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Convenio colectivo

Fútbol profesional.

Código de convenio 99002305011989
Publicado el
8/12/2015
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Vacaciones30días

naturales

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tablas salariales 2026

Tabla de 2022 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
1.ª División7.500,00 €105.000,00 €
2.ª División5.000,00 €70.000,00 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Categorías

  • 1.ª DivisiónLo que incluye está definido en art. 24. En la tabla cobra 105.000 € al año, el sueldo más alto.
  • 2.ª DivisiónLo que incluye está definido en art. 24. En la tabla cobra 70.000 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Plus de antigüedadLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.5 % del salario base por cada 2 años
Quién lo cobra
Por cada dos años de permanencia en el mismo club/SAD
Dónde lo dice
art. 26
Premio de antigüedad al extinguir el contratoTemporada 2022/2023: 80.000,00 € (9 o más temporadas), 48.000,00 € (8), 35.000,00 € (7), 22.000,00 € (6), 12.000,00 € (5). Temporadas 2023/2024 a 2025/2026: IPC.
Quién lo cobra
Al extinguir el contrato con el mismo club/SAD tras cinco o más temporadas
Dónde lo dice
art. 32
Indemnización por muerte o lesión invalidanteTemporada 2022/2023: 200.000,00 € en caso de muerte, gran invalidez o incapacidad permanente absoluta (abonados por el club/SAD); 50.000,00 € en caso de incapacidad permanente total (póliza de AFE y LNFP).
Quién lo cobra
Accidente con resultado de muerte o invalidez, con relación causa efecto con la práctica del fútbol bajo la disciplina del club/SAD
Dónde lo dice
art. 34

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET).

Revisión salarial

Sueldo mensual mínimo, premio de antigüedad e indemnización se revisan cada temporada con el IPC (periodo del 1 de julio al 30 de junio), con mínimo del 0 % y máximo del 5 %, con efectos de 1 de julio. (arts. 24.2 y 32.2 (texto modificado) y art. 34).

Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Futbolistas profesionales (máximo): 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Aviso12 de diciembre de 2023Modificación del convenio: fondo social, sueldo mensual mínimo, premio de antigüedad e indemnización para las temporadas 2022/2023 a 2025/2026.Novedad sobre este convenio. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de ocio y cultura?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de ocio y cultura en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 70.000,00 € brutos al año a jornada completa (2.ª División).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de ocio y cultura?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Futbolistas profesionales (máximo): 15 días.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2015-13332 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 8/12/2015). Revisado el .

Tabla: BOE-A-2023-25254 (tabla salarial 2026, publicado el 12/12/2023).

Vigencia inicial del 1/7/2016 al 30/6/2020 (art. 4), prorrogable por periodos de cuatro años si no se denuncia (art. 5.1). La modificación del Boletín Oficial del Estado de 12/12/2023 fija cuantías hasta la temporada 2025/2026. No consta convenio nuevo en el recorte.

Aplica a los futbolistas profesionales de los clubes y SAD afiliados a la LNFP (Primera y Segunda División). No es el convenio de otros deportes.