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Convenio colectivo

Convenio colectivo del sector del campo para la provincia de Granada 2023-⁠2025.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 18000065011982
Publicado el
1/12/2023
Vigencia
1/1/2023 – 31/12/2025

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.826horas
Vacaciones30días

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,0 %2025
Próxima subidaPor fijar

Revisión pendiente de 2026.

Tablas salariales 2026

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

2 de 17 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Titulados superioresPuestos: ingeniero agrónomo, veterinario.1.461,92 €20.466,88 €
Mandos intermediosPuestos: encargado, capataz.
Encargados1.268,84 €17.763,76 €
Capataces1.268,84 €17.763,76 €
Personal cualificado y administrativoPuestos: tractorista, podador, administrativo.
Conductores1.241,25 €17.377,50 €
Tractoristas1.241,25 €17.377,50 €
Maquinistas1.241,25 €17.377,50 €
Mecánicos1.241,25 €17.377,50 €
Podadores1.241,25 €17.377,50 €
Injertadores1.241,25 €17.377,50 €
Caseros1.241,25 €17.377,50 €
Personal de mantenimiento1.241,25 €17.377,50 €
Doma y monta1.241,25 €17.377,50 €
Guarda y custodia de ganado1.241,25 €17.377,50 €
Personal administrativo1.241,25 €17.377,50 €
Personal no cualificadoPuestos: peón agrícola, vareador.
Peón agrícola SMI1.191,60 €16.682,40 €
Vareador con vara SMI1.191,60 €16.682,40 €
Peón agrícola · fijo discontinuo y eventual (por hora)Puestos: peón agrícola, recolector de campaña.9,13 € por hora9,13 € por hora

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Técnicos

Titulados superiores. Salario base mensual de referencia de 1.325 € en 2023 (art. 16).

  • Titulados superioresPor ejemplo: ingeniero agrónomo, ingeniero técnico agrícola, veterinario, técnico superior. En la tabla cobra 20.467 € al año, el sueldo más alto.

Mandos intermedios

Encargados y capataces. Salario base mensual de referencia de 1.150 € en 2023 (art. 16).

  • EncargadosPor ejemplo: encargado de finca, encargado de explotación. En la tabla cobra 17.764 € al año (puesto 2 de 4 por sueldo).
  • CapatacesPor ejemplo: capataz, manijero. En la tabla cobra 17.764 € al año (puesto 2 de 4 por sueldo).

Personal cualificado y administrativo

Conductores, tractoristas, maquinistas, mecánicos, podadores, injertadores, caseros, mantenimiento, doma y monta, guarda de ganado y administrativos. Salario base mensual de referencia de 1.125 € en 2023 (art. 16).

  • ConductoresPor ejemplo: conductor, camionero agrícola. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • TractoristasPor ejemplo: tractorista. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • MaquinistasPor ejemplo: maquinista, conductor de maquinaria agrícola. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • MecánicosPor ejemplo: mecánico de maquinaria agrícola. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • PodadoresPor ejemplo: podador. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • InjertadoresPor ejemplo: injertador. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • CaserosPor ejemplo: casero, guarda de finca. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • Personal de mantenimientoPor ejemplo: peón de mantenimiento, personal de mantenimiento. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • Doma y montaPor ejemplo: domador, jinete, cuidador de caballos. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • Guarda y custodia de ganadoPor ejemplo: pastor, guarda de ganado, ganadero. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
  • Personal administrativoPor ejemplo: administrativo, auxiliar administrativo. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).

Personal no cualificado

Peón agrícola y vareador. Salario base mensual de referencia de 1.080 € en 2023 (art. 16).

  • Peón agrícolaPor ejemplo: peón agrícola, peón de campo, jornalero. En la tabla cobra 16.682 € al año, el más bajo.
  • Vareador con varaPor ejemplo: vareador de aceituna, recolector de aceituna. En la tabla cobra 16.682 € al año, el más bajo.

Fijos discontinuos y eventuales

Cobran por hora trabajada; el precio hora ya incluye vacaciones y gratificaciones extraordinarias (arts. 12, 14 y 24).

  • Peón agrícola · fijo discontinuo y eventual (por hora)Por ejemplo: peón agrícola fijo discontinuo, peón eventual, recolector de campaña.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad (concepto personal consolidado)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Concepto personal no absorbible, ni compensable ni revalorizable: 5 días más de salario base pactado en el convenio, que se añaden a la cuantía que ya tuviera consolidada; en fijos discontinuos, el salario base día × 5, prorrateado
Quién lo cobra
Personal que tenga antigüedad consolidada
Dónde lo dice
art. 13
Paga de beneficios (complemento personal consolidado)Se mantiene su cuantía actual topada, como complemento personal no absorbible, ni compensable ni revalorizable
Quién lo cobra
Personal que la tuviera reconocida
Dónde lo dice
art. 15
Suplemento de trabajo nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % sobre la hora ordinaria por hora
Quién lo cobra
Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 por voluntad de la empresa; no se aplica a ganaderías, guardería ni a lo que haga el trabajador por voluntad propia.
Dónde lo dice
art. 18
Trabajo en domingos y festivosLo que se paga de más por trabajar en festivo.50 % sobre la hora ordinaria por hora
Quién lo cobra
Trabajo en domingo o festivo
Dónde lo dice
art. 12
Plus de distancia (vehículo propio)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 €
Quién lo cobra
Quien acude con su medio de transporte, salvo que la empresa facilite transporte
Dónde lo dice
art. 22
Complemento en baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional100 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional, mientras dure la relación laboral
Dónde lo dice
art. 23

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria (art. 21 y tabla).
Dónde lo dice
art. 21 y tabla

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %Incremento salarial de 3,0 % para 2025 (V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva)
2026Por fijarSin incremento ni tabla de 2026 pactados: el convenio vence el 31/12/2025

Revisión salarial

Incremento del 4 % en 2023, 3 % en 2024 y 3 % en 2025 sobre los salarios base de referencia. Si una subida futura del SMI absorbe alguno de los salarios de la tabla, se aplica una subida adicional del 1 % (art. 16).

Permisos pagados

1 de los 7 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 6.11515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado, o convivientesart. 6.155 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º gradoart. 6.12 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 6.111 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el sufragio activo)art. 6.1—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 6.1—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propios (condición más beneficiosa)art. 6.25—Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de campo y agricultura de Granada?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de campo y agricultura de Granada en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.682,40 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de campo y agricultura de Granada?

30 días al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP) (texto del convenio, publicado el 1/12/2023). Revisado el .

Convenio general del campo de la provincia de Granada (empresas agrarias, ganaderas y forestales). Vencido el 31/12/2025: no hay tablas de 2026 y las de 2025 quedan por debajo del SMI de 2026 en el peón agrícola y el vareador (se debe cobrar al menos el SMI). El precio hora de la tabla es el del peón agrícola de fijos discontinuos y eventuales.