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Convenio colectivo

Industrias de extraccion a cielo abierto y molturacion de tierra blanca.

Código de convenio 02000474011993
Publicado el
23/1/2026
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2027
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.780horas
Vacaciones22días

laborables

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Subida inicial+3,0 %2026

Si el IPC interanual de diciembre de 2025 superara el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2026.

Próxima subida+3,0 %2027
Tablas salariales 2026

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo I. Oficiales (área de producción y actividades asimiladas)
Oficial de 2.ª Administrativo/a34,43 €/día—
Oficial de 2.ª34,43 €/día—
Auxiliar Administrativo/a33,23 €/día—
Oficial de 3.ª33,23 €/día—
Especialistas (Palistas, Chóferes, Mecánicos/as)33,23 €/día—
Grupo II. Obreros y subalternos
Molineros/as, Trituradores/as, Envasadores/as32,56 €/día—
Peón especializado32,56 €/día—
Peón32,32 €/día—

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo I. Administrativos (área técnica y de administración)

Ejecuta tareas que, aun realizándose bajo instrucciones precisas, requieren conocimientos profesionales adecuados y aptitudes prácticas, con responsabilidad limitada por una supervisión directa y sistemática.

Formación: Se recomienda ESO o grado medio de FP, o conocimientos adquiridos por experiencia.

  • Oficial de 2.ª Administrativo/aEjecuta tareas administrativas que requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, bajo supervisión directa y sistemática.
  • Auxiliar Administrativo/aEjecuta tareas administrativas que requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, bajo supervisión directa y sistemática.
  • Oficial de 2.ªEjecuta tareas que exigen iniciativa y puede organizar el trabajo de personal de menor cualificación, bajo supervisión, con conocimientos técnicos de su área.
  • Oficial de 3.ªEjecuta tareas que exigen iniciativa y puede organizar el trabajo de personal de menor cualificación, bajo supervisión, con conocimientos técnicos de su área.
  • Especialistas (Palistas, Chóferes, Mecánicos)Hace tareas que piden práctica, pero no un oficio completo.

Grupo I. Oficiales (área de producción y actividades asimiladas)

Ejecuta tareas que exigen iniciativa. Puede desarrollar funciones de planificación, organización y supervisión de un grupo de trabajadores de menor cualificación, bajo supervisión, con conocimientos técnicos específicos de su área.

Formación: Se recomienda ESO o grado medio de FP, o conocimientos adquiridos por experiencia.

  • Oficial de 2.ª Administrativo/aEjecuta tareas administrativas que requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, bajo supervisión directa y sistemática.
  • Auxiliar Administrativo/aEjecuta tareas administrativas que requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, bajo supervisión directa y sistemática.
  • Oficial de 2.ªEjecuta tareas que exigen iniciativa y puede organizar el trabajo de personal de menor cualificación, bajo supervisión, con conocimientos técnicos de su área.
  • Oficial de 3.ªEjecuta tareas que exigen iniciativa y puede organizar el trabajo de personal de menor cualificación, bajo supervisión, con conocimientos técnicos de su área.
  • Especialistas (Palistas, Chóferes, Mecánicos)Hace tareas que piden práctica, pero no un oficio completo.

Grupo II. Obreros y subalternos

  • Molineros/as, Trituradores/as, Envasadores/asLo que incluye está definido en anexo (tablas salariales).
  • Peón especializadoTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
  • PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Plus de asistenciaPremio por no faltar al trabajo.8,15 € según la tabla de 2026; el recorte no dice si es mensual o diario
Quién lo cobra
Plus de asistencia de las tablas anexas (art. 12)
Dónde lo dice
art. 12
Subvención estudios10,26 € según la tabla de 2026; sin artículo ni condiciones en el recorte
Quién lo cobra
No consta en el recorte
Bolsa de vacaciones97,29 € anuales según la tabla de 2026
Quién lo cobra
Cantidad anual abonable al inicio de las vacaciones
Dónde lo dice
art. 18
AntigüedadLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Dos trienios del 5 % y quinquenios del 10 % sobre el salario base, con límite del 60 %
Quién lo cobra
Toda la plantilla
Dónde lo dice
art. 11
Participación en beneficios6 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Se abona dentro del primer trimestre del año siguiente al de devengo
Dónde lo dice
art. 14

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET).

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %Incremento del 3 % sobre todos los conceptos económicos, calculado sobre las tablas de 2024, con efectos de 1/1/2025. Pago diferible hasta el 31/3/2026 (disposición final).
2026hasta 1 %Si el IPC interanual de diciembre de 2025 superara el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2026.
20263 %Incremento del 3 % sobre todos los conceptos económicos, con efectos de 1/1/2026, aplicado tras el adicional de 2025 si procede.
2027hasta 1 %Si el IPC interanual de diciembre de 2026 superara el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2027.
20273 %Incremento del 3 % sobre todos los conceptos económicos, con efectos de 1/1/2027.

Revisión salarial

Si el IPC interanual de diciembre de 2025 o de 2026 supera el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos del 1 de enero siguiente. (art. 10).

Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de minería y piedra natural?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de minería y piedra natural?

22 días laborables al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete (BOP) (texto del convenio, publicado el 23/1/2026). Revisado el .

Convenio 2025-2027 publicado en el boletín oficial de la provincia de Albacete el 23/1/2026. Tablas de 2025 definitivas y de 2026 provisionales. Las empresas podían diferir el pago de los incrementos de 2025 hasta el 31/3/2026.

Convenio de un ámbito inferior a la provincia (comarca de La Roda) para la extracción a cielo abierto y la molturación de tierras blancas. No es el convenio general del sector «otros».