Convenio colectivo
Convenio Colectivo de Mayoristas de Alimentación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2023, 2024 y 2025.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
9 de 27 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal técnico tituladoPuestos: titulado/a superior, titulado/a medio. | ||
| Titulado Grado Superior | 1.420,31 € | 21.304,68 € |
| Titulado Grado Medio | 1.369,90 € | 20.548,48 € |
| Personal mercantil técnico no titulado y personal mercantil propiamente dichoPuestos: director/a, jefe/a de ventas, dependiente/a, viajante. | ||
| Director | 1.861,05 € | 27.915,68 € |
| Jefe de Personal | 1.420,31 € | 21.304,68 € |
| Jefe de División | 1.420,31 € | 21.304,68 € |
| Jefe de Compras o Ventas | 1.420,31 € | 21.304,68 € |
| Jefe de Sucursal o Departamento | 1.369,90 € | 20.548,48 € |
| Jefe de Almacén | 1.282,56 € | 19.238,41 € |
| Encargado | 1.346,44 € | 20.196,61 € |
| Viajante y Promotor de Ventas | 1.197,65 € | 17.964,79 € |
| Autoventas | 1.197,65 € | 17.964,79 € |
| Dependiente Mayor | 1.175,90 € | 17.638,50 € |
| Dependiente SMI | 1.133,20 € | 16.998,07 € |
| Ayudante SMI | 1.101,47 € | 16.522,03 € |
| Personal administrativo técnico no titulado y personal administrativo propiamente dichoPuestos: administrativo/a, auxiliar administrativo/a, cajero/a. | ||
| Jefe Administrativo o de contabilidad | 1.346,44 € | 20.196,61 € |
| Operador de máquinas contables | 1.261,21 € | 18.918,17 € |
| Oficial Administrativo | 1.175,90 € | 17.638,50 € |
| Auxiliar Administrativo SMI | 1.101,47 € | 16.522,03 € |
| Personal de Caja SMI | 1.101,47 € | 16.522,03 € |
| Personal de servicios y actividades auxiliaresPuestos: mozo/a de almacén, conductor/a, limpiador/a, profesional de oficio. | ||
| Profesional de Oficio SMI | 1.133,20 € | 16.998,07 € |
| Conductor de primera | 1.175,73 € | 17.636,02 € |
| Conductor de segunda SMI | 1.133,20 € | 16.998,07 € |
| Mozo SMI | 1.101,47 € | 16.522,03 € |
| Control de Accesos SMI | 1.111,93 € | 16.678,89 € |
| Personal de Limpieza SMI | 1.101,47 € | 16.522,03 € |
| Grupo Contratos en formación | ||
| Formación de 1er año | 1.008,00 € | 15.120,00 € |
| Formación de 2º año | 1.008,00 € | 15.120,00 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal técnico titulado
Personal con título de grado superior o medio que ejerce funciones propias de su titulación.
- Titulado Grado SuperiorTiene un título de grado superior y ejerce con responsabilidad directa las funciones propias de su titulación. En la tabla cobra 21.305 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
- Titulado Grado MedioTiene un título de grado medio y desempeña las funciones propias de su titulación. En la tabla cobra 20.548 € al año (puesto 3 de 13 por sueldo).
Personal mercantil técnico no titulado y personal mercantil propiamente dicho
Personal de dirección, compras, ventas y venta directa: desde director hasta ayudante de dependiente.
- DirectorDirige, organiza y coordina las actividades de la dirección a su cargo, a las órdenes inmediatas de la empresa y participando en fijar su finalidad. En la tabla cobra 27.916 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de PersonalEstá al frente del personal: organiza y reparte el trabajo, selecciona personal, analiza rendimientos, concede licencias y vacaciones y propone premios y sanciones. En la tabla cobra 21.305 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
- Jefe de DivisiónA las órdenes del director, coordina y ejecuta, bajo su responsabilidad, las normas para organizar la división a su cargo. En la tabla cobra 21.305 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
- Jefe de Compras o VentasGestiona compras y ventas: selecciona artículos y asesora comercialmente sobre las mercancías o servicios de la empresa, siguiendo las órdenes de sus superiores. En la tabla cobra 21.305 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
- Jefe de Sucursal o DepartamentoEstá al frente de un centro de trabajo y, por delegación, dirige y responde de la aplicación de las políticas y normas de la empresa en él. En la tabla cobra 20.548 € al año (puesto 3 de 13 por sueldo).
- Jefe de AlmacénEstá al frente de un almacén: reposición, recepción, conservación y marcado de mercancías, registro de entradas y salidas, distribución y cumplimiento de pedidos. En la tabla cobra 19.238 € al año (puesto 5 de 13 por sueldo).
- EncargadoDirige, coordina y organiza una parte de la división o sucursal y responde de ella; puede ejercer de jefe de establecimiento si lo exigen sus características. En la tabla cobra 20.197 € al año (puesto 4 de 13 por sueldo).
- Viajante y Promotor de VentasAl servicio exclusivo de la empresa, recorre una ruta señalada para ofrecer artículos, tomar pedidos, informar a clientes, transmitir encargos y cuidar de su cumplimiento. En la tabla cobra 17.965 € al año (puesto 7 de 13 por sueldo).
- AutoventasEs responsable de la venta directa de la mercancía que transporta, facturando y cobrando. En la tabla cobra 17.965 € al año (puesto 7 de 13 por sueldo).
- Dependiente MayorPersona mayor de 25 años con 5 años de experiencia en una especialidad inferior; vende y cobra, orienta al público, repone y ordena mercancías y puede mandar por delegación a un grupo de dependientes. En la tabla cobra 17.638 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
- DependienteParticipa en las ventas orientando a la clientela, puede empaquetar y cobrar, y colabora en recuento, orden, marcaje y limpieza de los artículos. En la tabla cobra 16.998 € al año (puesto 10 de 13 por sueldo).
- AyudanteAuxilia al dependiente en la función de ventas. En la tabla cobra 16.522 € al año (puesto 12 de 13 por sueldo).
Personal administrativo técnico no titulado y personal administrativo propiamente dicho
Personal de administración y contabilidad y de caja.
- Jefe Administrativo o de contabilidadDirige y vigila, con plenas facultades, todas las funciones administrativas de la empresa cuando están repartidas en varias secciones. En la tabla cobra 20.197 € al año (puesto 4 de 13 por sueldo).
- Operador de máquinas contablesManeja máquinas de procesos de datos contables o auxiliares que, por su complejidad, exigen conocer sus técnicas y sistemas. En la tabla cobra 18.918 € al año (puesto 6 de 13 por sueldo).
- Oficial AdministrativoCon conocimientos técnicos y prácticos de la vida mercantil, hace trabajos con iniciativa propia: administración general, estudios económicos, registros contables, correspondencia, seguros sociales, nóminas. En la tabla cobra 17.638 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
- Auxiliar AdministrativoCon conocimientos generales administrativos, auxilia a oficiales y jefes: correspondencia de trámite, facturas, liquidaciones, mecanografía. En la tabla cobra 16.522 € al año (puesto 12 de 13 por sueldo).
- Personal de CajaCon conocimientos similares a los de auxiliar administrativo, cobra las ventas al contado, revisa talones de caja y redacta facturas y recibos. En la tabla cobra 16.522 € al año (puesto 12 de 13 por sueldo).
Personal de servicios y actividades auxiliares
Personal de oficios, conducción, almacén, control de accesos y limpieza.
- Profesional de OficioCon al menos tres años de experiencia en el puesto, ejecuta trabajos que exigen completo conocimiento del oficio y práctica depurada (ebanistas, carpinteros, barnizadores, electricistas, mecánicos, pintores...). En la tabla cobra 16.998 € al año (puesto 10 de 13 por sueldo).
- Conductor de primeraCon permiso de conducir A, B, C, D o E, distribuye mercancías con vehículos de más de 3.500 kg, cargando, transportando, descargando, entregando y cobrando si procede. En la tabla cobra 17.636 € al año (puesto 9 de 13 por sueldo).
- Conductor de segundaCon permiso de conducir A, B, C, D o E, distribuye mercancías con vehículos de menos de 3.500 kg, cargando, transportando, descargando, entregando y cobrando si procede. En la tabla cobra 16.998 € al año (puesto 10 de 13 por sueldo).
- MozoRecibe mercancía, prepara pedidos, repone el almacén y distribuye dentro de las instalaciones con medios mecánicos o manuales, y hace tareas básicas que no exigen especialización. En la tabla cobra 16.522 € al año (puesto 12 de 13 por sueldo).
- Control de AccesosPersona mayor de edad que controla los accesos, de día o de noche, en las dependencias de la empresa. En la tabla cobra 16.679 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
- Personal de LimpiezaSe ocupa del aseo y limpieza de los locales. En la tabla cobra 16.522 € al año (puesto 12 de 13 por sueldo).
Grupo Contratos en formación
- Formación de 1er añoContrato de formación en alternancia: se paga la cantidad del anexo, proporcional a la jornada realizada. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
- Formación de 2º añoContrato de formación en alternancia: se paga la cantidad del anexo, proporcional a la jornada realizada. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla
- Dónde lo dice
- art. 13
- Quién lo cobra
- Con más de 5 años de antigüedad en la especialidad
- Dónde lo dice
- art. 35 (Grupo 2)
- Quién lo cobra
- Con más de 3 años de antigüedad en la especialidad, y otro 3 % a los 6 años
- Dónde lo dice
- art. 35 (Grupos 3 y 4)
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado por ser trabajo nocturno por naturaleza
- Dónde lo dice
- arts. 7 y 16
- Quién lo cobra
- Personal que permanece en cámaras de frío negativo al menos el 25 % de su jornada
- Dónde lo dice
- art. 18
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo; el exceso se paga previa justificación
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo; el exceso se paga previa justificación
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Uso de vehículo propio; el precio se negocia en la empresa con un mínimo garantizado
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Quien, por pacto con la empresa, disfrute las vacaciones al año siguiente
- Dónde lo dice
- art. 10
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 19
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % para 2025 |
Permisos pagados
5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 8 | 17 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado, o persona conviviente que precise cuidadoart. 8 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 8 | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de tíos o sobrinosart. 8 | 1 (2 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propios sin necesidad de justificaciónart. 8 | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 8 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médicaart. 8 | — | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica de hijos menores de 18 añosart. 8 | — | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al partoart. 8 | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Traslado del domicilio habitual | No lo menciona | 1 día | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto de personal: 4 meses
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Aviso13 de noviembre de 2025Registrada la denuncia del convenio (vigencia pactada hasta 31/12/2025).Novedad sobre este convenio. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de alimentación mayorista de Murcia?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación mayorista de Murcia en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.522,03 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación mayorista de Murcia?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto de personal: 4 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio de alimentación y supermercados en otras provincias
A CoruñaAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAsturiasAsturiasBadajozBarcelona
Otros convenios de Murcia
Aparcamientos, garajes y estacionamiento reguladoCampo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agricultura
Lo que suele venir después.
Fuente: anuncio 6585/2023 (Boletín Oficial de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia), texto del convenio, publicado el 17/11/2023). Revisado el .
Vigencia pactada hasta el 31/12/2025; denunciado (el registro oficial de convenios, 13/11/2025). Sin tablas 2026 publicadas a 16/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 4: se mantiene la vigencia mientras no haya nuevo convenio; art. 86 del Estatuto de los Trabajadores).
Es el convenio de mayoristas y almacenistas de alimentación de la Región de Murcia. Las tiendas, supermercados y autoservicios de alimentación al detalle tienen otro convenio (detallistas, código 30000265011981).