Convenio colectivo
Convenio colectivo provincial de comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina de Sevilla.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
1 de 11 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Nivel 1 SMI | 1.036,00 € | 16.576,00 € |
| Nivel 2 | 1.109,77 € | 17.756,32 € |
| Nivel 3 | 1.132,94 € | 18.127,04 € |
| Nivel 4 | 1.156,08 € | 18.497,28 € |
| Nivel 5 | 1.190,71 € | 19.051,36 € |
| Nivel 6 | 1.227,76 € | 19.644,16 € |
| Nivel 7 | 1.264,70 € | 20.235,20 € |
| Nivel 8 | 1.304,09 € | 20.865,44 € |
| Nivel 9 | 1.341,06 € | 21.456,96 € |
| Nivel 10 | 1.378,05 € | 22.048,80 € |
| Nivel 11 | 1.415,01 € | 22.640,16 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 1
Por ejemplo: Titulado/a de grado superior.
Grupo 2
Por ejemplo: Titulado/a de grado medio, Ayudante técnico sanitario, Encargado/a general, Jefe/a de personal, compras y ventas, Jefe/a administrativo/a.
Grupo 3
Por ejemplo: Jefe/a de almacén y sucursal, Jefe/a de grupo, Jefe/a de sección, Encargado/a de establecimiento, Jefe/a de sección administrativa.
Grupo 4
Por ejemplo: Jefe/a de taller, Contable, Cajero/a, Secretario/a.
Grupo 5
Por ejemplo: Viajante, Corredor/a de plaza, Dependiente/a, Oficial administrativo/a, Operador/a de máquinas contables, Profesional de oficio de 1.ª y 2.ª, Cobrador/a, Capataz, Intérprete, Dibujante, Escaparatista.
Grupo 6
Por ejemplo: Auxiliar administrativo/a, Perforista, Rotulista, Visitador/a, Auxiliar de caja, Mozo/a especializado/a.
Grupo 7
Por ejemplo: Ayudante de dependiente, Ayudante de montaje, Telefonista y mozo/a, Conserje, Vigilante, ordenanza y portero/a.
Grupo 8
Por ejemplo: Personal de limpieza.
Otras categorías
- Nivel 1 · nivel 1Se encarga del aseo y limpieza de los locales en general y de todas sus dependencias. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
- Nivel 2 · nivel 2Ayudante: empleado/a menor de 22 años que auxilia al dependiente y puede vender. Mozo/a: transporta mercancías, hace paquetes, reparte y trabajos de esfuerzo físico y limpieza del establecimiento. En la tabla cobra 17.756 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- Nivel 3 · nivel 3Auxiliar de caja: cobra las ventas al contado, revisa talones de caja y redacta facturas y recibos. Mozo/a especializado/a: trabajos concretos (enfardar, embalar, reparto, pesar mercancías) que exigen cierta práctica. En la tabla cobra 18.127 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- Nivel 4 · nivel 4Dependiente/a: mayor de 22 años que realiza las ventas y orienta al público. Auxiliar administrativo/a: ayuda a oficiales y jefes en trabajos administrativos (correspondencia de trámite, facturas, ordenadores). En la tabla cobra 18.497 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
- Nivel 5 · nivel 5Oficial administrativo/a: trabajos administrativos con iniciativa propia (contratos mercantiles corrientes, correspondencia, estadísticas, contabilidad). Profesional de oficio: trabajos de un oficio clásico (ebanista, carpintero, electricista, mecánico, pintor, conductor, etc.) de 1.ª o 2.ª según iniciativa y responsabilidad. En la tabla cobra 19.051 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
- Nivel 6 · nivel 6Viajante: viaja para ofrecer artículos y tomar pedidos de una sola empresa. Capataz: dirige el trabajo de los mozos y cuida de la disciplina y el rendimiento. En la tabla cobra 19.644 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
- Nivel 7 · nivel 7Jefe/a de sección: al frente de una sección con mando directo sobre el personal. Jefe/a de taller: técnicamente capacitado, dirige un taller auxiliar de la actividad principal. En la tabla cobra 20.235 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- Nivel 8 · nivel 8Jefe/a de grupo: al frente de varias secciones en establecimientos organizados por secciones. En la tabla cobra 20.865 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
- Nivel 9 · nivel 9Jefe/a de sucursal: al frente de una sucursal con funciones delegadas de la empresa. Encargado/a de establecimiento: al frente de un establecimiento de hasta cinco empleados. Jefe/a de almacén: al frente de un almacén (recepción, conservación y distribución de mercaderías). En la tabla cobra 21.457 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
- Nivel 10 · nivel 10Encargado/a general: al frente de un establecimiento del que dependen otros, o de varias sucursales. Jefe/a administrativo/a: asume el control de todas las funciones administrativas de la empresa. En la tabla cobra 22.049 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
- Nivel 11 · nivel 11Persona con título de grado superior que ejerce en la empresa, con responsabilidad directa, funciones propias de su titulación. En la tabla cobra 22.640 € al año, el sueldo más alto.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo personal contratado antes del 27/02/1996 (el convenio suprime la antigüedad para las contrataciones posteriores).
- Dónde lo dice
- art. 25
- Quién lo cobra
- Por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, o en guardería (se justifica documentalmente); se abona en septiembre
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer una de las comidas principales
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer las dos comidas principales
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Uso del vehículo propio por necesidad de la empresa, con justificación del desplazamiento y la distancia
- Dónde lo dice
- art. 29
Horas extra
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % sobre las tablas de 2024 |
| 2026 | hasta 1 % | Si el IPC interanual de diciembre de 2025 superó el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2026 |
Revisión salarial
Cada año, si el IPC interanual de diciembre supera el 3 %, se aplica un incremento adicional máximo del 1 % desde el 1 de enero siguiente (cláusula prevista hasta el 1/1/2026) (arts. 22 a 24).
Permisos pagados
1 de los 5 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 14.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de hijos/as, cónyuge o pareja de hechoart. 14.b | 5 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de otros parientes hasta el 2.º gradoart. 14.b | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º grado (o conviviente que requiera cuidado)art. 14.c | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 14.d | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de comercio de maquinaria de Sevilla?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de maquinaria de Sevilla en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.576,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de maquinaria de Sevilla?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio en otras provincias
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Otros convenios de Sevilla
Campo y agriculturaComercio de alimentación y supermercadosComercio de automoción y recambiosComercio del metalConstrucciónConstrucción
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) (texto del convenio, publicado el 10/1/2024). Revisado el .
Tabla: BOP Sevilla (tabla salarial 2026).
Convenio 2022-2025 (art. 4) prorrogado por años sucesivos si nadie lo denuncia con dos meses de antelación (art. 5): sin denuncia en el registro oficial de convenios, sigue vigente en 2026 (el registro oficial de convenios da vigencia hasta 31/12/2026). La última tabla publicada es la de 2025 (boletín oficial de la provincia 09/04/2025, +3 %); no hay tabla de 2026 publicada a 16/10/2026, así que se carga la de 2025 como prorrogada. El art. 24 prevé un incremento adicional de hasta el 1 % desde el 1/1/2026 si el IPC de diciembre de 2025 superó el 3 %: no consta acta que lo aplique.
Convenio del comercio al por mayor y al por menor de maquinaria, electrodomésticos, mobiliario y material de oficina de la provincia de Sevilla (no el convenio general de comercio de Sevilla ni el del comercio del metal). Las retribuciones se fijan por nivel (1 a 11), no por categoría; la clasificación por grupos del anexo V no tiene tabla propia.