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Convenio colectivo

Convenio colectivo para el sector de Industrias Químicas de Cantabria.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 39000815011981
Publicado el
12/7/2019
Vigencia
1/1/2019 – 31/12/2022
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.752horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra2

Se pueden cobrar prorrateadasPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+8,3 %2024
Tablas salariales 2026

Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl año (bruto)
Grupo 118.587,87 €
Grupo 219.889,01 €
Grupo 321.561,94 €
Grupo 423.978,37 €
Grupo 527.323,36 €
Grupo 631.971,17 €
Grupo 738.848,63 €
Grupo 849.258,82 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2023 · Tabla 2024 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo 1

Grupo 2

Grupo 3

Grupo 4

Grupo 5

Grupo 6

Grupo 7

Grupo 8

Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

TrieniosLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.78,43 € por cada 3 años (máximo 2)
Quién lo cobra
Toda la plantilla
Dónde lo dice
art. 10 bis
QuinqueniosLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.156,86 € por cada 5 años (máximo 5)
Quién lo cobra
Toda la plantilla
Dónde lo dice
art. 10 bis
Complemento personal de vinculación consolidadoPlus fijo que el convenio suma al salario base.Importe personal, revalorizado en el 8,30 % en 2024
Quién lo cobra
Trabajadores contratados a 1/1/2016 a los que se adelantó el trienio o quinquenio en curso
Dónde lo dice
art. 10
Complemento de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Jornada entre las 22 y las 6 horas
Dónde lo dice
art. 12
Complemento por toxicidad, penosidad y peligrosidadLo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas.3,08 € por día
Quién lo cobra
Puestos declarados legalmente como excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
Dónde lo dice
art. 11
Plus de distanciaLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,09 € por kilómetro
Quién lo cobra
Según la Orden Ministerial de 10-2-58
Dónde lo dice
art. 17
Dietas por desplazamiento en comisión de serviciosLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.Media dieta (una comida) 16,89 €; dos comidas 33,79 €; dieta completa (dos comidas y pernoctar) 67,58 €
Quién lo cobra
Desplazamientos que obliguen a comer o pernoctar fuera del domicilio
Dónde lo dice
art. 18
Viajes en vehículo propioLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,22 € por kilómetro
Quién lo cobra
Por acuerdo con la empresa para desplazamientos con vehículo propio
Dónde lo dice
art. 19
Plus de turnicidad en turnos de fuego continuoLo que se paga por trabajar a turnos que cambian.Valor por grupo del anexo IV
Quién lo cobra
Turnos a fuego continuo
Dónde lo dice
art. 14

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría, de 17,84 a 43,47 € la hora. Compensación con descanso del doble de horas, mediante acuerdo entre las partes, dentro de los quince días siguientes (art. 25).
Dónde lo dice
art. 25

Revisión salarial

Las revisiones salariales son las del Convenio General de la Industria Química Nacional (art. 9). El acuerdo parcial de 2023 y el acta de 24/1/2024 aplican una revisión del 8,30 % con efectos 1/1/2024. (art. 9).

Permisos pagados

4 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio (antigüedad inferior a tres años; parejas de hecho inscritas, equiparadas)art. 22.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Matrimonio (antigüedad superior a tres años)art. 22.a2015 días naturalesMejora el Estatuto
Nacimiento de hijoart. 22.b3 (4 con desplazamiento)—Mejora el Estatuto
Fallecimiento y enfermedad grave del cónyugeart. 22.c3 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 22.d2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta 2.º gradoart. 22.e5 (4 con desplazamiento)5 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Matrimonio de padres, hijos o hermanosart. 22.f1—Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 22.g11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personalart. 22.h—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado27 de febrero de 2024Publicada la resolución que registra el acuerdo de revisión salarial del 8,30 % y la tabla salarial de 2024Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
  • Publicado17 de marzo de 2023Publicado el acuerdo parcial que fija la tabla salarial y de horas extra de 2023 (incremento del 4,00 %)Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de industria química de Cantabria?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2019 al 31/12/2022.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria química de Cantabria en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 18.587,87 € brutos al año a jornada completa (Grupo 1).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria química de Cantabria?

30 días naturales al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOC (texto del convenio, publicado el 12/7/2019). Revisado el .

Tabla: BOC (tabla salarial 2026, publicado el 27/2/2024).

Texto 2019-2022 denunciado automáticamente (art. 4). Tablas de 2023 y 2024 fijadas por acuerdo parcial (BOC 17/3/2023) y acta de 24/1/2024 (BOC 27/2/2024). Sin tabla 2026 publicada en el recorte: se aplica la de 2024 prorrogada.