Convenio colectivo
Convenio colectivo de ebanistería de Lugo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
laborables
Tablas salariales 2027
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo Profesional 1 | 2.056,64 € | 28.792,96 € |
| Grupo Profesional 2 | 1.927,86 € | 26.990,04 € |
| Grupo Profesional 3 | 1.799,49 € | 25.192,86 € |
| Grupo Profesional 4 | 1.770,91 € | 24.792,74 € |
| Grupo Profesional 5 | 1.736,19 € | 24.306,66 € |
| Grupo Profesional 6 | 1.699,43 € | 23.792,02 € |
| Grupo Profesional 7 | 1.699,43 € | 23.792,02 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 1
- Grupo Profesional 1Nivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 28.793 € al año, el sueldo más alto.
Grupo 2
- Grupo Profesional 2Nivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 26.990 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
Grupo 3
- Grupo Profesional 3Por ejemplo: Encargado/a, Proxectista, Xefe/a administrativo/a o de oficina. En la tabla cobra 25.193 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
Grupo 4
- Grupo Profesional 4Por ejemplo: Xefe/a de taller de 1ª. En la tabla cobra 24.793 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
Grupo 5
- Grupo Profesional 5Por ejemplo: Oficial/a 1ª, Oficial/a 2ª, Condutor/a 1ª, Condutor/a 2ª, Oficial/a 1ª administrativo/a, Oficial/a 2ª administrativo/a. En la tabla cobra 24.307 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
Grupo 6
- Grupo Profesional 6Por ejemplo: Auxiliar administrativo/a, Axudante, Especialista. En la tabla cobra 23.792 € al año, el más bajo.
Grupo 7
- Grupo Profesional 7Por ejemplo: Peón. En la tabla cobra 23.792 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana.
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Solo quien generó derechos antes del 30/9/1996; desde esa fecha no se generan nuevos.
- Dónde lo dice
- art. 13
- Quién lo cobra
- Personal contratado como Oficial 1ª hasta el 6/6/2014 que realiza tareas de grupo 5 con mayor autonomía y responsabilidad.
- Dónde lo dice
- art. 31
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio fuera del lugar del centro de trabajo con vehículo particular.
- Dónde lo dice
- art. 12
- Quién lo cobra
- Personal con derecho a axudas de custo; a elección de la empresa, gastos a justificar o estas cuantías.
- Dónde lo dice
- art. 12
- Quién lo cobra
- Empresas sujetas al convenio.
- Dónde lo dice
- art. 18
Horas extra
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 4 % | Incremento del 4 % sobre los salarios revisados de 2025, con efectos desde el 1/1/2026. Atrasos a pagar en cuatro meses desde la publicación. |
| 2027 | 3,5 % | Incremento del 3,5 % sobre los salarios de 2026, con efectos desde el 1/1/2027. |
Revisión salarial
Revisión de hecho: si el IPC real estatal acumulado de 2026-2027 supera la suma de los incrementos pactados para el mismo periodo, se revisa el exceso con un máximo de 1,5 puntos, sin efectos retroactivos (base del incremento de 2028). Misma fórmula para 2028-2029, con base para 2030. (art. 10).
Permisos pagados
7 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 9.A (remite al Estatuto) | — | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares o convivientesart. 9.A.c | — | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegrosart. 9.A.b | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de hijo/a, padre o madreart. 9.A.d | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Cambio de domicilio en la ciudadart. 9.A.e | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Cambio de residencia fuera del municipioart. 9.A.f | 5 | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica de la Seguridad Social y acompañamiento de hijos menores de 12 años o familiares de primer gradoart. 9.A.g, h e i | — | — | Mejora el Estatuto |
| Lactancia de menor de nueve mesesart. 9.A.j | — | 1 hora al día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Renovación del DNI y recuperación del carné de conducir (pérdida imputable a la empresa)art. 9.A.k | — | — | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 9.A.l | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Técnicos/as titulados/as superiores: 6 meses
- Técnicos/as de grado medio o sin titulación y personal administrativo cualificado: 2 meses
- Personal de oficio y auxiliar administrativo/a: 1 mes
- Resto del personal: 20 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado7 de agosto de 2026Publicado en el BOP de Lugo el convenio colectivo de ebanistería de Lugo, con vigencia 2026-2029 y tablas de 2026 y 2027.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de madera y mueble de Lugo?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de madera y mueble de Lugo en 2027?
El importe más bajo de la tabla es 23.792,02 € brutos al año a jornada completa (Grupo Profesional 6).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de madera y mueble de Lugo?
24 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos/as titulados/as superiores: 6 meses. Técnicos/as de grado medio o sin titulación y personal administrativo cualificado: 2 meses. Personal de oficio y auxiliar administrativo/a: 1 mes. Resto del personal: 20 días.
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo (BOP) (texto del convenio, publicado el 7/8/2026). Revisado el .
Publicado en el boletín oficial de la provincia de Lugo el 7/8/2026. Vigencia 2026-2029 con tablas fijadas hasta 2027 y subidas pactadas para 2028 y 2029.
El índice lo clasifica como «otros», pero es el convenio de ebanistería (madera) de Lugo, provincial. Remite al IV Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de la Madera en clasificación profesional, trabajos tóxicos, penosos o peligrosos y algunos permisos; esos textos no están en el recorte.