Convenio colectivo
V Convenio colectivo marco del sector de la distribución de mayoristas de alimentación de Cataluña.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección
Responsabilidad en dirección y gestión: capacidad de mando y responsabilidades concretas para gestionar una o varias áreas funcionales a partir de directrices generales amplias; planifica acciones y diseña productos, procesos o servicios.
Por ejemplo: director/a.
Mandos y mandos intermedios
Mandos: tareas técnicas complejas con objetivos globales y alta autonomía, o gestión de áreas funcionales. Mandos intermedios: integran, coordinan y supervisan tareas realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad.
Por ejemplo: gerente, jefe/a de planta, jefe/a de turno o de producción, jefe/a de sección, jefe/a de departamento, jefe/a de servicio, jefe/a de área, jefe/a de zona, coordinador/a de red.
Técnicos/as y administrativos/as
Tareas y funciones de ejecución autónoma que exigen iniciativa; integran, coordinan y supervisan tareas homogéneas y pueden llevar mando temporal sobre otras personas.
Por ejemplo: técnico/a superior, administrativo/a superior, administrativo/a, recepcionista, secretario/a asistente, auxiliar administrativo/a.
Profesionales
Trabajos según un método preciso y concreto, con instrucciones claras y alto grado de dependencia jerárquica o funcional; el trabajo está muy normalizado y no implica responsabilidad sobre personas.
Por ejemplo: dependiente/a especialista, dependiente/a, vendedor/a, ayudante de sección, reponedor/a, auxiliar de caja, cajero/a, repartidor/a, mozo/a especialista, carretillero/a, envasador/a, conductor/a, vigilante, limpiador/a.
Otras categorías
- Jefe de ventas y/o comprasPor ejemplo: jefe de ventas, jefe de compras, responsable comercial. En la tabla cobra 26.051 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de personalPor ejemplo: jefe de personal, responsable de recursos humanos. En la tabla cobra 26.051 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de tesoreríaPor ejemplo: jefe de tesorería, responsable de tesorería. En la tabla cobra 24.100 € al año (puesto 6 de 44 por sueldo).
- Jefe administrativoPor ejemplo: jefe administrativo, responsable de administración. En la tabla cobra 25.020 € al año (puesto 3 de 44 por sueldo).
- Jefe equipo informáticaPor ejemplo: jefe de informática, responsable de sistemas. En la tabla cobra 25.020 € al año (puesto 3 de 44 por sueldo).
- Encargado/a general establecimientoPor ejemplo: encargado general, encargado de establecimiento, gerente de tienda. En la tabla cobra 26.051 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de almacénPor ejemplo: jefe de almacén, responsable de logística. En la tabla cobra 24.705 € al año (puesto 4 de 44 por sueldo).
- Jefe de grupoPor ejemplo: jefe de grupo, jefe de equipo. En la tabla cobra 22.041 € al año (puesto 17 de 44 por sueldo).
- Jefe de sección profesionalDirige los trabajos de la sección que tenga encomendada, con o sin personal a su cargo; puede coordinar varias secciones. En la tabla cobra 23.063 € al año (puesto 9 de 44 por sueldo).
- Jefe sección administrativaDirige los trabajos de la sección que tenga encomendada, con o sin personal a su cargo; puede coordinar varias secciones. En la tabla cobra 24.356 € al año (puesto 5 de 44 por sueldo).
- Programador/a informáticaPor ejemplo: programador, programadora informática. En la tabla cobra 24.356 € al año (puesto 5 de 44 por sueldo).
- Operador/aManeja los ordenadores para tratar la información e interpreta y desarrolla las instrucciones para su explotación, con pequeños programas auxiliares delegados por su superior. En la tabla cobra 22.990 € al año (puesto 11 de 44 por sueldo).
- Oficial administrativo/aPor ejemplo: oficial administrativo, administrativo de primera. En la tabla cobra 22.990 € al año (puesto 11 de 44 por sueldo).
- Oficial de cajaPor ejemplo: oficial de caja, cajero principal. En la tabla cobra 22.990 € al año (puesto 11 de 44 por sueldo).
- Administrativo/aIntroduce datos en el sistema informático, extrae listados, confecciona facturas, registra cobros, atiende el teléfono y recibe correspondencia. En la tabla cobra 21.538 € al año (puesto 20 de 44 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/aBajo la supervisión del administrativo, hace operaciones administrativas elementales y las puramente mecánicas del trabajo de oficina. En la tabla cobra 20.375 € al año (puesto 25 de 44 por sueldo).
- Auxiliar cajaBajo la supervisión del gerente o subgerente, cobra y factura las ventas al contado o con tarjeta, revisa talones de caja y redacta facturas y recibos. En la tabla cobra 21.086 € al año (puesto 22 de 44 por sueldo).
- Vendedor/aVisita a la clientela, le ofrece los productos, toma pedidos, gestiona el cobro de facturas y resuelve reclamaciones según las directrices de la empresa. En la tabla cobra 23.046 € al año (puesto 10 de 44 por sueldo).
- Dependiente/a especialistaCon iniciativa propia hace trabajos que exigen un dominio alto del oficio y del producto; orienta a la clientela y colabora en la formación de su sección. En la tabla cobra 22.990 € al año (puesto 11 de 44 por sueldo).
- Dependiente/aHace un oficio clásico (carnicero, frutero...), corta y despacha los productos para los que está capacitado y puede cobrar o no la mercancía. En la tabla cobra 22.401 € al año (puesto 13 de 44 por sueldo).
- Oficial de mantenimientoPor ejemplo: oficial de mantenimiento, mecánico de mantenimiento, electricista de mantenimiento. En la tabla cobra 22.049 € al año (puesto 16 de 44 por sueldo).
- Chofer primera repartidor/aAdemás de conducir el vehículo, reparte la mercancía transportada y cuida el género y el dinero recaudado. En la tabla cobra 22.049 € al año (puesto 16 de 44 por sueldo).
- Chofer segunda repartidor/aAdemás de conducir el vehículo, reparte la mercancía transportada y cuida el género y el dinero recaudado. En la tabla cobra 21.614 € al año (puesto 19 de 44 por sueldo).
- Mozo/a especialistaComplementa las funciones del mozo: prepara pedidos, hace albaranes, factura y cobra en el punto de venta, verifica mercancías y lleva carretillas y transpaletas. En la tabla cobra 21.538 € al año (puesto 20 de 44 por sueldo).
- Mozo/aTraslada, mueve y manipula mercancías y otros objetos dentro y fuera del establecimiento; cualquier trabajo que requiera esfuerzo físico, incluida la preparación de pedidos. En la tabla cobra 20.571 € al año (puesto 24 de 44 por sueldo).
- VigilanteHace la vigilancia diurna o nocturna dentro y fuera del establecimiento, cuida el orden y la seguridad de personas y mercancías y controla entradas y salidas. En la tabla cobra 21.086 € al año (puesto 21 de 44 por sueldo).
- Personal de limpiezaSe ocupa del aseo y la limpieza de los locales. En la tabla cobra 21.086 € al año (puesto 21 de 44 por sueldo).
- Aprendiz/a de segundo añoPor ejemplo: aprendiz, ayudante en formación. En la tabla cobra 17.485 € al año (puesto 36 de 44 por sueldo).
- Aprendiz/a de primer añoPor ejemplo: aprendiz, ayudante en formación. En la tabla cobra 17.485 € al año (puesto 36 de 44 por sueldo).
Grupo 5
- Nivel VIII (34 h/semana) · nivel Nivel VIII (34 h/semana)Nivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 14.089 € al año, el más bajo.
Grupo 4
- Nivel VII · nivel Nivel VIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Nivel VI · nivel Nivel VINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
Grupo 3
- Nivel V · nivel Nivel VNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 17.782 € al año (puesto 35 de 44 por sueldo).
Grupo 2
- Nivel IV · nivel Nivel IVNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 19.048 € al año (puesto 31 de 44 por sueldo).
- Nivel III · nivel Nivel IIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 20.933 € al año (puesto 23 de 44 por sueldo).
Grupo 1
- Nivel II · nivel Nivel IINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 22.114 € al año (puesto 15 de 44 por sueldo).
- Nivel I · nivel Nivel INivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 23.882 € al año (puesto 7 de 44 por sueldo).
Grupo I
- Trabajadores/as sin experiencia hasta 20 años · nivel Nivel 2Por ejemplo: trabajadores/as sin experiencia hasta 20 años. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Ayudante/a, auxiliar administrativo/a, ayudante/a de montaje, ayudante/a de cortador/a, oficial 2.ª, mozo/a, chófer, reponedor/a, personal de limpieza · nivel Nivel 1Por ejemplo: ayudante/a, auxiliar administrativo/a, ayudante/a de montaje, ayudante/a de cortador/a, oficial 2.ª, mozo/a. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Empaquetador/aPor ejemplo: empaquetador/a. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Personal de limpiezaSe ocupa del aseo y la limpieza de los locales. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Trabajador/a no cualificado/a hasta 17 añosPor ejemplo: trabajador/a no cualificado/a hasta 17 años. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- VigilanteHace la vigilancia diurna o nocturna dentro y fuera del establecimiento, cuida el orden y la seguridad de personas y mercancías y controla entradas y salidas. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
Grupo II
- Vigilante, portero/a, mozo/a especialista · nivel Nivel 2Por ejemplo: vigilante, portero/a, mozo/a especialista. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Vendedor/a, viajante, oficial de 1.ª, oficial administrativo/a, dependiente/a, comprador/a, autoventa · nivel Nivel 1Por ejemplo: vendedor/a, viajante, oficial de 1.ª, oficial administrativo/a, dependiente/a, comprador/a. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/aBajo la supervisión del administrativo, hace operaciones administrativas elementales y las puramente mecánicas del trabajo de oficina. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Administrativo/aIntroduce datos en el sistema informático, extrae listados, confecciona facturas, registra cobros, atiende el teléfono y recibe correspondencia. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Auxiliar de cajaBajo la supervisión del gerente o subgerente, cobra y factura las ventas al contado o con tarjeta, revisa talones de caja y redacta facturas y recibos. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Ayudante/aPor ejemplo: ayudante/a. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Chófer de 1.ªAdemás de conducir el vehículo, reparte la mercancía transportada y cuida el género y el dinero recaudado. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Chófer de 2.ªAdemás de conducir el vehículo, reparte la mercancía transportada y cuida el género y el dinero recaudado. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Dependiente/aHace un oficio clásico (carnicero, frutero...), corta y despacha los productos para los que está capacitado y puede cobrar o no la mercancía. En la tabla cobra 16.824 € al año (puesto 40 de 44 por sueldo).
- Mozo/aTraslada, mueve y manipula mercancías y otros objetos dentro y fuera del establecimiento; cualquier trabajo que requiera esfuerzo físico, incluida la preparación de pedidos. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Mozo/a especializado/a-operador/a de toroPor ejemplo: mozo/a especializado/a-operador/a de toro. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Profesional de oficio-oficial de 1.ªPor ejemplo: profesional de oficio-oficial de 1.ª. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Profesional de oficio-oficial de 2.ªPor ejemplo: profesional de oficio-oficial de 2.ª. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
Grupo III
- Jefe/a de sucursal, supermercado, almacén y grupo. Jefe/a de sección, contable. Jefe/a de sección administrativo/a. Cajero/a. Encargado/a de establecimiento, dibujante, rotulista y escaparatista · nivel Nivel 1Por ejemplo: jefe/a de sucursal, supermercado, almacén y grupo, jefe/a de sección, contable, jefe/a de sección administrativo/a. En la tabla cobra 16.612 € al año (puesto 42 de 44 por sueldo).
- CapatazPor ejemplo: capataz. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Contable, cajero/aPor ejemplo: contable, cajero/a. En la tabla cobra 17.079 € al año (puesto 37 de 44 por sueldo).
- Jefe de almacénPor ejemplo: jefe de almacén, responsable de logística. En la tabla cobra 19.490 € al año (puesto 29 de 44 por sueldo).
- Jefe de sección administrativaPor ejemplo: jefe de sección administrativa. En la tabla cobra 18.889 € al año (puesto 32 de 44 por sueldo).
- Jefe de sección mercantilPor ejemplo: jefe de sección mercantil. En la tabla cobra 16.979 € al año (puesto 39 de 44 por sueldo).
- Oficial administrativo/aPor ejemplo: oficial administrativo, administrativo de primera. En la tabla cobra 16.576 € al año (puesto 43 de 44 por sueldo).
- Programador/aPor ejemplo: programador/a. En la tabla cobra 17.079 € al año (puesto 37 de 44 por sueldo).
- Secretario/aA las órdenes de un director, hace funciones administrativas: despacha correspondencia, concierta entrevistas; necesita conocimientos amplios de ofimática e idiomas. En la tabla cobra 16.677 € al año (puesto 41 de 44 por sueldo).
- Supervisor/aPor ejemplo: supervisor/a. En la tabla cobra 18.491 € al año (puesto 34 de 44 por sueldo).
- ViajantePor ejemplo: viajante. En la tabla cobra 16.979 € al año (puesto 38 de 44 por sueldo).
Grupo IV
- Jefe/a de personal, compras, ventas, jefe/a de división y administración · nivel Nivel 2Por ejemplo: jefe/a de personal, compras, ventas, jefe/a de división y administración. En la tabla cobra 18.798 € al año (puesto 33 de 44 por sueldo).
- Encargado/a general · nivel Nivel 1Por ejemplo: encargado/a general. En la tabla cobra 19.440 € al año (puesto 30 de 44 por sueldo).
- Titulado/a de grado medioPor ejemplo: titulado/a de grado medio. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 28 de 44 por sueldo).
- Titulado/a de grado superiorPor ejemplo: titulado/a de grado superior. En la tabla cobra 22.420 € al año (puesto 12 de 44 por sueldo).
Grupo V
- Director/a. Titulado/a de grado medio · nivel Nivel 2Por ejemplo: director/a. titulado/a de grado medio. En la tabla cobra 20.282 € al año (puesto 27 de 44 por sueldo).
- Titulado/a de grado superior · nivel Nivel 1Por ejemplo: titulado/a de grado superior. En la tabla cobra 23.213 € al año (puesto 8 de 44 por sueldo).
- Jefe de administraciónPor ejemplo: jefe de administración. En la tabla cobra 20.336 € al año (puesto 26 de 44 por sueldo).
- Jefe de comprasPor ejemplo: jefe de compras. En la tabla cobra 21.702 € al año (puesto 18 de 44 por sueldo).
- Jefe de divisiónPor ejemplo: jefe de división. En la tabla cobra 22.198 € al año (puesto 14 de 44 por sueldo).
- Jefe de personalPor ejemplo: jefe de personal, responsable de recursos humanos. En la tabla cobra 21.702 € al año (puesto 18 de 44 por sueldo).
- Jefe de ventasPor ejemplo: jefe de ventas. En la tabla cobra 21.702 € al año (puesto 18 de 44 por sueldo).
Grupo O
- Director/aEjerce en la empresa de forma permanente y con responsabilidad directa funciones propias; participa en la política de la empresa y coordina las actividades de la dirección a su cargo. En la tabla cobra 25.118 € al año (puesto 2 de 44 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo quien tuviera plus de vinculación el 1/1/2007 (garantía ad personam)
- Dónde lo dice
- art. 37 (Barcelona), 32 y 35
- Quién lo cobra
- Solo personal dado de alta antes del 31/12/1994; el complemento de antigüedad se sustituyó por este plus y dejó de devengarse en esa fecha
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Quien ya lo cobraba como antigüedad
- Dónde lo dice
- art. 37 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Solo quien lo tuviera reconocido por convenio anterior a 1997
- Dónde lo dice
- art. 37 (Tarragona)
- Quién lo cobra
- Quien prolongue la jornada sobrepasando las 22 horas y hasta las 6 horas; solo en las horas hechas en ese tramo.
- Dónde lo dice
- art. 37 (Barcelona y Tarragona)
- Quién lo cobra
- Trabajo realizado entre las 22:00 y las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 26 (Girona)
- Quién lo cobra
- Horas extraordinarias en domingo, festivo o después de las 22:00
- Dónde lo dice
- art. 33 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Por kilómetro, si se usa el vehículo propio por necesidad del trabajo (en Lleida, a petición de la empresa y de forma voluntaria, más los peajes)
- Dónde lo dice
- art. 37
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla de Girona; se cobra íntegro con independencia de las horas contratadas
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla de Girona; compensa los gastos y el tiempo de ir al centro de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Si no se supera el porcentaje de absentismo fijado en el anexo 1 (no cuentan accidente laboral, licencias legales, permisos por nacimiento ni tratamientos oncológicos); se paga en la nómina de enero del año siguiente; proporcional al tiempo de contrato; prorrateable
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Conocimientos acreditados ante la empresa de una o más lenguas extranjeras, si la empresa los requiere y los pacta
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona)
- Quién lo cobra
- Quien no es aparadorista pero ordena escaparates con carácter normal
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona)
- Quién lo cobra
- Más del 25 % de la jornada habitual trabajando en cámaras frigoríficas
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona)
- Quién lo cobra
- Quien de forma habitual hace funciones de un puesto superior
- Dónde lo dice
- art. 37 (Girona)
- Quién lo cobra
- Personal que sin la categoría de aparadorista hace habitualmente ese trabajo manual en los establecimientos
- Dónde lo dice
- art. 37 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Todos los niveles de Lleida
- Dónde lo dice
- art. 37 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Cantidades no justificadas
- Dónde lo dice
- art. 37 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Conductores de vehículos con carga máxima superior a 2.500 kg
- Dónde lo dice
- art. 37 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Si la actividad habitual es conducir carretillas elevadoras; absorbible y compensable por primas por ese motivo
- Dónde lo dice
- art. 37 (Tarragona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Gastos normales justificados
- Dónde lo dice
- art. 37 (Tarragona)
- Quién lo cobra
- Si por mutuo acuerdo las vacaciones se disfrutan fuera del periodo pactado (1 de junio a 30 de septiembre)
- Dónde lo dice
- art. 32 y anexo 1
- Quién lo cobra
- Chóferes con carné de conducir de primera clase que colaboran en la carga y descarga, siempre que no cobren primas ni comisiones ni su trabajo sea medible
- Dónde lo dice
- art. 37 (Barcelona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Al cumplir 20 o 30 años ininterrumpidos en la plantilla de la empresa; se cobra una sola vez en cada hito
- Dónde lo dice
- art. 37 (Barcelona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Uso habitual (no esporádico) de carretillas o transpaletas elevadoras, por jornada de trabajo, siempre que no cobre otra prima por ello
- Dónde lo dice
- art. 37 (Barcelona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- El salario de los vendedores ya incluye una comisión; si cobran comisión real, la cantidad de la tabla se considera a cuenta y se cobra el exceso
- Dónde lo dice
- art. 38 (Barcelona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- Baja por accidente (100 % del salario de nómina) o enfermedad
- Dónde lo dice
- art. 42 (Barcelona) y anexo 1
- Quién lo cobra
- IT por enfermedad común o accidente no laboral: desde el cuarto día; por enfermedad profesional, accidente laboral u hospitalización (más de 24 horas): desde el primer día
- Dónde lo dice
- art. 42 (Girona)
- Quién lo cobra
- Enfermedad o accidente
- Dónde lo dice
- art. 42 (Lleida)
- Quién lo cobra
- Enfermedad común o profesional o accidente, laboral o no
- Dónde lo dice
- art. 42 (Tarragona)
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 33
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | 3 % sobre las tablas de 2024 con efectos del 1/1/2025; en 2025 la Comisión Mixta elevó además las filas inferiores al SMI anual de 16.576 € en 15 pagas |
| 2026 | Por fijar | Si el IPC de diciembre de 2025 superaba el 3 %, las tablas debían subir la diferencia con un tope del 1 % con efecto del 1/1/2026; no consta ninguna revisión publicada |
Revisión salarial
Si el IPC de diciembre supera el incremento fijo pactado del año, las tablas suben la diferencia con un tope del 1 %, con efecto del 1 de enero del año siguiente (art. 36).
Permisos pagados
6 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho · Barcelonaart. 41 (Barcelona), a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio o pareja de hecho acreditada · Gironaart. 41 (Girona), e | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio o pareja de hecho · Tarragona (1 año o más en la empresa)art. 41 (Tarragona), a | 20 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio o pareja de hecho · Tarragona (menos de 1 año en la empresa)art. 41 (Tarragona), a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos o hermanos (día de la celebración) · Barcelona, Girona y Tarragonaart. 41 (Barcelona e, Girona g, Tarragona h) | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado, o persona conviviente que necesite cuidado · todas las provinciasart. 41 (todas las provincias) | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas · todas las provinciasart. 41 (todas las provincias) | 5 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado · todas las provinciasart. 41 (todas las provincias) | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitual · todas las provinciasart. 41 (todas las provincias) | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propios · Lleidaart. 41 (Lleida) | 2 | — | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propios · Tarragonaart. 41 (Tarragona), j | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal · Barcelona y Tarragonaart. 41 (Barcelona g, Tarragona g) | El tiempo indispensable | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 41 (Tarragona) y art. 37.9 ET | Cuatro días al año en horas retribuidas (se recoge en el apartado de Tarragona) | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Directivos/as, mandos intermedios y responsables de área (indefinidos): 5 meses
- Directivos/as, mandos intermedios y responsables de área (temporales de más de 3 meses): 2 meses
- Directivos/as, mandos intermedios y responsables de área (temporales de menos de 3 meses): 1 mes
- Profesionales (indefinidos): 60 días
- Profesionales (temporales de más de 3 meses): 30 días
- Profesionales (temporales de menos de 3 meses): 15 días
Preaviso si te vas
- Directivos y mandos (grupos I y II): 1 mes
- Resto del personal: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de mayoristas de alimentación de Cataluña?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de mayoristas de alimentación de Cataluña en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.088,90 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de mayoristas de alimentación de Cataluña?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Directivos/as, mandos intermedios y responsables de área (indefinidos): 5 meses. Directivos/as, mandos intermedios y responsables de área (temporales de más de 3 meses): 2 meses. Directivos/as, mandos intermedios y responsables de área (temporales de menos de 3 meses): 1 mes. Profesionales (indefinidos): 60 días. Profesionales (temporales de más de 3 meses): 30 días. Profesionales (temporales de menos de 3 meses): 15 días.
Lo que suele venir después.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya) (texto del convenio, publicado el 18/1/2024). Revisado el .
Tabla: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (tabla salarial 2026).
Convenio marco de las empresas mayoristas y distribuidoras de alimentación de Cataluña. Quedan fuera las de supermercados y autoservicios (otro convenio), las mayoristas de frutas, verduras, hortalizas, plátanos y patatas de Barcelona y las de frutos secos de Barcelona, Lleida y Girona. La tabla salarial se da por provincia (Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona); cada fila lleva su provincia.