Convenio colectivo
Convenio colectivo del sector del campo para la provincia de Granada 2023-2025.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
- Convenios colectivos
- Calendario laboral
- Entiende tu nómina
- Salario neto
- Calcula tu salario
- Atrasos
- Indemnización
- Liquidación y finiquito
- Prestación por desempleo
- Despido: todo lo que tienes que saber
- Jubilación y prejubilación
- Baja por nacimiento y cuidado
- Carta de renuncia
- Papeleta de conciliación
- Alegaciones a una sanción
- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
2 de 17 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Titulados superioresPuestos: ingeniero agrónomo, veterinario. | 1.461,92 € | 20.466,88 € |
| Mandos intermediosPuestos: encargado, capataz. | ||
| Encargados | 1.268,84 € | 17.763,76 € |
| Capataces | 1.268,84 € | 17.763,76 € |
| Personal cualificado y administrativoPuestos: tractorista, podador, administrativo. | ||
| Conductores | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Tractoristas | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Maquinistas | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Mecánicos | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Podadores | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Injertadores | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Caseros | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Personal de mantenimiento | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Doma y monta | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Guarda y custodia de ganado | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Personal administrativo | 1.241,25 € | 17.377,50 € |
| Personal no cualificadoPuestos: peón agrícola, vareador. | ||
| Peón agrícola SMI | 1.191,60 € | 16.682,40 € |
| Vareador con vara SMI | 1.191,60 € | 16.682,40 € |
| Peón agrícola · fijo discontinuo y eventual (por hora)Puestos: peón agrícola, recolector de campaña. | 9,13 € por hora | 9,13 € por hora |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Técnicos
Titulados superiores. Salario base mensual de referencia de 1.325 € en 2023 (art. 16).
- Titulados superioresPor ejemplo: ingeniero agrónomo, ingeniero técnico agrícola, veterinario, técnico superior. En la tabla cobra 20.467 € al año, el sueldo más alto.
Mandos intermedios
Encargados y capataces. Salario base mensual de referencia de 1.150 € en 2023 (art. 16).
- EncargadosPor ejemplo: encargado de finca, encargado de explotación. En la tabla cobra 17.764 € al año (puesto 2 de 4 por sueldo).
- CapatacesPor ejemplo: capataz, manijero. En la tabla cobra 17.764 € al año (puesto 2 de 4 por sueldo).
Personal cualificado y administrativo
Conductores, tractoristas, maquinistas, mecánicos, podadores, injertadores, caseros, mantenimiento, doma y monta, guarda de ganado y administrativos. Salario base mensual de referencia de 1.125 € en 2023 (art. 16).
- ConductoresPor ejemplo: conductor, camionero agrícola. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- TractoristasPor ejemplo: tractorista. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- MaquinistasPor ejemplo: maquinista, conductor de maquinaria agrícola. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- MecánicosPor ejemplo: mecánico de maquinaria agrícola. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- PodadoresPor ejemplo: podador. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- InjertadoresPor ejemplo: injertador. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- CaserosPor ejemplo: casero, guarda de finca. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- Personal de mantenimientoPor ejemplo: peón de mantenimiento, personal de mantenimiento. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- Doma y montaPor ejemplo: domador, jinete, cuidador de caballos. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- Guarda y custodia de ganadoPor ejemplo: pastor, guarda de ganado, ganadero. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
- Personal administrativoPor ejemplo: administrativo, auxiliar administrativo. En la tabla cobra 17.378 € al año (puesto 3 de 4 por sueldo).
Personal no cualificado
Peón agrícola y vareador. Salario base mensual de referencia de 1.080 € en 2023 (art. 16).
- Peón agrícolaPor ejemplo: peón agrícola, peón de campo, jornalero. En la tabla cobra 16.682 € al año, el más bajo.
- Vareador con varaPor ejemplo: vareador de aceituna, recolector de aceituna. En la tabla cobra 16.682 € al año, el más bajo.
Fijos discontinuos y eventuales
Cobran por hora trabajada; el precio hora ya incluye vacaciones y gratificaciones extraordinarias (arts. 12, 14 y 24).
- Peón agrícola · fijo discontinuo y eventual (por hora)Por ejemplo: peón agrícola fijo discontinuo, peón eventual, recolector de campaña.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Personal que tenga antigüedad consolidada
- Dónde lo dice
- art. 13
- Quién lo cobra
- Personal que la tuviera reconocida
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 por voluntad de la empresa; no se aplica a ganaderías, guardería ni a lo que haga el trabajador por voluntad propia.
- Dónde lo dice
- art. 18
- Quién lo cobra
- Trabajo en domingo o festivo
- Dónde lo dice
- art. 12
- Quién lo cobra
- Quien acude con su medio de transporte, salvo que la empresa facilite transporte
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional, mientras dure la relación laboral
- Dónde lo dice
- art. 23
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 21 y tabla
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento salarial de 3,0 % para 2025 (V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva) |
| 2026 | Por fijar | Sin incremento ni tabla de 2026 pactados: el convenio vence el 31/12/2025 |
Revisión salarial
Incremento del 4 % en 2023, 3 % en 2024 y 3 % en 2025 sobre los salarios base de referencia. Si una subida futura del SMI absorbe alguno de los salarios de la tabla, se aplica una subida adicional del 1 % (art. 16).
Permisos pagados
1 de los 7 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 6.1 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado, o convivientesart. 6.1 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º gradoart. 6.1 | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 6.1 | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el sufragio activo)art. 6.1 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 6.1 | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios (condición más beneficiosa)art. 6.2 | 5 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de campo y agricultura de Granada?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de campo y agricultura de Granada en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.682,40 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de campo y agricultura de Granada?
30 días al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Campo y agricultura en otras provincias
AlbaceteAlicanteAlmeríaÁvilaCádizCataluñaCiudad RealComunitat Valenciana
Otros convenios de Granada
ComercioConstrucciónHosteleríaMetalOficinas y despachosSanidad privada
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP) (texto del convenio, publicado el 1/12/2023). Revisado el .
Convenio general del campo de la provincia de Granada (empresas agrarias, ganaderas y forestales). Vencido el 31/12/2025: no hay tablas de 2026 y las de 2025 quedan por debajo del SMI de 2026 en el peón agrícola y el vareador (se debe cobrar al menos el SMI). El precio hora de la tabla es el del peón agrícola de fijos discontinuos y eventuales.