Convenio colectivo
VIII Convenio colectivo de trabajo de ámbito autonómico de Cataluña para las empresas comerciales de servicios de empaquetados, enfajado y cualquier otra manipulación de productos propiedad de terceros (2023-2025).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
2 de 7 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional 1Puestos: operario/a de manipulado manual, empaquetador/a, etiquetador/a, alimentador/a de línea, limpiador/a. SMI | 1.148,69 € | 16.081,71 € |
| Grupo profesional 2Puestos: operario/a de acondicionado y envasado, mozo/a de almacén, auxiliar administrativo/a, telefonista-recepcionista sin idiomas, vigilante o conserje, vendedor/a sin especialización. SMI | 1.203,06 € | 16.842,85 € |
| Grupo profesional 3Puestos: operario/a de línea, operario/a de máquina de empaquetar o retractilar, comercial, carretillero/a, cocinero/a, administrativo/a. | 1.245,56 € | 17.437,81 € |
| Grupo profesional 4Puestos: oficial de oficio industrial, operador/a de máquinas de complejidad media, operador/a de ordenador, telefonista-recepcionista con idiomas, administrativo/a de nóminas o comercial, jefe/a de equipo. | 1.318,82 € | 18.463,50 € |
| Grupo profesional 5Puestos: encargado/a de turno, maquinista de complejidad alta, programador/a informático/a, responsable de seguridad y salud, vendedor/a especializado/a o técnico/a. | 1.584,66 € | 22.185,31 € |
| Grupo profesional 6Puestos: jefe/a de proceso, jefe/a de departamento, analista de aplicaciones informáticas, supervisor/a de la red de ventas, responsable de una unidad administrativa. | 1.758,43 € | 24.618,01 € |
| Grupo profesional 7Puestos: director/a de área, responsable técnico/a de un proceso industrial, responsable comercial de zona, director/a de sistemas informáticos, titulado/a superior en su profesión. | 2.133,17 € | 29.864,40 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional 1
Tareas con instrucciones específicas, muy dirigidas, que piden sobre todo esfuerzo físico o atención y no necesitan formación específica.
Formación: Educación primaria, ESO o similar.
Por ejemplo: operario/a de manipulado manual, empaquetador/a, etiquetador/a, alimentador/a de línea, limpiador/a.
Grupo profesional 2
Operaciones con método preciso y mucha supervisión, que ya piden conocimientos profesionales y un periodo de adaptación.
Formación: Educación primaria, ESO o Formación Profesional.
Por ejemplo: operario/a de acondicionado y envasado, mozo/a de almacén, auxiliar administrativo/a, telefonista-recepcionista sin idiomas, vigilante o conserje, vendedor/a sin especialización.
Grupo profesional 3
Operaciones con instrucciones precisas que piden buenos conocimientos y aptitudes prácticas, con supervisión directa o sistemática.
Formación: Educación primaria, ESO o Formación Profesional más formación en el puesto.
Por ejemplo: operario/a de línea, operario/a de máquina de empaquetar o retractilar, comercial, carretillero/a, cocinero/a, administrativo/a.
Grupo profesional 4
Trabajos de ejecución autónoma que piden iniciativa, con responsabilidad bajo supervisión y posibilidad de ser ayudado por otras personas.
Formación: ESO, Bachillerato o Formación Profesional más formación en el puesto.
Por ejemplo: oficial de oficio industrial, operador/a de máquinas de complejidad media, operador/a de ordenador, telefonista-recepcionista con idiomas, administrativo/a de nóminas o comercial, jefe/a de equipo.
Grupo profesional 5
Funciones de integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas hechas por un grupo de colaboradores, con autonomía dentro de lo establecido.
Formación: Bachillerato o Formación Profesional con experiencia dilatada.
Por ejemplo: encargado/a de turno, maquinista de complejidad alta, programador/a informático/a, responsable de seguridad y salud, vendedor/a especializado/a o técnico/a.
Grupo profesional 6
Funciones de coordinación y supervisión de tareas diversas con mando, alto contenido intelectual y marco de instrucciones generales de gran complejidad técnica.
Formación: Estudios universitarios o conocimientos equivalentes con formación en el puesto.
Por ejemplo: jefe/a de proceso, jefe/a de departamento, analista de aplicaciones informáticas, supervisor/a de la red de ventas, responsable de una unidad administrativa.
Grupo profesional 7
Tareas técnicas complejas y heterogéneas con objetivos globales, o responsabilidad completa de una o varias áreas de la empresa, con alta autonomía y responsabilidad.
Formación: Estudios universitarios con experiencia dilatada o formación específica.
Por ejemplo: director/a de área, responsable técnico/a de un proceso industrial, responsable comercial de zona, director/a de sistemas informáticos, titulado/a superior en su profesión.
Grupo profesional 0 (dirección y subdirección)
Personas que planifican, organizan, dirigen y coordinan las actividades de la empresa y fijan su política de organización, de recursos y comercial. No tiene salario en el anexo I.
Por ejemplo: director/a general, subdirector/a.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Desde que se cumple el primer año de antigüedad en la empresa; 718,24 € al año en 12 mensualidades, igual para todos los grupos
- Dónde lo dice
- art. 26.4 y anexo I
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
- Dónde lo dice
- art. 32 y anexo I
- Quién lo cobra
- Por hora trabajada en domingo o festivo
- Dónde lo dice
- anexo I; art. 24
- Quién lo cobra
- Por día natural de desplazamiento con pernocta fuera de la residencia habitual; puede pagarse con vales de comida; no se devenga si la empresa organiza y costea manutención y alojamiento
- Dónde lo dice
- art. 35
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado en que haya que comer fuera de la residencia sin pernoctar, o por prolongación de jornada (art. 23) sin preaviso en jornada continuada (art. 24)
- Dónde lo dice
- art. 24 y art. 35
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 24 y anexo I
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Las tablas recogen un incremento del 3 % sobre las de 2024 (provisionales, a la espera de la revisión del art. 27) |
Revisión salarial
Si el IPC interanual de diciembre de 2023 supera el 5 %, o el de diciembre de 2024 o de 2025 supera el 3 %, se aplica un incremento adicional por la diferencia con un máximo del 1 %, con efectos del 1 de enero del año siguiente. La revisión que correspondería a 2026 (IPC de diciembre de 2025) no consta publicada. (art. 27).
Permisos pagados
4 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hechoart. 37.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado (o conviviente que requiera cuidado)art. 37.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 37.c | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado de domicilioart. 37.e | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Nacimiento de hijo cuando la persona no acredita los 180 días de carencia de la prestaciónart. 37.d | 2 | — | Mejora el Estatuto |
| Día de libre disposición (con 1 año de antigüedad, preaviso de 72 horas)art. 37.h | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Boda de hijos, hermanos y padres (si es día laborable)art. 37.i | 1 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.f | El tiempo indispensable | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asistencia al médico de cabecera (24 horas al año) y al especialista (horas necesarias)art. 37.k | 24 horas anuales para médico de cabecera; las horas estrictamente necesarias para el especialista y pruebas | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Técnicos/as titulados/as: 6 meses
- Resto, empresas de menos de 25 personas: 3 meses
- Resto, empresas de 25 o más personas: 2 meses
Preaviso si te vas
- Todos los grupos: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de empaquetados y manipulados de Cataluña?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de empaquetados y manipulados de Cataluña en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.081,71 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de empaquetados y manipulados de Cataluña?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos/as titulados/as: 6 meses. Resto, empresas de menos de 25 personas: 3 meses. Resto, empresas de 25 o más personas: 2 meses.
Lo que suele venir después.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya) (texto del convenio, publicado el 11/10/2024). Revisado el .
Vigencia 1/1/2023-31/12/2025, denunciado el 1/12/2025 (el registro oficial de convenios). En ultraactividad hasta que lo sustituya otro convenio (art. 5). Sin tablas 2026 publicadas a 16/10/2026: se aplican las de 2025, provisionales.
Convenio autonómico de Cataluña para empresas comerciales y de servicios de empaquetado, enfajado, emblistado, ensobrado y manipulado de productos de terceros para el punto de venta. Excluye las actividades auxiliares del transporte. Lo firman CCOO, UGT y el Gremi d'Envasadors i Manipuladors; las empresas del comercio sin convenio propio de Cataluña se rigen por otro convenio (comercio-cataluna).