Convenio colectivo
Industria de panadería de Gipuzkoa.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
2 de 23 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Técnicos y administrativos | ||
| Jefe/a fabricación | 1.891,92 € | 28.378,79 € |
| Jefe/a taller mecánico | 1.850,87 € | 27.763,12 € |
| Jefe/a oficina | 1.891,92 € | 28.378,79 € |
| Oficial 1.ª | 1.800,87 € | 27.013,12 € |
| Oficial 2.ª | 1.715,42 € | 25.731,26 € |
| Auxiliar | 1.602,91 € | 24.043,68 € |
| Operarios | ||
| Encargado/a | 1.898,61 € | 28.479,12 € |
| Oficial pala/Hornero/a | 1.898,61 € | 28.479,12 € |
| Oficial masa/Amasador/a | 1.838,47 € | 27.576,98 € |
| Oficial mesa/Ayud. encarg./espec. | 1.816,70 € | 27.250,52 € |
| Ayudante | 1.783,02 € | 26.745,37 € |
| Mecánico/a 1.ª | 1.898,61 € | 28.479,12 € |
| Mecánico/a 2.ª | 1.838,47 € | 27.576,98 € |
| Mecánico/a 3.ª | 1.816,70 € | 27.250,52 € |
| Servicios complementarios | ||
| Chofer | 1.899,29 € | 28.489,30 € |
| Mayordomo/a | 1.828,96 € | 27.434,47 € |
| Transportador/a | 1.828,96 € | 27.434,47 € |
| Repartidor/a ½ SMI | 880,58 € | 13.208,73 € |
| Personal limpieza ½ SMI | 867,48 € | 13.012,23 € |
| Almacenero/a 1.ª | 1.898,61 € | 28.479,12 € |
| Almacenero/a 2.ª | 1.838,47 € | 27.576,98 € |
| Almacenero/a 3.ª | 1.816,70 € | 27.250,52 € |
| Vendedor/a | 1.394,13 € | 20.911,91 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Técnicos y administrativos
- Jefe/a fabricaciónDirige técnicamente la fabricación, cuida la marcha de la maquinaria y dirige la labor del personal. Es quien puede disponer su distribución mientras la fábrica está en movimiento. Cargo de libre elección. En la tabla cobra 28.379 € al año (puesto 3 de 14 por sueldo).
- Jefe/a taller mecánicoTiene el mando directo sobre los mecánicos y responde del trabajo, la disciplina y la seguridad del taller. Organiza las reparaciones y el mantenimiento de la maquinaria. En la tabla cobra 27.763 € al año (puesto 4 de 14 por sueldo).
- Jefe/a oficinaTiene la responsabilidad directa de todo el personal de oficinas y de la marcha de la empresa. Revisa y prepara los documentos necesarios para el negocio. En la tabla cobra 28.379 € al año (puesto 3 de 14 por sueldo).
- Oficial 1.ªTiene un servicio a su cargo, con iniciativa y responsabilidad, con o sin personal a sus órdenes. Realiza funciones como cobros y pagos, contabilidad, facturas, estadísticas y partes. En la tabla cobra 27.013 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
- Oficial 2.ªMisma función que el oficial de 1.ª, a quien se accede tras más de cinco años en la categoría de auxiliar. En la tabla cobra 25.731 € al año (puesto 10 de 14 por sueldo).
- AuxiliarRealiza funciones administrativas básicas ligadas al trabajo de oficina, sin tareas mecánicas. En la tabla cobra 24.044 € al año (puesto 11 de 14 por sueldo).
Operarios
- Encargado/aResponde del trabajo que se le encomienda: reparte al personal, vela por que la fabricación salga bien, fija turnos e informa de la producción. Si hay varias personas en el establecimiento, una al menos debe ser encargado. En la tabla cobra 28.479 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
- Oficial pala/Hornero/aControla la cocción del pan: prepara el horno, vigila la cocción y las herramientas, y el funcionamiento de la caldera de vapor. En la tabla cobra 28.479 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
- Oficial masa/Amasador/aSe encarga de hacer la masa, controlando cantidad, temperatura, número de masas y tiempo de fermentación, siguiendo las indicaciones del jefe de fabricación. En la tabla cobra 27.577 € al año (puesto 5 de 14 por sueldo).
- Oficial mesa/Ayud. encarg./espec.Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 27.251 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
- AyudanteRealiza sobre todo tareas de esfuerzo físico, como mover o apilar harina, leña y carbón. En la tabla cobra 26.745 € al año (puesto 9 de 14 por sueldo).
- Mecánico/a 1.ªMecánico clasificado como oficial de primera, segunda o tercera en la industria siderometalúrgica. En la tabla cobra 28.479 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
- Mecánico/a 2.ªMecánico clasificado como oficial de primera, segunda o tercera en la industria siderometalúrgica. En la tabla cobra 27.577 € al año (puesto 5 de 14 por sueldo).
- Mecánico/a 3.ªMecánico clasificado como oficial de primera, segunda o tercera en la industria siderometalúrgica. En la tabla cobra 27.251 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
Servicios complementarios
- ChoferConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 28.489 € al año, el sueldo más alto.
- Mayordomo/aCuenta el pan y se encarga de repartirlo dentro de la panadería para su venta en tiendas y puntos de venta. También anota datos en los cuadernos o libros auxiliares. En la tabla cobra 27.434 € al año (puesto 6 de 14 por sueldo).
- Transportador/aLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 27.434 € al año (puesto 6 de 14 por sueldo).
- Repartidor/a ½Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.209 € al año (puesto 13 de 14 por sueldo).
- Personal limpieza ½Limpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones. En la tabla cobra 13.012 € al año, el más bajo.
- Almacenero/a 1.ªCarga, descarga, ordena y reparte mercancías. En la tabla cobra 28.479 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
- Almacenero/a 2.ªCarga, descarga, ordena y reparte mercancías. En la tabla cobra 27.577 € al año (puesto 5 de 14 por sueldo).
- Almacenero/a 3.ªTrabajador sin cualificación que carga y descarga mercancías, las distribuye y prepara el picking diario. En la tabla cobra 27.251 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
Todas las categorías
- Vendedor/aAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 20.912 € al año (puesto 12 de 14 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Trabajo por turnos entre las 22:00 y las 06:00.
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla.
- Dónde lo dice
- art. 9
- Quién lo cobra
- Quien tiene que empezar la jornada antes de las 4:00 por necesidades de la producción
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla de elaboración, reparto, administración y venta de pan, a partes iguales cada mes
- Dónde lo dice
- art. 12
- Quién lo cobra
- Personal de punto de venta (salmentagune), por día trabajado
- Dónde lo dice
- art. 13
- Quién lo cobra
- Obradores: productores afectados por el convenio.
- Dónde lo dice
- art. 11
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 20 y anexo IV
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | Por fijar | Tablas de 2025 = tablas a 31/12/2024 incrementadas con el IPC de 2024; el porcentaje no consta en el recorte |
Revisión salarial
Las tablas se actualizan cada año con el IPC del anterior (art. 7). Antigüedad: base de 751,85 € actualizable con el IPC 2024 con tope del 3 % (art. 9). (art. 7, 8 y 9).
Permisos pagados
1 de los 2 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 26.a | 18 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o persona que conviva con el trabajadorart. 26.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta 2.º grado | No lo menciona | 2 días (4 con desplazamiento) | Lo da el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitual | No lo menciona | 1 día | Lo da el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal técnico: 6 meses
- Personal administrativo: 2 meses
- Personal obrero y de servicios no cualificados: 1 mes
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado18 de septiembre de 2024Publicado en el BOG el texto del convenio 2023-2025 con las tablas de 2022, 2023 y 2024Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Gipuzkoa?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Gipuzkoa en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 13.012,23 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Gipuzkoa?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal técnico: 6 meses. Personal administrativo: 2 meses. Personal obrero y de servicios no cualificados: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: BOG (texto del convenio, publicado el 18/9/2024). Revisado el .
Vigencia 2023-2025 con ultraactividad indefinida (art. 2). Última tabla publicada en el recorte: 2024 (anexo III). No consta tabla 2025 ni 2026; se aplica la de 2024 como prorrogada.