses)

  • Técnico SuperiorPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 18.747 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
  • DiplomadoPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 18.747 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
  • Técnico MedioPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 18.747 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
  • AnalistaLo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 18.747 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
  • Jefe ServicioDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 18.747 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).

Grupo Profesional II (estaciones terminales de autobuses)

  • Técnico MedioPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
  • Oficial AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
  • Jefe de EstaciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
  • Jefe de SecciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
  • ProgramadorLo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
  • EncargadoReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
  • Jefe AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 18.313 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).

Grupo Profesional III (estaciones terminales de autobuses)

  • Auxiliar AdministrativoApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones. En la tabla cobra 17.010 € al año, el más bajo.
  • Cont.VehículosLo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 17.554 € al año (puesto 11 de 14 por sueldo).
  • FactorLo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 17.444 € al año (puesto 12 de 14 por sueldo).
  • Informador/Telef.Lo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 17.010 € al año, el más bajo.
  • Auxiliar de estación y mantenimientoLo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 17.554 € al año (puesto 11 de 14 por sueldo).

Grupo Profesional IV (estaciones terminales de autobuses)

  • Recepcionista/TelefonistaAtiende llamadas y visitas y las pasa a la persona adecuada. En la tabla cobra 17.010 € al año, el más bajo.
  • OrdenanzaVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo. En la tabla cobra 17.010 € al año, el más bajo.
  • LimpiadorLimpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones. En la tabla cobra 17.010 € al año, el más bajo.
  • Agente de consignaLo que incluye está definido en art. 15 y anexo nº 2. En la tabla cobra 17.010 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento personal de antigüedadLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.según el convenio
Quién lo cobra
Toda la plantilla, según años de antigüedad
Dónde lo dice
art. 30
Plus de idiomasLo que se paga si tu puesto exige otros idiomas.22,00 € al mes
Quién lo cobra
Personal que usa idiomas a requerimiento de la empresa; no aplica si el idioma es requisito de entrada al puesto
Dónde lo dice
art. 31
Plus de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Jornada entre las 22 y las 6 horas; proporcional al periodo nocturno trabajado.
Dónde lo dice
art. 32
Quebranto de monedaLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres.3,18 € por día
Quién lo cobra
Personal al que se exige responsabilidad por el arqueo de caja, por día efectivamente trabajado
Dónde lo dice
art. 33
Plus de transporteAyuda para ir y volver del trabajo.1.122 euros anuales brutos, distribuidos en 12 mensualidades
Quién lo cobra
Empresas que ya abonaban transporte por norma convencional o estatutaria; trabajadores con complemento extrasalarial de transporte decidido por la empresa
Dónde lo dice
art. 34
Plus festivo especial (24 y 31 de diciembre)Lo que se paga de más por trabajar en festivo.95,40 € por día
Quién lo cobra
Jornada ordinaria entre las 21 y las 6 horas de los días 24 y 31 de diciembre; o parte proporcional a las horas trabajadas
Dónde lo dice
art. 44
Plus festivo (25 de diciembre, 1 de enero, Jueves Santo y Viernes Santo)Lo que se paga de más por trabajar en festivo.47,70 € por día
Quién lo cobra
Jornada ordinaria en esas fechas; o parte proporcional a las horas trabajadas
Dónde lo dice
art. 44

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría. El 50 % de las horas extra se compensa con descanso equivalente dentro de los tres meses siguientes (art. 36).
Dónde lo dice
art. 36

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20263,5 %Incremento salarial pactado sobre tablas: 3,5 % en 2026
20273 %Incremento salarial pactado sobre tablas: 3,0 % en 2027
Permisos pagados

4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o inscripción de pareja de hechoart. 43.1.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Boda de pariente de primer gradoart. 43.1.b1 (2 con desplazamiento)—Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de pariente hasta 2.º grado, cónyuge o pareja de hechoart. 43.1.c55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 43.1.d2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 43.1.e11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público o personalart. 43.1.f—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes para títulos oficiales y examen del carné de conducirart. 43.1.g—El tiempo necesarioMejora el Estatuto
Consultas médicas propias o de familiares convivientesart. 43.1.h——Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Jefatura de área, sección o centro, y personal con licenciatura, diplomatura o técnico de grado medio o superior: 6 meses
  • Resto de personal con contrato de duración igual o superior a un año: 2 meses
  • Resto de personal con contrato de duración inferior a un año: 1 mes

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de aparcamientos, garajes y estacionamiento regulado de Madrid?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de aparcamientos, garajes y estacionamiento regulado de Madrid en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 17.009,65 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de aparcamientos, garajes y estacionamiento regulado de Madrid?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Jefatura de área, sección o centro, y personal con licenciatura, diplomatura o técnico de grado medio o superior: 6 meses. Resto de personal con contrato de duración igual o superior a un año: 2 meses. Resto de personal con contrato de duración inferior a un año: 1 mes.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20260818-2 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), texto del convenio, publicado el 18/8/2026). Revisado el .

Texto nuevo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 18/08/2026, con efectos económicos desde 1/1/2026 y vigencia hasta 31/12/2028.

El convenio cubre dos actividades con tablas distintas: aparcamientos y garajes (anexo 1) y estaciones terminales de autobuses (anexo 2). El sector del índice («transporte-viajeros») encaja con el anexo 2; el anexo 1 es de aparcamientos.