Convenio colectivo
Convenio colectivo laboral de las empresas vinícolas y licoreras de la provincia de castellón.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
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Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
3 de 22 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Peón Embotelladora SMI | 1.193,49 € | 16.708,86 € |
| Peón Especialista SMI | 1.213,66 € | 16.991,24 € |
| Oficial de 2ª | 1.235,45 € | 17.296,30 € |
| Oficial de 1ª | 1.255,24 € | 17.573,36 € |
| Capataz de Bodega | 1.300,67 € | 18.209,38 € |
| Encargado/a de Almacén | 1.365,54 € | 19.117,56 € |
| Enólogo/a | 1.536,04 € | 21.504,56 € |
| Responsable de calidad | 1.582,04 € | 22.148,56 € |
| Responsable mantenimiento línea embotellado | 1.677,47 € | 23.484,58 € |
| Jefe/a Técnico/a | 1.682,80 € | 23.559,20 € |
| Jefe/a logística | 1.684,80 € | 23.587,20 € |
| Responsable de compras | 1.692,68 € | 23.697,52 € |
| Auxiliar SMI | 1.213,67 € | 16.991,38 € |
| Oficial de 2ª (administración) | 1.235,15 € | 17.292,10 € |
| Oficial de 1ª (administración) | 1.541,08 € | 21.575,12 € |
| Responsable IIEE | 1.662,98 € | 23.281,72 € |
| Jefe/a de 2ª | 1.686,32 € | 23.608,48 € |
| Adjunto/a a Gerencia | 1.764,46 € | 24.702,44 € |
| Jefe/a de 1ª | 1.778,65 € | 24.901,10 € |
| Viajante | 1.235,46 € | 17.296,44 € |
| Jefe/a de Ventas | 1.255,24 € | 17.573,36 € |
| Técnico/a | 1.610,15 € | 22.542,10 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Categorías
- Peón EmbotelladoraTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 16.709 € al año, el más bajo.
- Peón EspecialistaTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 16.991 € al año (puesto 20 de 21 por sueldo).
- Oficial de 2ªProfesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 17.296 € al año (puesto 17 de 21 por sueldo).
- Oficial de 1ªProfesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 17.573 € al año (puesto 15 de 21 por sueldo).
- Capataz de BodegaReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 18.209 € al año (puesto 14 de 21 por sueldo).
- Encargado/a de AlmacénReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 19.118 € al año (puesto 13 de 21 por sueldo).
- Enólogo/aLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 21.505 € al año (puesto 12 de 21 por sueldo).
- Responsable de calidadDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 22.149 € al año (puesto 10 de 21 por sueldo).
- Responsable mantenimiento línea embotelladoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.485 € al año (puesto 7 de 21 por sueldo).
- Jefe/a Técnico/aDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.559 € al año (puesto 6 de 21 por sueldo).
- Jefe/a logísticaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.587 € al año (puesto 5 de 21 por sueldo).
- Responsable de comprasDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.698 € al año (puesto 3 de 21 por sueldo).
- AuxiliarLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.991 € al año (puesto 19 de 21 por sueldo).
- Oficial de 2ª (administración)Profesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 17.292 € al año (puesto 18 de 21 por sueldo).
- Oficial de 1ª (administración)Profesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 21.575 € al año (puesto 11 de 21 por sueldo).
- Responsable IIEEDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.282 € al año (puesto 8 de 21 por sueldo).
- Jefe/a de 2ªDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 23.608 € al año (puesto 4 de 21 por sueldo).
- Adjunto/a a GerenciaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 24.702 € al año (puesto 2 de 21 por sueldo).
- Jefe/a de 1ªDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 24.901 € al año, el sueldo más alto.
- ViajanteAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 17.296 € al año (puesto 16 de 21 por sueldo).
- Jefe/a de VentasDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 17.573 € al año (puesto 15 de 21 por sueldo).
- Técnico/aPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 22.542 € al año (puesto 9 de 21 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 3,1 % | Aumento fijo lineal del 3,10 % sobre las tablas de 2025, con efecto 01/01/2026 |
| 2025 | 3 % | Aumento fijo lineal del 3,00 % sobre las tablas de 2024, con efecto 01/01/2025 |
Revisión salarial
Si la variación del IPC General de 2026 supera el 3,10 %, se revisan las tablas de 2025 conforme a esa variación, con un máximo del 4,00 %. Se aplica en febrero de 2027, con efecto 01/01/2026. (acta de la comisión negociadora de 31/03/2026, acuerdo 3).
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado25 de junio de 2026Publicadas las tablas salariales de 2026 (+3,10 %), con cláusula de revisión por IPC.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado8 de julio de 2025Publicadas las tablas salariales de 2025 (+3,00 %).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado7 de septiembre de 2024Publicada la revisión salarial de 2024 (+3,50 %).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Castellón?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Castellón en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.708,86 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
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Otros convenios de Castellón
Campo y agriculturaClínicas dentalesComercio de alimentación y supermercadosComercio del metalConstrucciónDistribución de gases licuados (butano)
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón (BOP) (texto del convenio, publicado el 25/6/2026). Revisado el .
El texto venció el 31/12/2025 (acta de 30/04/2025, boletín oficial de la provincia 08/07/2025). Tablas 2026 pactadas el 31/03/2026 y publicadas en el boletín oficial de la provincia de 25/06/2026, con cláusula de revisión por IPC (máx. 4,00 %). El recorte no dice si hay texto nuevo ni la situación jurídica exacta.