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Convenio colectivo

Convenio colectivo provincial del sector de comercio de materiales para la construcción y saneamiento de Pontevedra (2020-⁠2024).

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 36000345011982
Publicado el
19/2/2024
Vigencia
1/1/2020 – 31/12/2024
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Vacaciones26días

habiles

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,0 %2024
Tablas salariales 2026

Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

3 de 16 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
DirecciónPuestos: director general, gerente.
Director/a general de empresa1.831,38 €27.470,70 €
Gerente de empresa1.575,17 €23.627,55 €
Técnicos y técnicasPuestos: titulado superior, titulado medio, contable.
Titulado/a grado Superior1.660,98 €24.914,70 €
Titulado/a grado Medio1.422,45 €21.336,75 €
Contable1.303,15 €19.547,25 €
Jefaturas y encargados y encargadasPuestos: jefe de sección, encargado de sección.
Jefe/a de Sección o departamento1.576,43 €23.646,45 €
Encargado/a de Sección1.405,39 €21.080,85 €
AdministraciónPuestos: oficial administrativo, auxiliar administrativo.
Oficial Administrativo1.269,01 €19.035,15 €
Auxiliar Administrativo1.200,87 €18.013,05 €
VentasPuestos: dependiente, comercial, viajante.
Vendedor/a Comercial Viajante1.269,01 €19.035,15 €
Dependiente/a1.200,87 €18.013,05 €
Profesionales o especialistasPuestos: profesional de oficio, chófer, mozo especializado.
Profesional de oficio de 1ª1.200,87 €18.013,05 €
Profesional de oficio de 2ª SMI1.132,78 €16.991,70 €
Chofer Vehículo Pesados 1ª1.200,87 €18.013,05 €
Chofer Vehículo Ligeros 2ª SMI1.132,78 €16.991,70 €
Mozo/a Especializada SMI1.132,78 €16.991,70 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2024 · Tabla 2026

Otros convenios aquí

En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Dirección

Dirigen, coordinan y se responsabilizan de las actividades de la empresa, a las órdenes de la administración.

  • Director/a general de empresaPersona que, a las órdenes de la administración de la empresa y participando en la estrategia, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de dirección a su cargo. En la tabla cobra 27.471 € al año, el sueldo más alto.
  • Gerente de empresaPor ejemplo: gerente. En la tabla cobra 23.628 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).

Técnicos y técnicas

Personal titulado o con funciones contables propias de su título o especialidad.

  • Titulado/a grado SuperiorPersona con título de grado superior que ejerce en la empresa, de forma permanente y con responsabilidad directa, funciones propias de su título. En la tabla cobra 24.915 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
  • Titulado/a grado MedioPersona con título de grado medio que desempeña las funciones propias de su título. En la tabla cobra 21.337 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
  • ContablePersona que, con iniciativa y responsabilidad, custodia y utiliza la información financiera, hace facturas, lleva los libros de contabilidad y la liquidación de Seguridad Social. En la tabla cobra 19.547 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).

Jefaturas y encargados y encargadas

Responsables de un departamento o de una sección, por delegación de la dirección.

  • Jefe/a de Sección o departamentoPersona que tiene la responsabilidad o dirección de una de las tareas o departamentos en que se divide la empresa. En la tabla cobra 23.646 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
  • Encargado/a de SecciónPersona que está al frente de una sección ejerciendo por delegación funciones de dirección y coordinación. En la tabla cobra 21.081 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).

Administración

Tareas propias del departamento administrativo.

  • Oficial AdministrativoPersona que desenvuelve y coordina las tareas propias del departamento administrativo. En la tabla cobra 19.035 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
  • Auxiliar AdministrativoPersona que, bajo la coordinación de un jefe u oficial administrativo, realiza trabajos propios del departamento administrativo; debe tener conocimientos generales de informática. En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).

Ventas

Venta y atención al público o viajes para ofrecer productos y tomar pedidos.

  • Vendedor/a Comercial ViajantePersona que realiza viajes por cuenta de la empresa para ofrecer artículos y productos, tomar nota de pedidos e informar a los clientes de las promociones. En la tabla cobra 19.035 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
  • Dependiente/aPersona que realiza las ventas, con conocimientos amplios de los artículos y productos, y puede orientar al público en sus compras. En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).

Profesionales o especialistas

Oficios que requieren aprendizaje, conducción de vehículos y transporte de mercancías.

  • Profesional de oficio de 1ªPersona que ejecuta los trabajos propios de un oficio que normalmente requiere aprendizaje (categorías de 1ª y 2ª). En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
  • Profesional de oficio de 2ªPersona que ejecuta los trabajos propios de un oficio que normalmente requiere aprendizaje (categorías de 1ª y 2ª). En la tabla cobra 16.992 € al año, el más bajo.
  • Chofer Vehículo Pesados 1ªProfesional de oficio que conduce vehículos pesados (el convenio lo cita dentro de los profesionales de oficio). En la tabla cobra 18.013 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
  • Chofer Vehículo Ligeros 2ªProfesional de oficio que conduce vehículos ligeros (el convenio lo cita dentro de los profesionales de oficio). En la tabla cobra 16.992 € al año, el más bajo.
  • Mozo/a EspecializadaPersona que realiza el transporte de mercancías dentro y fuera del establecimiento y cualquier trabajo que requiera esfuerzo físico. En la tabla cobra 16.992 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad consolidada (ad personam)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Importe consolidado de cada persona, congelado
Quién lo cobra
Solo quien la tuviera consolidada; no se incrementa durante la vigencia
Dónde lo dice
art. 20 y art. 21
Trabajo en sábado por la tarde75 % sobre la hora ordinaria por hora
Quién lo cobra
Horas trabajadas los sábados por la tarde (por acuerdo en el establecimiento o carga/descarga)
Dónde lo dice
art. 6
Bolsa de vacaciones250,00 €
Quién lo cobra
Quien por necesidades de la empresa no disfrute sus vacaciones entre junio y septiembre
Dónde lo dice
art. 7
Dieta completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.45,37 € por día
Quién lo cobra
Comisión de servicio fuera de la residencia habitual
Dónde lo dice
art. 23 y tabla anexa
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.12,96 € por día
Quién lo cobra
Comisión de servicio fuera de la residencia habitual
Dónde lo dice
art. 23 y tabla anexa
Kilometraje (vehículo propio)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 €
Quién lo cobra
Uso del vehículo particular por necesidades del servicio
Dónde lo dice
art. 23 y tabla anexa

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 100 % sobre la hora ordinaria (festivas +150 %) (art. 8).
Dónde lo dice
art. 8

Revisión salarial

Si la suma de los IPC de 2023 y 2024 supera la suma pactada para esos dos años (6,5 %), el exceso, con máximo de un 1 %, se añade a la tabla vigente a 31/12/2023 con efecto desde el 1/1/2024. No consta que se haya publicado ninguna revisión (según datos del INE, 3,1 % en 2023 y 2,8 % en 2024: no hubo exceso). (art. 19).

Permisos pagados

3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 9.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 9.c55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 9.c52 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 9.d21 díaMejora el Estatuto
Matrimonio de parientes hasta 2.º gradoart. 9.b1—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes oficiales (estudios reglados)art. 9.e6El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 9.g5—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 9.f—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupos IV y V: 30 días
  • Grupos II y III: 30 días
  • Grupo I: 60 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de materiales de construcción de Pontevedra?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2024.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de materiales de construcción de Pontevedra en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.991,70 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de materiales de construcción de Pontevedra?

26 días habiles al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupos IV y V: 30 días. Grupos II y III: 30 días. Grupo I: 60 días.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOP) (texto del convenio, publicado el 19/2/2024). Revisado el .

Es el convenio del comercio de materiales para la construcción y saneamiento (CNAE 4673, 4613 y 5153) de la provincia de Pontevedra. El comercio en general de la provincia va a otro convenio (comercio-pontevedra, comercio vario).