Convenio colectivo
Convenio colectivo de serrerías de la provincia de Soria.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal Técnico; Personal Químico, Abogado/abogada y Médico/médica; Personal Ingeniero Técnico Superior; Personal Licenciado | 1.850,44 € | 25.906,16 € |
| Grupo 2 | ||
| Personal Técnico | 1.734,83 € | 24.287,62 € |
| Personal Ingeniero Técnico (Peritos); Personal Practicante-ATS | 1.572,49 € | 22.014,86 € |
| Grupo 3 | ||
| Personal Técnico; Personal Delineante Proyectista | 1.467,66 € | 20.547,24 € |
| Personal Empleado; Jefe/jefa de oficina | 1.593,80 € | 22.313,20 € |
| Personal Operario; Jefe/jefa de Taller; Maestro/maestra Industrial; Encargado/encargada General | 1.467,66 € | 20.547,24 € |
| Personal Operario; Personal Encargado de sección; Jefe/jefa de Equipo | 1.362,81 € | 19.079,34 € |
| Grupo 5 | ||
| Personal Empleado; Personal Oficial de 1.ª Administrativo | 1.387,83 € | 19.429,62 € |
| Personal Oficial de 2.ª Administrativo | 1.289,05 € | 18.046,70 € |
| Personal Viajante | 1.289,05 € | 18.046,70 € |
| Personal Operario | 1.285,71 € | 18.000,00 € |
| Personal Conductor mecánico; Profesionales de oficio de 1.ª (aserrador de 1ª, galerista de 1ª); afilador | 1.285,71 € | 18.000,00 € |
| Personal Conductor tractorista | 1.221,00 € | 17.094,00 € |
| Personal Operario; Personal Aserrador de 2ª; Personal motoserrista | 1.221,00 € | 17.094,00 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 1
- Personal Técnico; Personal Químico, Abogado/abogada y Médico/médica; Personal Ingeniero Técnico Superior; Personal LicenciadoPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 25.906 € al año, el sueldo más alto.
Grupo 2
- Personal TécnicoPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 24.288 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
- Personal Ingeniero Técnico (Peritos); Personal Practicante-ATSPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 22.015 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
Grupo 3
- Personal Técnico; Personal Delineante ProyectistaPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 20.547 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
- Personal Empleado; Jefe/jefa de oficinaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 22.313 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Personal Operario; Jefe/jefa de Taller; Maestro/maestra Industrial; Encargado/encargada GeneralReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 20.547 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
Grupo 4
- Personal Operario; Personal Encargado de sección; Jefe/jefa de EquipoReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 19.079 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
Grupo 5
- Personal Empleado; Personal Oficial de 1.ª AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 19.430 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Personal Oficial de 2.ª AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 18.047 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
- Personal ViajanteAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 18.047 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
- Personal OperarioLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 18.000 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Personal Conductor mecánico; Profesionales de oficio de 1.ª (aserrador de 1ª, galerista de 1ª); afiladorConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 18.000 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Personal Conductor tractoristaConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
Grupo 6
- Personal Operario; Personal Aserrador de 2ª; Personal motoserristaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo quienes generaron antigüedad antes del 30/09/1996
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 18
- Quién lo cobra
- Dieta completa; el texto no fija el supuesto de devengo
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Cualquiera que sea la categoría profesional
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Si el trabajador es autorizado a utilizar medios propios de transporte
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Incapacidad temporal derivada de accidente laboral; la empresa abona la diferencia con la prestación de la Seguridad Social o mutua
- Dónde lo dice
- art. 12
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 8
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 3,25 % | Incremento del 3,25 % sobre los salarios de 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026 |
| 2027 | 3,25 % | Incremento del 3,25 % sobre los salarios de 2026 |
| 2027 | Por fijar | Si en 2027, 2028 o 2029 la cuantía del SMI fijada por el Gobierno supera el salario anual pactado para algún grupo salarial, se aplica automáticamente la cuantía del SMI, siempre que la persona trabajadora no tenga retribuciones superiores en cómputo (texto del recorte cortado en ese punto) |
Revisión salarial
Finalizado 2029, si el sumatorio del IPC real de 2026, 2027, 2028 y 2029 supera el 11,00 %, se efectuará una actualización salarial con efectos de 1 de enero de 2030 sobre el exceso de ese 11 %, hasta un máximo del 2 %. (art. 6).
Permisos pagados
3 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio del trabajador/aart. 14 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de hijo/a, padre o madreart. 14 | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, abuelos/as, hijos/as, nietos/as, cónyuge, hermanos/as y suegros/asart. 14 | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de nueras, yernos, cuñados y abuelos políticosart. 14 | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario, de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado y otras personas que convivan con la persona trabajadora y requieran su cuidadoart. 14 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta de médico generalart. 14 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Cambio de domicilio habitualart. 14 | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado (art. 40 ET)art. 14 | 3 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 14 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Lactancia hasta nueve mesesart. 14 | — | 1 hora al día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación de las personas trabajadorasart. 14 | — | Las horas que fije la ley | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Renovación del DNIart. 14 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Recuperación del carné de conducir (pérdida imputable a la empresa)art. 14 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de madera y mueble de Soria?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de madera y mueble de Soria en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.094,00 € brutos al año a jornada completa (Personal Conductor tractorista).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de madera y mueble de Soria?
31 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Madera y mueble en otras provincias
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Otros convenios de Soria
Campo y agriculturaClínicas dentalesComercioConstrucciónHosteleríaIndustria alimentaria
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) (texto del convenio, publicado el 15/7/2026). Revisado el .
Texto nuevo publicado en el boletín oficial de la provincia de Soria el 15/07/2026, con vigencia 2026-2029 (art. 4).
El índice lo clasifica en «otros»; el convenio es de las industrias dedicadas a la primera transformación de la madera (serrerías).