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Convenio colectivo

Convenio colectivo provincial de comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina de Sevilla.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 41000765011981
Publicado el
10/1/2024
Vigencia
1/1/2022 – 31/12/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.798horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra4

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,0 %2025
Tablas salariales 2026

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

1 de 11 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Nivel 1 SMI1.036,00 €16.576,00 €
Nivel 21.109,77 €17.756,32 €
Nivel 31.132,94 €18.127,04 €
Nivel 41.156,08 €18.497,28 €
Nivel 51.190,71 €19.051,36 €
Nivel 61.227,76 €19.644,16 €
Nivel 71.264,70 €20.235,20 €
Nivel 81.304,09 €20.865,44 €
Nivel 91.341,06 €21.456,96 €
Nivel 101.378,05 €22.048,80 €
Nivel 111.415,01 €22.640,16 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo 1

Por ejemplo: Titulado/a de grado superior.

Grupo 2

Por ejemplo: Titulado/a de grado medio, Ayudante técnico sanitario, Encargado/a general, Jefe/a de personal, compras y ventas, Jefe/a administrativo/a.

Grupo 3

Por ejemplo: Jefe/a de almacén y sucursal, Jefe/a de grupo, Jefe/a de sección, Encargado/a de establecimiento, Jefe/a de sección administrativa.

Grupo 4

Por ejemplo: Jefe/a de taller, Contable, Cajero/a, Secretario/a.

Grupo 5

Por ejemplo: Viajante, Corredor/a de plaza, Dependiente/a, Oficial administrativo/a, Operador/a de máquinas contables, Profesional de oficio de 1.ª y 2.ª, Cobrador/a, Capataz, Intérprete, Dibujante, Escaparatista.

Grupo 6

Por ejemplo: Auxiliar administrativo/a, Perforista, Rotulista, Visitador/a, Auxiliar de caja, Mozo/a especializado/a.

Grupo 7

Por ejemplo: Ayudante de dependiente, Ayudante de montaje, Telefonista y mozo/a, Conserje, Vigilante, ordenanza y portero/a.

Grupo 8

Por ejemplo: Personal de limpieza.

Otras categorías

  • Nivel 1 · nivel 1Se encarga del aseo y limpieza de los locales en general y de todas sus dependencias. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Nivel 2 · nivel 2Ayudante: empleado/a menor de 22 años que auxilia al dependiente y puede vender. Mozo/a: transporta mercancías, hace paquetes, reparte y trabajos de esfuerzo físico y limpieza del establecimiento. En la tabla cobra 17.756 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
  • Nivel 3 · nivel 3Auxiliar de caja: cobra las ventas al contado, revisa talones de caja y redacta facturas y recibos. Mozo/a especializado/a: trabajos concretos (enfardar, embalar, reparto, pesar mercancías) que exigen cierta práctica. En la tabla cobra 18.127 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
  • Nivel 4 · nivel 4Dependiente/a: mayor de 22 años que realiza las ventas y orienta al público. Auxiliar administrativo/a: ayuda a oficiales y jefes en trabajos administrativos (correspondencia de trámite, facturas, ordenadores). En la tabla cobra 18.497 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
  • Nivel 5 · nivel 5Oficial administrativo/a: trabajos administrativos con iniciativa propia (contratos mercantiles corrientes, correspondencia, estadísticas, contabilidad). Profesional de oficio: trabajos de un oficio clásico (ebanista, carpintero, electricista, mecánico, pintor, conductor, etc.) de 1.ª o 2.ª según iniciativa y responsabilidad. En la tabla cobra 19.051 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
  • Nivel 6 · nivel 6Viajante: viaja para ofrecer artículos y tomar pedidos de una sola empresa. Capataz: dirige el trabajo de los mozos y cuida de la disciplina y el rendimiento. En la tabla cobra 19.644 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
  • Nivel 7 · nivel 7Jefe/a de sección: al frente de una sección con mando directo sobre el personal. Jefe/a de taller: técnicamente capacitado, dirige un taller auxiliar de la actividad principal. En la tabla cobra 20.235 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
  • Nivel 8 · nivel 8Jefe/a de grupo: al frente de varias secciones en establecimientos organizados por secciones. En la tabla cobra 20.865 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
  • Nivel 9 · nivel 9Jefe/a de sucursal: al frente de una sucursal con funciones delegadas de la empresa. Encargado/a de establecimiento: al frente de un establecimiento de hasta cinco empleados. Jefe/a de almacén: al frente de un almacén (recepción, conservación y distribución de mercaderías). En la tabla cobra 21.457 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
  • Nivel 10 · nivel 10Encargado/a general: al frente de un establecimiento del que dependen otros, o de varias sucursales. Jefe/a administrativo/a: asume el control de todas las funciones administrativas de la empresa. En la tabla cobra 22.049 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
  • Nivel 11 · nivel 11Persona con título de grado superior que ejerce en la empresa, con responsabilidad directa, funciones propias de su titulación. En la tabla cobra 22.640 € al año, el sueldo más alto.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad (cuatrienios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.5 % del salario base por cada 4 años (máximo 3)
Quién lo cobra
Solo personal contratado antes del 27/02/1996 (el convenio suprime la antigüedad para las contrataciones posteriores).
Dónde lo dice
art. 25
Plus de ayuda escolar141,21 €
Quién lo cobra
Por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, o en guardería (se justifica documentalmente); se abona en septiembre
Dónde lo dice
art. 27
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.16,00 € por día
Quién lo cobra
Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer una de las comidas principales
Dónde lo dice
art. 28
Dieta completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.31,94 € por día
Quién lo cobra
Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer las dos comidas principales
Dónde lo dice
art. 28
KilometrajeLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,29 €
Quién lo cobra
Uso del vehículo propio por necesidad de la empresa, con justificación del desplazamiento y la distancia
Dónde lo dice
art. 29

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET).

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %Incremento del 3 % sobre las tablas de 2024
2026hasta 1 %Si el IPC interanual de diciembre de 2025 superó el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2026

Revisión salarial

Cada año, si el IPC interanual de diciembre supera el 3 %, se aplica un incremento adicional máximo del 1 % desde el 1 de enero siguiente (cláusula prevista hasta el 1/1/2026) (arts. 22 a 24).

Permisos pagados

1 de los 5 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 14.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de hijos/as, cónyuge o pareja de hechoart. 14.b52 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros parientes hasta el 2.º gradoart. 14.b2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º grado (o conviviente que requiera cuidado)art. 14.c55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 14.d11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de comercio de maquinaria de Sevilla?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de maquinaria de Sevilla en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.576,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de maquinaria de Sevilla?

30 días naturales al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) (texto del convenio, publicado el 10/1/2024). Revisado el .

Tabla: BOP Sevilla (tabla salarial 2026).

Convenio 2022-2025 (art. 4) prorrogado por años sucesivos si nadie lo denuncia con dos meses de antelación (art. 5): sin denuncia en el registro oficial de convenios, sigue vigente en 2026 (el registro oficial de convenios da vigencia hasta 31/12/2026). La última tabla publicada es la de 2025 (boletín oficial de la provincia 09/04/2025, +3 %); no hay tabla de 2026 publicada a 16/10/2026, así que se carga la de 2025 como prorrogada. El art. 24 prevé un incremento adicional de hasta el 1 % desde el 1/1/2026 si el IPC de diciembre de 2025 superó el 3 %: no consta acta que lo aplique.

Convenio del comercio al por mayor y al por menor de maquinaria, electrodomésticos, mobiliario y material de oficina de la provincia de Sevilla (no el convenio general de comercio de Sevilla ni el del comercio del metal). Las retribuciones se fijan por nivel (1 a 11), no por categoría; la clasificación por grupos del anexo V no tiene tabla propia.