Saltar al contenido

Convenio colectivo

Convenio colectivo provincial de Industrias del aceite y sus derivados en Granada (2024-⁠2028).

Código de convenio 18000125011982
Publicado el
17/6/2025
Vigencia
1/5/2024 – 30/4/2028
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.776horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+4,0 %2026
Próxima subida+3,0 %2027
Tablas salariales 2026

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

25 de 48 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Gerente o Director General1.814,55 €27.218,25 €
Grupo profesional 2: Técnicos y mandos intermedios
Director Técnico1.814,55 €27.218,25 €
Subdirector Técnico1.610,36 €24.155,40 €
Técnico Jefe de Laboratorio1.610,36 €24.155,40 €
Técnico1.610,36 €24.155,40 €
Analista Titulado (Oficial Laboratorio)1.473,99 €22.109,85 €
Ayudante Técnico Sanitario1.378,31 €20.674,65 €
Maestro Primera Enseñanza1.378,31 €20.674,65 €
Graduado Socia1.378,31 €20.674,65 €
Asistente Social1.378,31 €20.674,65 €
Analista (Oficial Laboratorio)1.173,11 €17.596,65 €
Auxiliar SMI1.074,06 €16.110,90 €
Grupo profesional 3: Administración y comercial
Jefe de Primera1.348,07 €20.221,05 €
Jefe de Segunda1.309,62 €19.644,30 €
Oficial de Primera1.176,72 €17.650,80 €
Oficial de Segunda1.164,70 €17.470,50 €
Auxiliar SMI1.074,06 €16.110,90 €
Delineante Proyectista1.189,39 €17.840,85 €
Delineante1.140,50 €17.107,50 €
Calcador SMI1.130,81 €16.962,15 €
Telefonista SMI1.043,01 €15.645,15 €
Viajante1.176,72 €17.650,80 €
Corredor de Plaza1.164,70 €17.470,50 €
Dependiente SMI1.074,06 €16.110,90 €
Auxiliar comercial SMI1.074,06 €16.110,90 €
Cobrador SMI1.043,01 €15.645,15 €
Grupo profesional 4: Producción y mantenimiento
Encargado General1.294,31 €19.414,65 €
Encargado de Sección SMI1.079,19 €16.187,85 €
Capataz de Peones SMI1.043,01 €15.645,15 €
Contramaestre o Jefe de Taller1.190,81 €17.862,15 €
Baculero, Pescador SMI1.043,01 €15.645,15 €
Oficial Primera SMI1.097,40 €16.461,00 €
Oficial Segunda SMI1.086,08 €16.291,20 €
Oficial Tercera SMI1.059,24 €15.888,60 €
Maestro1.150,23 €17.253,45 €
Ayudante Especialista SMI1.049,79 €15.746,85 €
Peón Ayudante de Fabricación SMI1.043,01 €15.645,15 €
Peón SMI1.034,32 €15.514,80 €
Aprendices de 16 y 17 años614,42 €9.216,30 €
Oficial/a SMI1.044,48 €15.667,20 €
Operario/a SMI1.032,87 €15.493,05 €
Listero SMI1.043,01 €15.645,15 €
Conserje SMI1.043,01 €15.645,15 €
Ordenanza SMI1.043,01 €15.645,15 €
Portero SMI1.043,01 €15.645,15 €
Guarda Jurado SMI1.043,01 €15.645,15 €
Guarda o Sereno SMI1.043,01 €15.645,15 €
Personal de limpieza SMI1.043,01 €15.645,15 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo profesional 1: Dirección

  • Gerente o Director GeneralDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 27.218 € al año, el sueldo más alto.

Grupo profesional 2: Técnicos y mandos intermedios

  • Director TécnicoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 27.218 € al año, el sueldo más alto.
  • Subdirector TécnicoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 24.155 € al año (puesto 2 de 26 por sueldo).
  • Técnico Jefe de LaboratorioDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 24.155 € al año (puesto 2 de 26 por sueldo).
  • TécnicoPuesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar). En la tabla cobra 24.155 € al año (puesto 2 de 26 por sueldo).
  • Analista Titulado (Oficial Laboratorio)Puesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 22.110 € al año (puesto 3 de 26 por sueldo).
  • Ayudante Técnico SanitarioColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 20.675 € al año (puesto 4 de 26 por sueldo).
  • Maestro Primera EnseñanzaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 20.675 € al año (puesto 4 de 26 por sueldo).
  • Graduado SociaPuesto que exige titulación universitaria. En la tabla cobra 20.675 € al año (puesto 4 de 26 por sueldo).
  • Asistente SocialLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 20.675 € al año (puesto 4 de 26 por sueldo).
  • Analista (Oficial Laboratorio)Lo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 17.597 € al año (puesto 11 de 26 por sueldo).
  • AuxiliarLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.111 € al año (puesto 19 de 26 por sueldo).

Grupo profesional 3: Administración y comercial

  • Jefe de PrimeraDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 20.221 € al año (puesto 5 de 26 por sueldo).
  • Jefe de SegundaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 19.644 € al año (puesto 6 de 26 por sueldo).
  • Oficial de PrimeraProfesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 17.651 € al año (puesto 10 de 26 por sueldo).
  • Oficial de SegundaProfesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 17.470 € al año (puesto 12 de 26 por sueldo).
  • AuxiliarLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.111 € al año (puesto 19 de 26 por sueldo).
  • Delineante ProyectistaDibuja planos y proyectos técnicos. En la tabla cobra 17.841 € al año (puesto 9 de 26 por sueldo).
  • DelineanteDibuja planos y proyectos técnicos. En la tabla cobra 17.108 € al año (puesto 14 de 26 por sueldo).
  • CalcadorLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.962 € al año (puesto 15 de 26 por sueldo).
  • TelefonistaAtiende llamadas y visitas y las pasa a la persona adecuada. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • ViajanteAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 17.651 € al año (puesto 10 de 26 por sueldo).
  • Corredor de PlazaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 17.470 € al año (puesto 12 de 26 por sueldo).
  • DependienteAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 16.111 € al año (puesto 19 de 26 por sueldo).
  • Auxiliar comercialAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 16.111 € al año (puesto 19 de 26 por sueldo).
  • CobradorCobra recibos o facturas a clientes. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).

Grupo profesional 4: Producción y mantenimiento

  • Encargado GeneralReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 19.415 € al año (puesto 7 de 26 por sueldo).
  • Encargado de SecciónReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 16.188 € al año (puesto 18 de 26 por sueldo).
  • Capataz de PeonesTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • Contramaestre o Jefe de TallerReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 17.862 € al año (puesto 8 de 26 por sueldo).
  • Baculero, PescadorLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • Oficial PrimeraLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.461 € al año (puesto 16 de 26 por sueldo).
  • Oficial SegundaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.291 € al año (puesto 17 de 26 por sueldo).
  • Oficial TerceraLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 15.889 € al año (puesto 20 de 26 por sueldo).
  • MaestroLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 17.253 € al año (puesto 13 de 26 por sueldo).
  • Ayudante EspecialistaColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 15.747 € al año (puesto 21 de 26 por sueldo).
  • Peón Ayudante de FabricaciónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 15.515 € al año (puesto 24 de 26 por sueldo).
  • Aprendices de 16 y 17 añosLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 9.216 € al año, el más bajo.
  • Oficial/aLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 15.667 € al año (puesto 22 de 26 por sueldo).
  • Operario/aLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 15.493 € al año (puesto 25 de 26 por sueldo).
  • ListeroControla la asistencia y las horas del personal. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • ConserjeVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • OrdenanzaVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • PorteroVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • Guarda JuradoVigila y protege instalaciones y personas. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • Guarda o SerenoVigila y protege instalaciones y personas. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
  • Personal de limpiezaLimpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones. En la tabla cobra 15.645 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad consolidadaLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Cantidad consolidada a 30/4/2013, que se incrementa cada año en el mismo porcentaje que el salario base
Quién lo cobra
Cantidad consolidada al 30 de abril de 2013; no es compensable ni absorbible
Dónde lo dice
art. 23
Gratificación extraordinaria mensualPlus fijo que el convenio suma al salario base.9 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Todas las personas trabajadoras, en todos los días naturales del año
Dónde lo dice
art. 24
Plus de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.64,00 € al mes en 11 pagas
Quién lo cobra
Personal que trabaje en turno de noche
Dónde lo dice
art. 27
Plus de asistenciaPremio por no faltar al trabajo.8,00 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado; cotizable para todas las categorías
Dónde lo dice
art. 25
Plus de distanciaLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 euros por kilómetro
Quién lo cobra
Cuando la empresa haga desplazarse al trabajador, con sus medios, de una empresa a otra
Dónde lo dice
art. 26
Complemento por carga de sacos en camionesLo que se paga por trabajos especialmente duros.10 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Trabajadores dedicados a la carga con transporte de sacos en camiones de forma natural, en esas jornadas y si no perciben este plus por otro concepto
Dónde lo dice
art. 27
Plus de quebranto de monedaLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres.48,00 € por los años de vigencia del convenio (periodicidad no especificada)
Quién lo cobra
Quien efectúe de forma obligatoria y habitual cobros y pagos sin que sea función de su categoría
Dónde lo dice
art. 15
Bolsa de vacacionesPlus fijo que el convenio suma al salario base.300,00 € durante toda la vigencia del convenio
Quién lo cobra
Todas las personas trabajadoras, sin distinción de categorías; se abona en el periodo de vacaciones
Dónde lo dice
art. 7
DietasLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.Dieta completa 70 €; cada comida principal 18 €; desayuno 6,5 €
Quién lo cobra
Desplazamientos fuera del centro de trabajo; no se aplican si la empresa compensa los gastos reales
Dónde lo dice
art. 28

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET) (art. 22).
Dónde lo dice
art. 22

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20254,5 %Para el año 2024/2025, subida del 4,5 % sobre el salario base, sobre la tabla consolidada de 2023/2024
20264 %Para el año 2025/2026, subida del 4,00 % sobre el salario base, sobre la tabla consolidada de 2024/2025
20273 %Para el año 2026/2027, subida del 3,00 % sobre el salario base, sobre la tabla consolidada de 2025/2026

Revisión salarial

Cada incremento de cada periodo (salvo el primer año, considerado vencido) se revisa al alza en un 50 % si el IPC del periodo supera el incremento pactado; se aplica si el incremento es igual o superior a un punto porcentual (art. 21).

Permisos pagados

5 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonioart. 8.d2015 días naturalesMejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 1.er y 2.º gradoart. 8.a3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Enfermedad grave de padres, cónyuges e hijosart. 8.b65 díasMejora el Estatuto
Accidente, enfermedad grave u hospitalización de otros parientes hasta 2.º gradoart. 8 (remite al art. 37 pto. B ET)55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Cambio de domicilioart. 8.c21 díaMejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 8.f2—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el votoart. 8.h—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Granada?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/5/2024 al 30/4/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Granada en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.493,05 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Granada?

30 días naturales al año.

Volver arriba

Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP) (texto del convenio, publicado el 17/6/2025). Revisado el .

Convenio 2024-2028 publicado en el boletín oficial de la provincia de Granada el 17/6/2025. Tabla 2024-2025 publicada. Sin tabla 2025/2026 en el recorte: se aplica la 2024-2025 como prorrogada.