Convenio colectivo
Convenio colectivo provincial del sector de comercio de materiales para la construcción y saneamiento de Pontevedra (2020-2024).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
habiles
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
3 de 16 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| DirecciónPuestos: director general, gerente. | ||
| Director/a general de empresa | 1.831,38 € | 27.470,70 € |
| Gerente de empresa | 1.575,17 € | 23.627,55 € |
| Técnicos y técnicasPuestos: titulado superior, titulado medio, contable. | ||
| Titulado/a grado Superior | 1.660,98 € | 24.914,70 € |
| Titulado/a grado Medio | 1.422,45 € | 21.336,75 € |
| Contable | 1.303,15 € | 19.547,25 € |
| Jefaturas y encargados y encargadasPuestos: jefe de sección, encargado de sección. | ||
| Jefe/a de Sección o departamento | 1.576,43 € | 23.646,45 € |
| Encargado/a de Sección | 1.405,39 € | 21.080,85 € |
| AdministraciónPuestos: oficial administrativo, auxiliar administrativo. | ||
| Oficial Administrativo | 1.269,01 € | 19.035,15 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.200,87 € | 18.013,05 € |
| VentasPuestos: dependiente, comercial, viajante. | ||
| Vendedor/a Comercial Viajante | 1.269,01 € | 19.035,15 € |
| Dependiente/a | 1.200,87 € | 18.013,05 € |
| Profesionales o especialistasPuestos: profesional de oficio, chófer, mozo especializado. | ||
| Profesional de oficio de 1ª | 1.200,87 € | 18.013,05 € |
| Profesional de oficio de 2ª SMI | 1.132,78 € | 16.991,70 € |
| Chofer Vehículo Pesados 1ª | 1.200,87 € | 18.013,05 € |
| Chofer Vehículo Ligeros 2ª SMI | 1.132,78 € | 16.991,70 € |
| Mozo/a Especializada SMI | 1.132,78 € | 16.991,70 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección
Dirigen, coordinan y se responsabilizan de las actividades de la empresa, a las órdenes de la administración.
- Director/a general de empresaPersona que, a las órdenes de la administración de la empresa y participando en la estrategia, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de dirección a su cargo. En la tabla cobra 27.471 € al año, el sueldo más alto.
- Gerente de empresaPor ejemplo: gerente. En la tabla cobra 23.628 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
Técnicos y técnicas
Personal titulado o con funciones contables propias de su título o especialidad.
- Titulado/a grado SuperiorPersona con título de grado superior que ejerce en la empresa, de forma permanente y con responsabilidad directa, funciones propias de su título. En la tabla cobra 24.915 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
- Titulado/a grado MedioPersona con título de grado medio que desempeña las funciones propias de su título. En la tabla cobra 21.337 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
- ContablePersona que, con iniciativa y responsabilidad, custodia y utiliza la información financiera, hace facturas, lleva los libros de contabilidad y la liquidación de Seguridad Social. En la tabla cobra 19.547 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
Jefaturas y encargados y encargadas
Responsables de un departamento o de una sección, por delegación de la dirección.
- Jefe/a de Sección o departamentoPersona que tiene la responsabilidad o dirección de una de las tareas o departamentos en que se divide la empresa. En la tabla cobra 23.646 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Encargado/a de SecciónPersona que está al frente de una sección ejerciendo por delegación funciones de dirección y coordinación. En la tabla cobra 21.081 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
Administración
Tareas propias del departamento administrativo.
- Oficial AdministrativoPersona que desenvuelve y coordina las tareas propias del departamento administrativo. En la tabla cobra 19.035 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
- Auxiliar AdministrativoPersona que, bajo la coordinación de un jefe u oficial administrativo, realiza trabajos propios del departamento administrativo; debe tener conocimientos generales de informática. En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
Ventas
Venta y atención al público o viajes para ofrecer productos y tomar pedidos.
- Vendedor/a Comercial ViajantePersona que realiza viajes por cuenta de la empresa para ofrecer artículos y productos, tomar nota de pedidos e informar a los clientes de las promociones. En la tabla cobra 19.035 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
- Dependiente/aPersona que realiza las ventas, con conocimientos amplios de los artículos y productos, y puede orientar al público en sus compras. En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
Profesionales o especialistas
Oficios que requieren aprendizaje, conducción de vehículos y transporte de mercancías.
- Profesional de oficio de 1ªPersona que ejecuta los trabajos propios de un oficio que normalmente requiere aprendizaje (categorías de 1ª y 2ª). En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Profesional de oficio de 2ªPersona que ejecuta los trabajos propios de un oficio que normalmente requiere aprendizaje (categorías de 1ª y 2ª). En la tabla cobra 16.992 € al año, el más bajo.
- Chofer Vehículo Pesados 1ªProfesional de oficio que conduce vehículos pesados (el convenio lo cita dentro de los profesionales de oficio). En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Chofer Vehículo Ligeros 2ªProfesional de oficio que conduce vehículos ligeros (el convenio lo cita dentro de los profesionales de oficio). En la tabla cobra 16.992 € al año, el más bajo.
- Mozo/a EspecializadaPersona que realiza el transporte de mercancías dentro y fuera del establecimiento y cualquier trabajo que requiera esfuerzo físico. En la tabla cobra 16.992 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo quien la tuviera consolidada; no se incrementa durante la vigencia
- Dónde lo dice
- art. 20 y art. 21
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas los sábados por la tarde (por acuerdo en el establecimiento o carga/descarga)
- Dónde lo dice
- art. 6
- Quién lo cobra
- Quien por necesidades de la empresa no disfrute sus vacaciones entre junio y septiembre
- Dónde lo dice
- art. 7
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual
- Dónde lo dice
- art. 23 y tabla anexa
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual
- Dónde lo dice
- art. 23 y tabla anexa
- Quién lo cobra
- Uso del vehículo particular por necesidades del servicio
- Dónde lo dice
- art. 23 y tabla anexa
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 8
Revisión salarial
Si la suma de los IPC de 2023 y 2024 supera la suma pactada para esos dos años (6,5 %), el exceso, con máximo de un 1 %, se añade a la tabla vigente a 31/12/2023 con efecto desde el 1/1/2024. No consta que se haya publicado ninguna revisión (según datos del INE, 3,1 % en 2023 y 2,8 % en 2024: no hubo exceso). (art. 19).
Permisos pagados
3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 9.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 9.c | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 9.c | 5 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilioart. 9.d | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de parientes hasta 2.º gradoart. 9.b | 1 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes oficiales (estudios reglados)art. 9.e | 6 | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 9.g | 5 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 9.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos IV y V: 30 días
- Grupos II y III: 30 días
- Grupo I: 60 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de materiales de construcción de Pontevedra?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2024.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de materiales de construcción de Pontevedra en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.991,70 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de materiales de construcción de Pontevedra?
26 días habiles al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos IV y V: 30 días. Grupos II y III: 30 días. Grupo I: 60 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOP) (texto del convenio, publicado el 19/2/2024). Revisado el .
Es el convenio del comercio de materiales para la construcción y saneamiento (CNAE 4673, 4613 y 5153) de la provincia de Pontevedra. El comercio en general de la provincia va a otro convenio (comercio-pontevedra, comercio vario).